La cohesión social y el Ministerio Público en América Latina

AutorLuis Pásara
CargoMiembro del Instituto Interuniversitario de Iberoamérica, Universidad de Salamanca. El presente texto fue presentado a la XV Asamblea de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (AIAMP), en Madrid, 2007
Páginas45-67
ISSN : 0251341 2
La cohesión social y el Ministerioblico
en Arica Latina
LU I S PÁ S AR A *
SUMA RIO: I . PARA A BORDA R EL TE MA. II. LA D ISTANCI A A L A CO
HESI ÓN S OCIAL . 1. P RIMERA LÍ NEA: MEJ ORAR EL ACCE SO. 2. SE
GUND A LÍNE A: COMB ATIR LA IMPUN IDAD. 3. TER CERA L ÍNEA:
TRAN SPARENTAR LA DISCRE CIONAL IDAD. 4. CUAR TA LÍN EA: COM
BATIR EL AB USO DEL POD ER. III . LA AD ECUACIÓ N IN STITUC IONAL .
El presente texto intenta responder a la siguiente pregunta: ¿qué impli-
ca, para la institución del Ministerio Público (MP) en América Latina,
asumir el objetivo de contribuir a la cohesión social? Se propone, en lo
que sigue, un desarrollo que inevitablemente pondrá de lado las peculia-
ridades nacionales que, tanto en materia de justicia como en otras, son
fundamentales a la hora de establecer programas, fijar metas y planear
líneas de actuación. Las generalizaciones sobre la región —que, según
hay que reconocer, alberga profundas diferencias— resultan ineludibles,
y se admite que son necesarias y, al mismo tiempo, insatisfactorias.
Esas diferencias, según sabemos, comprenden no solo el ámbito del dise-
ño normativo en el cual ya aparecen, respecto del MP, responsabilidades
diversas según el contenido del orden jurídico en cada país, por ejemplo,
acerca de las relaciones con el Poder Ejecutivo o el procedimiento penal,
para mencionar solo dos cuestiones de mucha trascendencia. Tam-
bién las trayectorias institucionales —antiguas unas, más recientes
otras; reformadas estas, casi sin cambios aquellas— se convierten
en un elemento diferenciador. Y, por supuesto, el desempeño ins-
titucional, su rendimiento en términos de utilidad social e incluso
el reconocimiento público de ese aporte varían mucho de un país a
otro. Al abordar, en el ámbito del conjunto regional, la temática plan-
teada, hay que hacer cierta abstracción de todas esas diferencias clave
y proponer, en un nivel más general y, por lo mismo, no programático,
áreas de elaboración en las que cada MP podría reflexionar y desarrollar
sus propios lineamientos.
A tal efecto, se presentarán, primero, ciertos criterios para abordar el
tema por instituciones como los MP. Enseguida, se destacarán aquellos
rasgos del desempeño de la institución que, en algunos países de la re-
gión, aparecen distantes de una contribución positiva al afianzamiento
de la cohesión social. A continuación, se examinarán cuatro líneas en
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2007.
LU I S PÁ S AR A
46 las que los MP latinoamericanos podrían contribuir señaladamente a la
cohesión social. Y se concluirá con algunas reflexiones sobre el desafío
institucional que el tema plantea.
I . P A RA A B O RD A R E L T E MA
Lo primero que debe notarse, aun a riesgo de destacar lo obvio, es que
en este asunto, más que en otros, resulta preciso referirse al desempeño
institucional y no a la base legal de su actuación. Esto es, que circuns-
cribir el análisis del tema a la calidad o precisión de las normas que de-
finen las tareas del MP puede resultar una tarea poco fructífera si no
se atiende a los resultados efectivos que la institución produce en los
hechos. Estamos, pues, en el terreno de la elaboración de conductas
institucionales que estén encaminadas a cierto objetivo; no estamos ha-
blando de cambiar diseños legales, aunque en algún caso esto último
podría constituirse en una necesidad absolutamente indispensable para
modificar positivamente aquellas conductas.
Los límites del cambio legal
En la cultura latinoamericana existe un sentido común que, a contra-
corriente de una extendida experiencia, atribuye carácter causal a la
relación norma-realidad; esto es, suponer que al modificarse una ley o
una disposición reglamentaria se produce un cambio en la realidad a la
que aquella se refiere.
El establecimiento legal de la sanción o el aumento de la penalidad, por
sí solos, no producen efecto alguno si no están acompañados de la ope-
ración de un sistema coactivo que haga posible que el comportamiento
del sujeto se atenga a lo previsto por las normas vigentes. Si bien este sis-
tema coactivo tiene un aspecto interior en el sujeto, que lo lleva —guia-
do por principios morales o sociales, o temores a ser sancionado— a no
transgredir las normas, existe un aspecto externo, a cargo de un aparato
sancionador. Este debe ponerse en marcha ante una violación de la nor-
ma, a fin de perseguirla y sancionarla según lo establecido por la ley. Si
este aparato no funciona eficazmente, el contenido de la ley resulta se-
veramente devaluado y cualquier reforma normativa devendrá inútil.
Esto es lo que lamentablemente ha ocurrido con gran frecuencia en
América Latina: constituciones, códigos, leyes y reglamentos han sido
modificados una y otra vez, con poca utilidad en términos de resulta-
dos. Sin embargo, la cultura jurídica de la región lleva a que, cuando se
trata de mejorar la eficacia de las instituciones del sistema jurídico, las
gentes de Derecho tiendan a seguir pensando, en primer lugar, en una
modificación legal.

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