77 077-99-CG - Aprueban el Código de Etica del Auditor Gubernamental del Perú

Fecha de publicación08 Julio 1999
Fecha de disposición08 Julio 1999
Pág. 175456
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 8 de julio de 1999
VISTO:
El Oficio Nº 164-99-PJ-SE-GT remitido por el Coordi-
nador del Proyecto de Descarga de la Oficina de Revisores
de Planillas de los Juzgados de Trabajo de Lima, así como
el Informe del Representante de esta Corte Superior ante
el precitado proyecto; y
CONSIDERANDO:
Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de
Lima es la máxima autoridad del Distrito Judicial a su
cargo por lo que le corresponde dirigir su política interna;
consiguientemente puede asignar, a los Magistrados de
su ámbito, funciones tendentes a la optimización del
servicio de justicia;
Que, requiriéndose para el desarrollo del Proyecto
aprobado por Resolución Administrativa Nº 224-99-SE-
TP-CME-PJ, de un equipo de trabajo de Magistrados que
supervisados por el Presidente de la Corte Superior o su
representante ante dicho proyecto, colabore en la ejecu-
ción del plan diseñado para el mismo, es necesario desig-
nar a quienes sin desmedro de su función jurisdiccional
integren el referido equipo de trabajo;
Que, estando a lo expuesto y en mérito a las facultades
previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º
del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar a las Dras. Nora
Almeyda Cárdenas y Beatriz Patiño López como inte-
grantes del equipo de trabajo que, sin desmedro de su
función jurisdiccional y bajo la supervisión del
Representante de esta Corte Superior ante el Proyec-
to de Descarga de la Oficina de Revisores de Planillas
de los Juzgados de Trabajo de Lima, colaborarán en la
ejecución del plan de trabajo diseñado para el mismo.
Artículo Segundo.- Poner la presente resolución, en
conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial,
de la Secretaría Ejecutiva de la misma, del Gabinete
Técnico, de la Oficina de Control de la Magistratura y de
los Magistrados comprendidos en la presente resolución
para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO
Presidente
Corte Superior de Justicia de Lima
8880
CONSEJO NACIONAL
DE LA
MAGISTRATURA
FE DE ERRATAS
RESOLUCION Nº 028-99-PCNM
Fe de Erratas de la Resolución del Consejo Nacional de
la Magistratura Nº 028-99-PCNM, publicada en nuestra
edición del día 30 de junio de 1999, en la página 175009.
En el voto adicional
DICE:
"... Pero apareciendo del proceso disciplinario, que por
los motivos hechos..."
DEBE DECIR:
"... Pero apareciendo del proceso disciplinario, que por
los mismos hechos..."
8892
CONTRALORIA
GENERAL
Aprueban el Código de Etica del Audi-
tor Gubernamental del Perú
RESOLUCION DE CONTRALORIA
Nº 077-99-CG
Lima, 7 de julio de 1999
VISTOS: la Hoja de Recomendación Nº 006-99-CG/
STE, formulada por la Secretaría Técnico-Jurídica y de
Etica de este Organismo Superior de Control;
CONSIDERANDO:
Que, el ejercicio de la auditoría gubernamental, enco-
mendada por mandato constitucional al Sistema Nacional
de Control, se debe sustentar en un conjunto de valores y
principios, que implica la evaluación de los hechos rodea-
dos de precisión e imparcialidad, demandando del audi-
tor, tanto cualidades como calificaciones profesionales y
personales especiales, que permitan honrar la credibili-
dad y confianza ciudadana sobre su desempeño y los
resultados de su labor;
Que, la sociedad, tiene el derecho en demandar que la
conducta y servicio de los integrantes de los Organos
integrantes del Sistema Nacional de Control sean irre-
prochables éticamente, no susciten sospecha y sean digna
de su respeto y confianza;
Que, para efectos del control gubernamental, no resul-
ta suficientemente meritorio un adecuado cumplimiento
de las funciones públicas asignadas por la administración
estatal, sino se encuentra sustentado en la observancia de
sólidos principios éticos, atendiendo al postulado 6 previs-
to en el Manual de Auditoría Gubernamental - MAGU -,
aprobado por Resolución de Contraloría Nº 152-98-CG,
que refiere la necesidad del establecimiento y manteni-
miento de un Código de Etica para el auditor guberna-
mental, a ser promovido por el Organismo Superior de
Control;
Que, dentro de este contexto, resulta necesario reunir
con carácter vinculante, un conjunto de normas mínimas,
concordantes con los principios y criterios que regulan el
ejercicio del control gubernamental, que constituyan las
guías de orientación para que el auditor las examine,
considere y aplique en sus actuaciones concretas durante
el desempeño de sus labores, las cuales deben ser obser-
vadas permanentemente por todos los que ejercen la
auditoría gubernamental;
De conformidad con lo establecido en el postulado
6, previsto en el Manual de Auditoría Gubernamental
- MAGU -, aprobado por Resolución de Contraloría Nº
152-98-CG, y en uso de las atribuciones conferidas
por el Artículo 24º inciso c), de la Ley del Sistema
Nacional de Control, aprobada por Decreto Ley Nº
26162;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Código de Etica
del Auditor Gubernamental del Perú, adjunto al pre-
sente, que reúne el conjunto de principios, criterios y
valores mínimos que orientan el desempeño indivi-
dual del auditor gubernamental, en su actividad inter-
na del Sistema, en las funciones de auditoría y en su
tratamiento a las áreas y personas sobre las cuales
recaen sus labores, con el objeto que mediante su
observancia, los auditores desempeñen sus activida-
des funcionales.
Artículo Segundo.- El Código de Etica del Auditor
Gubernamental del Perú, es vinculante para todo el
personal de la Contraloría General de la República que
intervenga en la labor de auditoría, de los Organos de
Auditoría Interna de las entidades comprendidas en el
ámbito (cualesquiera sea su denominación) y para el
personal de las Sociedades de Auditoría designadas o
contratadas para realizar trabajos en las entidades públi-
cas.
Artículo Tercero.- Por la naturaleza e intencionali-
dad del presente Código, forma parte esencial del conjun-
to de normas exigibles en la evaluación del desempeño del

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