RESOLUCION N° 659-2012-CONAFU - Designan miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional José María Arguedas

Fecha de disposición25 Enero 2013
Fecha de publicación25 Enero 2013
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 25 de enero de 2013 486853
Desarrollo Institucional (PDI) del Proyecto de Universidad
Pascual Saco Oliveros.
Artículo Segundo.- APROBAR el PDI del Proyecto de
Universidad Pascual Saco Oliveros.
Artículo Tercero.- HACER de conocimiento a la
Promotora del Proyecto de Universidad Pascual Saco
Oliveros, que para la continuación de su evaluación del
referido proyecto universitario se aplicará el Reglamento
para la Autorización de Funcionamiento de Universidades
bajo la competencia de CONAFU aprobado por Resolución
Nº 387-2009-CONAFU y toda la normatividad vigente de
CONAFU.
Artículo Cuarto.- REQUERIR a la Promotora, el
cumplimiento de los artículos 31º al 34º del Reglamento
aprobado por Resolución Nº 387-2009-CONAFU.
Artículo Quinto.- HACER de conocimiento a
la Asamblea Nacional de Rectores de la presente
Resolución para los trámites administrativos
correspondientes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
WILSON ROLANDO REÁTEGUI CHÁVEZ
Presidente
JORGE LUIS QUIÑONES ESPINOZA
Secretario General
892708-1
Designan miembros de la Comisión
Organizadora de la Universidad
Nacional José María Arguedas
RESOLUCIÓN Nº 659-2012-CONAFU
Lima, 27 de diciembre de 2012
“UNIVERSIDAD NACIONAL
JOSÉ MARÍA ARGUEDAS”
VISTOS: Ley No. 26439, Ley No. 28372 del 29 de
octubre de 2004, Resolución Nº 100-2005-CONAFU de
fecha 23 de marzo de 2005, Resolución No. 189-2006-
CONAFU de fecha 13 de julio de 2006, Resolución No.
387-2009-CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009,
Resolución Nº 280-2006-CONAFU de fecha 25 de agosto
de 2006, la Resolución Nº 657-2012-CONAFU de fecha 19
de diciembre de 2012, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo
Nacional para la Autorización de Funcionamiento
de Universidades - CONAFU, como ente rector del
funcionamiento de las universidades del país bajo su
competencia;
Que, en el artículo 3º del Estatuto, Resolución No. 189-
2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006, se establece
que: “Son atribuciones del Consejo Nacional para la
Autorización de Funcionamiento de Universidades:…
f) Reconocer a las comisiones organizadoras de las
Universidades Públicas y Privadas…”; asimismo, en
concordancia con el artículo 10° del mismo cuerpo
normativo, que establece: “Son atribuciones del Pleno
del CONAFU: (…) p) Pronunciarse sobre la vacancia de
los miembros de las Comisiones Organizadoras por las
causales especif‌i cadas en el Reglamento de la materia…
”(El subrayado es nuestro);
Que, en el artículo 18º del Reglamento de
Funcionamiento, Evaluación y Certif‌i cación Institucional de
Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia
del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por
Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo
de 2005, establece que: “Para organizar la Universidad y
dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el
CONAFU a los integrantes de la Comisión Organizadora,
conformada por tres miembros: a) Un Presidente, que
asume la dirección de la Comisión con las funciones
y responsabilidades que corresponden al Rector de la
Universidad; ejerce las funciones de Representante
Legal...”;
Que, en el artículo 20º del Reglamento, establece que:
“Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros
propuestos para una Comisión Organizadora deben
cumplir los requisitos establecidos en los artículos 34°, 35°
y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº
26302 del 14 de mayo de 1994 que sustituye los artículos
35° y 36° de la Ley Universitaria…”;
Que, en el artículo 21º del Reglamento, establece
que: “El cargo de miembro de Comisión Organizadora
exige dedicación exclusiva y es incompatible con el
desempeño de cualquier otra función o actividad pública
o privada”;
Que, la Universidad Nacional José María Arguedas es
creada por Ley No. 28372 de fecha 29 de octubre de 2004;
mientras que por Resolución No. 280-2006-CONAFU
de fecha 25 de agosto de 2006, el CONAFU expidió la
resolución de autorización de funcionamiento provisional,
por lo que dicho centro de estudios se encuentra bajo la
competencia de este colegiado.
Que, en virtud al artículo 10°, inc. o) del Estatuto del
CONAFU, aprobado mediante Resolución N° 189-2006-
CONAFU de fecha 13 de julio de 2006, son atribuciones
del Pleno del CONAFU “… designar a las comisiones
organizadoras de las universidades públicas”;
Que, el artículo 5° del Reglamento aprobado mediante
Resolución N° 387-2009-CONAFU, establece: “…
Tratándose de una Universidad Pública la Promotora será
la entidad designada expresamente en su Ley de Creación,
en ausencia de esta designación, las atribuciones y
funciones de la Promotora de la Universidad, las ejerce
el Ministerio de Educación hasta la autorización de
funcionamiento provisional”;
Que, el artículo 22 inciso a) de la Resolución Nº 100-
2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, establece
la renuncia como causal de vacancia del cargo de miembro
de Comisión Organizadora;
Que, mediante Resolución Nº 657-2012-CONAFU
de fecha 19 de diciembre de 2012 el Pleno del
CONAFU resolvió, entre otros: a) Aceptar la renuncia
de los integrantes de la Comisión Organizadora de la
Universidad Nacional José María Arguedas: Dr. Ignacio
Antonio Ramírez Vallejos, Presidente; Dr. Jorge Alberto
Che Piu Salazar, Vicepresidente Académico; Dr. Griseldo
Platón Palomino Quispe, Vicepresidente Administrativo,
con efectividad hasta la entrega total del cargo a los
nuevos miembros de la Comisión Organizadora de la
Universidad Nacional José María Arguedas que este
Consejo Nacional designe; b) OTORGAR al Presidente
del CONAFU facultades para la designación de la nueva
Comisión Organizadora de la Universidad Nacional José
María Arguedas;
En atención a lo expuesto en los considerandos
precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del
Estatuto del CONAFU, que establece: “El Presidente del
CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:…
d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones
del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas
resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el
artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del
CONAFU;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR a los miembros de
la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional
José María Arguedas, de acuerdo al siguiente detalle:
Dr. Washington Zeballos Gámez, Presidente; Dr. Arrufo
Alcántara Hernández, Vicepresidente Académico; y
Dr. Manuel Israel Hernández García, Vicepresidente
Administrativo.
Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la
Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolución
para los trámites administrativos correspondientes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
WILSON ROLANDO REÁTEGUI CHÁVEZ
Presidente
JORGE LUÍS QUIÑONES ESPINOZA
Secretario General
892706-1

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