1074 565-2001-JNE - Convocan a candidatos proclamado y no proclamado para que asuman cargos de alcalde y regidores del Concejo Provincial de Ucayali

Fecha de publicación10 Agosto 2001
Fecha de disposición10 Agosto 2001
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 10 de agosto de 2001 AÑO XIX - Nº 7719 Pág. 208543
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"
CONGRESO DE LA
REPÚBLICA
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL
CONGRESO Nº 002-2001-CR
CARLOS FERRERO
PRESIDENTE DEL CONGRESO DE
LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución siguiente:
RESOLUCIÓN QUE MODIFICA EL
PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 33º
DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO
Artículo único.- Objeto de la resolución
Modifícase el primer párrafo del Artículo 33º del
Reglamento del Congreso, en los términos siguientes:
"Artículo 33º.- La Mesa Directiva tiene a su cargo la
dirección administrativa del Congreso y de los debates que
se realizan en el Pleno del mismo, de la Comisión Perma-
nente y del Consejo Directivo, así como la representación
oficial del Congreso en los actos protocolares. Está com-
puesta por el Presidente y cinco Vicepresidentes.
(...)"
Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los nueve
días del mes de agosto de dos mil uno.
CARLOS FERRERO
Presidente del Congreso de la República
HENRY PEASE GARCÍA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
29056
DECRETOS DE
URGENCIA
Autorizan utilizar de recursos del Fon-
do de Compensación Municipal y del
Canon Minero en gastos derivados de
la emergencia producida por el sismo
del 23 de junio
DECRETO DE URGENCIA
Nº 100-2001
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que como consecuencia del sismo ocurrido el día 23
de junio de 2001 en el sur del país, se ha producido la
destrucción y deterioro de viviendas así como de la
infraestructura productiva y de los servicios públicos,
ocasionando graves perjuicios a la población de los de-
partamentos de Arequipa, Moquegua, Tacna y de las
provincias de Parinacochas y Páucar del Sara Sara en el
departamento de Ayacucho;
Que por la magnitud de los daños ocasionados en las
mencionadas localidades de la zona sur del país, es
necesario reorientar la utilización de los recursos prove-
nientes del Fondo de Compensación Municipal y del
Canon Minero, a fin de atender los gastos derivados de
la emergencia producida;
Que mediante Decretos Supremos Nºs. 88-95-EF,
041-97-EF y 116-2001-EF se establece la participación
del Canon Minero que corresponde a las Municipalida-
des Provinciales y Distritales, así como los índices de
distribución, señalándose que los recursos por dicho
concepto podrán ser utilizados únicamente en gastos de
inversión;
Que asimismo, el Artículo 89º del Decreto Legislativo
Nº 776 -Ley de Tributación Municipal-, modificado por la
Ley Nº 27082 dispone que las municipalidades podrán
utilizar hasta un máximo de 30% de los recursos que
perciban por el Fondo de Compensación Municipal para
gastos corrientes;
Que es necesario y de interés nacional dictar medidas
extraordinarias en materia económica y financiera so-
bre la utilización de los recursos públicos percibidos por
las Municipalidades Provinciales y Distritales por con-
cepto de Canon Minero y del Fondo de Compensación
Municipal, con el fin de permitirles una asignación opor-
tuna e inmediata a los diversos gastos que requieren ser
efectuados para atender la emergencia en la zona sur del
país;
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,
Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1º.- Utilización de los recursos del Fon-
do de Compensación Municipal
Autorízase de manera excepcional y hasta el 31 de
enero de 2002, a las Municipalidades Provinciales y
Distritales ubicadas en las zonas declaradas en emer-
gencia por el Decreto Supremo Nº 077-2001-PCM a
utilizar hasta un máximo del 50% de los recursos del
Fondo de Compensación Municipal para gastos corrien-
tes, incluida la asignación adicional cuando correspon-
da, así como los saldos que pudieran tener a la fecha de
vigencia de la presente norma.
Artículo 2º.- Utilización de los recursos prove-
nientes del Canon Minero
Autorízase de manera excepcional y hasta el 31 de
enero de 2002, a las Municipalidades Provinciales y
Distritales de los departamentos de Arequipa, Moque-
gua y Tacna a utilizar para gastos corrientes, hasta el
100% de los recursos percibidos por Canon Minero,
incluidos los saldos que por dicho concepto pudieran
tener a la fecha de vigencia de la presente norma.
Artículo 3º.- Destino de los recursos derivados
de la aplicación de la presente norma
Los mayores recursos que se destinen al gasto corrien-
te, por aplicación de los Artículos 1º y 2º del presente
dispositivo, serán utilizados únicamente en las acciones
vinculadas directamente a la atención de los egresos de
la emergencia como consecuencia del sismo ocurrido el
pasado 23 de junio, no pudiendo ser utilizados para el
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NORMAS LEGALES
Lima, viernes 10 de agosto de 2001
pago de incrementos de remuneraciones o dietas, bajo
responsabilidad del Alcalde y del Director Municipal o
quien haga sus veces.
Artículo 4º.- Suspensión de normas
Déjese en suspenso las normas legales que se opon-
gan al presente dispositivo.
Artículo 5º.- Medidas complementarias
Por Decreto Supremo se podrán dictar medidas com-
plementarias que se requieran para la mejor aplicación
de lo dispuesto en esta norma legal.
Artículo 6º.- Refrendo
El presente Decreto de Urgencia será refrendado por
el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de
Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve
días del mes de agosto del año dos mil uno.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
ROBERTO DAÑINO ZAPATA
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
29057
P C M
Designan Presidente de la Comisión
de Formalización de la Propiedad In-
formal - COFOPRI
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 404-2001-PCM
Lima, 9 de agosto de 2001
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el Artículo
2º del Decreto Legislativo Nº 803, la Comisión de Forma-
lización de la Propiedad Informal - COFOPRI, será
presidida por un Ministro de Estado, quien ejercerá la
titularidad del pliego presupuestal;
Que resulta necesario designar al Ministro de Estado
que asumirá la presidencia de COFOPRI, a efectos de
garantizar la continuidad de las actividades de dicha
Comisión;
De conformidad con lo establecido en los Decretos
Legislativos Nºs. 560, 595 y 803, y Decretos Leyes Nºs.
25515, 25957 y 25993;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar, como Presidente de la
Comisión de Formalización de la Propiedad Informal -
COFOPRI, a partir de su nombramiento como Ministro
de Estado en el Despacho de Justicia mediante Resolución
Suprema Nº 380-2001-PCM, al señor FERNANDO
OLIVERA VEGA.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema
será refrendada por el Presidente del Consejo de
Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
ROBERTO DAÑINO ZAPATA
Presidente del Consejo de Ministros
29058
AGRICULTURA
Autorizan viaje de funcionario a Ecua-
dor para participar en Taller Regional
Sectorial en el marco del PREANDINO
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0936-2001-AG
Lima, 3 de agosto del 2001
CONSIDERANDO:
Que, del 4 al 6 de julio del 2001 se llevó a cabo el Taller
Regional Sectorial en el marco del Programa Regional
Andino para la Prevención y Reducción de Riesgos-PREAN-
DINO, en la ciudad de Quito, Ecuador, con el propósito de
intercambiar experiencias, así como conocer los avances y
metodologías en la formulación de diagnósticos para la
planificación en prevención del desarrollo;
Que, resulta necesario autorizar el viaje, en vía de
regularización, del Lic. JOSE ALFREDO LA ROSA
BARDALES, Director General de la Oficina General de
Planificación Agraria, en calidad de Coordinador del
Comité de Agricultura del Programa PREANDINO, quien
participó en el citado evento;
De conformidad con lo dispuesto en los Decretos
Supremos Nºs. 048-2001-PCM y 053-2001-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, el
viaje del Lic. JOSE ALFREDO LA ROSA BARDALES,
Director General de la Oficina General de Planificación
Agraria, del 3 al 7 de julio del 2001, quien participó en el
Taller Regional Sectorial en el marco del Programa
Regional Andino para la Prevención y Reducción de
Riesgos-PREANDINO, en calidad de Coordinador del
Comité de Agricultura del indicado Programa, que se
realizó en la ciudad de Quito, Ecuador.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución Ministerial, fueron asumidos
por la Corporación Andina de Fomento - CAF, y no
originaron egresos al Estado.
Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no
da derecho a exoneración o liberación de impuestos
aduaneros cualquiera fuera su clase o denominación.
Artículo 4º.- El funcionario cuyo viaje se autoriza
deberá presentar dentro de los quince días posteriores a
su retorno al país un Informe al Ministro de Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN
Ministro de Agricultura
28856
Derogan resolución mediante la cual
se constituyó la Comisión Nacional de
Productos Orgánicos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0938-2001-AG
Lima, 6 de agosto de 2001
VISTA: La Resolución Ministerial Nº 0612-2001-AG,
de fecha 23 de julio de 2001; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0612-2001-
AG, de fecha 23 de julio de 2001, se constituyó la Comi-
sión Nacional de Productos Orgánicos - CONAPO;
Que, es necesario dejar sin efecto la citada Resolu-
ción Ministerial;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre-
mo Nº 017-2001-AG;
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NORMAS LEGALES
Lima, viernes 10 de agosto de 2001
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Derógase la Resolución Ministe-
rial Nº 0612-2001-AG, de fecha 23 de julio de 2001.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN
Ministro de Agricultura
28857
Designan miembros de la Comisión
Técnica Nacional a que se refiere el
D.S. Nº 020-2000-AG
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0939-2001-AG
Lima, 6 de agosto de 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 031-2000 se
establecieron normas transitorias de excepción destina-
das a crear las condiciones necesarias para el desarrollo
de programas de reprogramación de pago de créditos
agropecuarios comprendidos en los alcances de la referi-
da norma, a través de mecanismos de conciliación entre
deudores y acreedores;
Que, por Decreto Supremo Nº 020-2000-AG se dictaron
normas complementarias para el procedimiento de repro-
gramación de pago establecido en el citado Decreto de
Urgencia, creándose en el Ministerio de Agricultura una
Comisión Técnica Nacional encargada de resolver, de ma-
nera colegiada, en segunda y última instancia administra-
tiva, las impugnaciones interpuestas contra el pronuncia-
miento de las Comisiones Técnicas Regionales;
Que, mediante Ley Nº 27422 se restituyó hasta el 30
de junio de 2001 el plazo de acogimiento establecido en
el Artículo 17º del Decreto de Urgencia Nº 031-2000;
Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 0315-
2001-AG de fecha 5 de abril de 2001 se designó a los
miembros de la Comisión Técnica Nacional;
Que, resulta necesario dar por concluida la designación
indicada y efectuar la designación de los nuevos miembros;
De conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 031-
2000 y el Decreto Supremo Nº 020-2000-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida, con efectividad al 3
de agosto de 2001, la designación de los miembros de la
Comisión Técnica Nacional, efectuada mediante Resolu-
ción Ministerial Nº 0315-2001-AG.
Artículo 2º.- Designar, a partir del 3 de agosto de
2001, como miembros de la Comisión Técnica Nacional a
que se refiere el Decreto Supremo Nº 020-2000-AG, a las
siguientes personas:
- Dr. Erick David Uriarte Lozada, quien la presidirá;
- Sra. Blanca Carolina García Palacios;
- Dr. Wilmer Céspedes Ocampo;
- Sr. Percy Mckay Diez Canseco;
- Dr. Sixto Martín Wong Montero.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN
Ministro de Agricultura
28858
Dejan sin efecto resolución mediante la
cual se aprobó la Guía de Servicios del
Proyecto Especial Titulación de Tierras y
Catastro Rural - PETT
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0940-2001-AG
Lima, 6 de agosto de 2001
COLOCAR
AVISO
CONTRALORIA GENERAL

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