DECRETO SUPREMO N° 052-2008-EM - Aprueban cesión de posición contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-38

Fecha de publicación03 Octubre 2008
Fecha de disposición03 Octubre 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 3 de octubre de 2008
380820
Zona Selva del Perú, suscrito entre PERUPETRO S.A. y
PLUSPETROL E&P S.A.;
Que, el artículo 12º del Texto Único Ordenado de
la Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece que los
contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo pueden ser
modif‌i cados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo
dichas modif‌i caciones ser aprobadas por Decreto Supremo
refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de
Energía y Minas dentro del plazo establecido en el artículo
11º de la mencionada Ley;
Que, el artículo 17º del Texto Único Ordenado de la
Ley Orgánica de Hidrocarburos, señala que el Contratista
o cualquiera de las personas naturales o jurídicas que lo
conformen, podrá ceder su posición contractual o asociarse
con terceros, previa aprobación por Decreto Supremo
refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de
Energía y Minas; asimismo, dicho artículo señala que estas
cesiones conllevarán el mantenimiento de las mismas
responsabilidades en lo concerniente a las garantías y
obligaciones otorgadas y asumidas en el contrato por el
Contratista;
Que, mediante Carta Nº PEP-CO-08-0012-GOB de
fecha 23 de abril de 2008, y de conformidad con la Cláusula
Décimo Sexta del Contrato de Licencia para la Exploración y
Explotación de Hidrocarburos en el Lote 108, PLUSPETROL
E&P S.A., comunicó a PERUPETRO S.A., que había llegado
a un acuerdo para ceder el treinta por ciento (30 %) de su
participación en el referido Contrato de Licencia, a favor
de RELIANCE EXPLORATION & PRODUCTION DMCC,
que asumirá a través de RELIANCE EXPLORATION &
PRODUCTION DMCC, SUCURSAL DEL PERÚ;
Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante
Acuerdo Nº 076-2008, de fecha 25 de junio de 2008,
aprobó el Proyecto de Cesión de Posición Contractual en
el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación
de Hidrocarburos en el Lote 108, elevándolo al Poder
Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación;
De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y
Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos,
DECRETA:
Artículo 1º.- De la Aprobación de la cesión de
posición contractual
Aprobar la Cesión de Posición Contractual en el
Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación
de Hidrocarburos en el Lote 108, aprobado por Decreto
Supremo Nº 036-2005-EM, por parte de PLUSPETROL
E&P S.A., a favor de RELIANCE EXPLORATION &
PRODUCTION DMCC, SUCURSAL DEL PERÚ, así como
la modif‌i cación del citado contrato derivada de la cesión
que se aprueba en el presente artículo.
Artículo 2º.- De la autorización para suscribir la
modi¿ cación
Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con las
empresas PLUSPETROL E&P S.A., y RELIANCE
EXPLORATION & PRODUCTION DMCC, SUCURSAL DEL
PERÚ, con la intervención del Banco Central de Reserva del
Perú, la Cesión de Posición Contractual en el Contrato de
Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos
en el Lote 108, que se aprueba en el artículo 1º.
Artículo 3º.- Del refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por
el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de
Energía y Minas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día
del mes de octubre del año dos mil ocho.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
LUIS M. VALDIVIESO M.
Ministro de Economía y Finanzas
JUAN VALDIVIA ROMERO
Ministro de Energía y Minas
260195-2
Aprueban cesión de posición
contractual en el Contrato de Licencia
para la Exploración y Explotación de
Hidrocarburos en el Lote Z-38
DECRETO SUPREMO
Nº 052-2008-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es política del Gobierno promover el desarrollo
de las actividades hidrocarburíferas, a f‌i n de garantizar el
futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la
libre competencia;
Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 042-2005-EM, se regulan las actividades de
hidrocarburos en el territorio nacional;
Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2007-EM,
de fecha 02 de marzo de 2007, se aprobó el Contrato de
Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos
en el Lote Z-38, ubicado en el zócalo continental frente
a las costas de las provincias de Zarumilla, Tumbes
y Contralmirante Villar del departamento de Tumbes,
suscrito entre PERUPETRO S.A. y VIETNAM AMERICAN
EXPLORATION COMPANY, L.L.C., SUCURSAL DEL
PERÚ;
Que, el artículo 12° del Texto Único Ordenado de
la Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece que los
contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo pueden ser
modif‌i cados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo
dichas modif‌i caciones ser aprobadas por Decreto Supremo
refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de
Energía y Minas dentro del plazo establecido en el artículo
11° de la mencionada Ley;
Que, el artículo 17° del Texto Único Ordenado de la
Ley Orgánica de Hidrocarburos, señala que el Contratista
o cualquiera de las personas naturales o jurídicas que
lo conformen, podrá ceder su posición contractual o
asociarse con terceros, previa aprobación por Decreto
Supremo refrendado por los Ministros de Economía y
Finanzas y de Energía y Minas; asimismo, dicho artículo
señala que estas cesiones conllevarán el mantenimiento
de las mismas responsabilidades en lo concerniente a
las garantías y obligaciones otorgadas y asumidas en el
contrato por el Contratista;
Que, mediante Carta de fecha 24 de enero de 2008,
y de conformidad con la Cláusula Décimo Sexta del
Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación
de Hidrocarburos en el Lote Z-38, VIETNAM AMERICAN
EXPLORATION COMPANY, L.L.C., SUCURSAL DEL
PERÚ, comunicó a PERUPETRO S.A., que había llegado
a un acuerdo para ceder el veinte por ciento (20 %) de
su participación en el referido Contrato de Licencia, a
favor de KAROON GAS AUSTRALIA LTD., que asumirá
a través de la sucursal de su subsidiaria KEI (PERU Z-38)
PTY LTD., SUCURSAL DEL PERÚ;
Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante
Acuerdo N° 075-2008, de fecha 25 de junio de 2008,
aprobó el Proyecto de Cesión de Posición Contractual en
el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación
de Hidrocarburos en el Lote Z-38, elevándolo al Poder
Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación;
De conformidad con lo dispuesto en los numerales
Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de
Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N°
042-2005-EM;
DECRETA:
Artículo 1°.- De la Aprobación de la cesión de
posición contractual
Aprobar la Cesión de Posición Contractual en el
Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación
de Hidrocarburos en el Lote Z-38, aprobado por Decreto
Supremo N° 013-2007-EM, por parte de VIETNAM
AMERICAN EXPLORATION COMPANY, L.L.C.,
SUCURSAL DEL PERÚ, a favor de KEI (PERU Z-38) PTY
LTD., SUCURSAL DEL PERÚ, así como la modif‌i cación

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