El Caso Ana Estrada entra a la recta final

Por Martha PeñaNeuróloga

¿Cuánto dolor puedes resistir? A Ana Estrada le vienen haciendo esa pregunta desde que empezó su camino legal para acceder a la muerte digna, hace cuatro años. Su estado de salud y la enfermedad degenerativa que deteriora su cuerpo y su autonomía desde hace tres décadas han sido analizados al mínimo por médicos y jueces. La última instancia de su largo proceso retoma la pregunta si aún puede soportar más dolor, aunque un fallo histórico hace un año haya ordenado que se le conceda el derecho de elegir cuándo y cómo acabar con su sufrimiento.Ana Estrada tiene 45 años y polimiositis desde los 12. Esta enfermedad incurable, que atrofia progresivamente sus músculos, la mantiene postrada a una cama más de 20 horas al día, conectada a un ventilador mecánico y en estado de dependencia alta. Antes del 2015 todavía podía movilizarse con silla de ruedas y mantener una vida casi independiente, pero cuando la enfermedad alcanzó sus músculos respiratorios y pasó seis meses en cuidados intensivos, supo que quería morir. Mejor: supo que amaba la vida y quería vivirla con dignidad hasta el final. Usar su libertad de decidir hasta cuándo.?Estoy luchando para evitar la agonía y el sufrimiento, ¿qué cosa más vital puede haber en eso??, dice a El Comercio. Es una carrera contra el tiempo. Si en el 2019, cuando empezó su lucha, podía estar sentada algunas horas, hoy eso es una tarea demasiado dolorosa. ?Estamos 2022 y mi cuerpo se sigue deteriorando. Tengo algunas cosas que podía hacer y ya no. No puedo hablar, para hacerlo tengo que prepararme con dos días de anticipación?, agrega.El 9 de enero del 2020, junto con la Defensoría del Pueblo, presentó una demanda de amparo para que se reconozca su derecho a la muerte digna. Un año después, el 25 de febrero del 2021, el Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima falló a su favor y ordenó al Ministerio de Salud y Essalud respetar su decisión de acceder a la eutanasia cuando lo decida.La sentencia también ordenó que se inaplique en su caso el artículo 112 del Código Penal que castiga con tres años de prisión ?al que, por piedad, mata a un enfermo incurable que le solicita de manera expresa y consciente para poner fin a sus intolerables dolores?. Con esto, ningún médico que le aplique la eutanasia sería procesado por ?homicidio piadoso?. No apeló ni el Ministerio de Justicia, ni el de Salud ni Essalud. Solo faltaba un paso, teóricamente el menos...

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