1069 015-2006-GRA/CR-AREQUIPA - Autorizan viaje del Presidente Regional a Colombia y encargan el Despacho Presidencial al Vicepresidente

Fecha de disposición17 Febrero 2006
Fecha de publicación17 Febrero 2006
Pág. 312762
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 17 de febrero de 2006
Verde S.A.A., a favor del Gobierno Regional de Arequipa para
financiar la Ampliación de los Servicios Oncológicos del
Hospital Honorio Delgado, conforme al expediente técnico
que para tal efecto ha elaborado la Gerencia de Infraestructura;
Que, la donación a que se refiere el considerando anterior
debe ser aprobada por el Consejo Regional del Gobierno
Regional de Arequipa, según lo dispone la Ley Nº 28411, General
del Sistema Nacional de Presupuesto, en su artículo 69º;
Estando a las atribuciones conferidas por la Ley
Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902;
Primero.- Aceptar la donación realizada por la Sociedad
Minera Cerro Verde S.A.A., a favor del Gobierno Regional
de Arequipa, de un millón trescientos cincuenta mil 00/100
nuevos soles (S/. 1'350,000 00) para financiar la Adquisición
de materiales para los acabados e instalaciones eléctricas,
sanitarias y especiales de la Ampliación de Servicios
Oncológicos del Hospital Honorio Delgado -Primera y
Segunda Etapa- de la Región Arequipa.
Segundo.- Disponer la publicación del presente
Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, así como en el
diario de las publicaciones oficiales en la ciudad.
Disponiéndose en dicho acto su registro y notificación.
Arequipa, 11 de febrero de 2006
DANIEL ERNESTO VERA BALLÓN
Presidente del Consejo Regional
02921
Autorizan viaje del Presidente Regional
a Colombia y encargan el Despacho
Presidencial al Vicepresidente
ACUERDO REGIONAL
Nº 015-2006-GRA/CR-AREQUIPA
El Consejo Regional del Gobierno Regional de
Arequipa, en Sesión Ordinaria del 13 de febrero del 2006,
se tomó el siguiente acuerdo:
Primero.- Autorizar, por asuntos de índole personal, el
viaje del señor Presidente ingeniero Daniel Ernesto Vera Ballón,
a la República de Colombia, viaje que se realizará del 27 del
mes de febrero al 4 del mes de marzo del presente año; viaje
que no irrogará gastos al Gobierno Regional de Arequipa.
Segundo.- ENCARGAR el Despacho Presidencial
al señor Vicepresidente Jesús Gustavo Chirinos Zegarra,
en tanto dure la ausencia del titular.
Disponiéndose en dicho acto su registro y notificación.
Arequipa,13 de febrero de 2006
DANIEL ERNESTO VERA BALLÓN
Presidente del Consejo Regional
02922
GOBIERNO REGIONAL
LA LIBERTAD
Autorizan transferencia a título
gratuito de terrenos a favor de la
Municipalidad Distrital de Víctor Larco
Herrera, Municipalidad Provincial de
Trujillo y CORPAC S.A.
ACUERDO REGIONAL
Nº 001-2006-CR/GR-LL
Trujillo, 14 de enero del 2006
EL CONSEJO REGIONAL LA LIBERTAD
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de la fecha, los Expedientes
Administrativos presentados por el Proyecto Especial
CHAVIMOCHIC, relacionados a la Autorización para la
Transferencia de Áreas Urbanas a favor de las Municipalidades
solicitantes y Área de Reserva para la Ampliación de Aeropuerto
de Trujillo, a favor de CORPAC S.A.
CONSIDERANDO:
Que, por D.S. Nº 017-2003-VIVIENDA, y en atención
a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 036-2003-
PCM; se aprueba la transferencia del Proyecto Especial
CHAVIMOCHIC creado por Decreto Supremo Nº 072-
85-PCM, a favor del Gobierno Regional La Libertad;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 010-2005-
CR/RLL, de fecha 30.05.2005, se aprueba la Modificación
y Actualización del Organigrama Estructural del Gobierno
Regional La Libertad y su respectivo Reglamento de
Organización y Funciones, encontrándose dentro de ella
el Proyecto Especial CHAVIMOCHIC;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 191º de la
Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales
tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, concordante con el
Art. 2º del Título I Disposiciones Generales de la Ley
Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 15º inciso i)
de la Ley 27867 es atribución del Consejo Regional
autorizar la transferencia de los bienes muebles e
inmuebles de propiedad del Gobierno Regional;
Que, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos
Regionales, establece en el Art. 62º las funciones en
materia de administración y adjudicación de terrenos de
propiedad del Estado: a) Formular, aprobar, ejecutar,
evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en
materia de administración y adjudicación de terrenos de
propiedad del Estado, de conformidad con la legislación
vigente y el sistema de bienes nacionales;
Que, el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que aprueba
el Reglamento General de Procedimientos Administrativos
de los Bienes de Propiedad Estatal, en su Título II - Propiedad
Estatal Inmobiliaria, Capítulo I - Propiedad Estatal Predial,
Artículos 17º y 18º, establece que las transferencias
patrimoniales prediales entre entidades públicas
pertenecientes a diversos Sectores o Pliegos y a favor de
las Municipalidades, se aprobarán mediante Resolución de
la Superintendencia de Bienes Nacionales;
Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales, a
través del Oficio Nº 7978-2004-SBN-GL, 6723-2004/SBN-
GO-JAD, ha manifestado que para las transferencias de
terrenos a favor de la Municipalidades, que no se
encuentren dentro de los alcances de la normatividad
especial y en particular dentro del ámbito del Proyecto
Especial CHAVIMOCHIC para fines agrícolas o
agropecuarios se regularán conforme a los procedimientos
establecidos en el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF;
Estando a lo expuesto, en concordancia con lo
Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, así como el
Decreto Supremo Nº 154-2001-EF;
Con el voto en MAYORÍA de los Miembros integrantes
del Consejo Regional de la Región La Libertad,
ACUERDA:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, la transferencia a
título gratuito del Área de Reserva Urbana La Bocana,
con una extensión de 6.67 ha a favor de la Municipalidad
Distrital de Víctor Larco Herrera, conforme al Plano
adjunto al presente Acuerdo.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la transferencia a
título gratuito del Área de Reserva Urbana Industrial
Miramar, con un extensión de 41.82 ha y del Área de
Reserva Urbana Club del Pueblo con una extensión de
24.84 ha, ambas a favor de la Municipalidad Provincial de
Trujillo, conforme a los Planos adjuntos al presente Acuerdo.
Artículo Tercero.- AUTORIZAR, la transferencia a
título gratuito del Área de Reserva Urbana Centro
Poblado de Conache, con una extensión de 3.12 ha, a
favor de la Municipalidad Provincial de Trujillo, conforme
al Plano adjunto al presente Acuerdo.

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