Comentarios en torno al Reglamento de Gobierno Digital

Durante el mes de febrero, se aprobó el Decreto Supremo N° 029-2021-PCM, a través del cual se publicó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo1. Dicho reglamento pone sobre la mesa uno de los temas que conforman el debate actual en el Derecho Administrativo moderno: la implementación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (en adelante, TIC).

El mencionado Reglamento tiene como objeto regular las actividades de gobernanza y gestión de las tecnologías digitales en las entidades de la Administración Pública en materia de Gobierno Digital, que comprende la identidad digital, interoperabilidad, servicios digitales, datos, seguridad digital y arquitectura digital, así como establecer el marco jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales en los tres niveles de gobierno. Asimismo, recoge las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, y los criterios, condiciones, mecanismos y plazos de implementación de la casilla única electrónica.

Debemos reconocer que la incorporación de la tecnología y los medios electrónicos ha sido especialmente impulsada a partir de la instauración del trabajo remoto y el aislamiento que ha generado la propagación del COVID-19. La automatización de la actividad administrativa era un punto de escaso y disperso desarrollo antes de que que el virus que hoy alerta al mundo nos enviará a todos a trabajar desde casa.

Es necesario detenernos en el desarrollo que la doctrina ha formulado en torno a la Administración pública electrónica, también conocida como e-Administración, pues, a partir de ello, podremos entender las ventajas y desafíos que acompañan la implementación de las TIC. De acuerdo a Martínez Gutiérrez1, la Administración Electrónica es un nuevo modelo de administrar basado en el uso de las TIC en el desarrollo de las actividades administrativas. Así mismo, señala que este modelo se compone de dos dimensiones diferentes: la interna y la externa. La primera se refiere al uso de las TICs en el trabajo administrativo interno y en el desarrollo de las relaciones interadministrativas, mientras que la segunda se manifiesta en la utilización de las TIC para...

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