08 0855-2000-AG - Cancelan proceso de Licitación Pública N° 01-2000-AG destinada a la adquisición de equipos de cómputo

Fecha de disposición04 Noviembre 2000
Fecha de publicación04 Noviembre 2000
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 4 de noviembre de 2000 AÑO XVIII - Nº 7439 Pág. 194655
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR"
P C M
Aprueban donación efectuada a favor
de instituciones, organizaciones so-
ciales y población de escasos recur-
sos de diversos departamentos del
país
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 500-2000-PCM
Lima, 3 de noviembre del 2000
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 147-2000-PCM
el Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego
Presidencia del Consejo de Ministros aceptó formalmente
la donación que efectuó Japan Relief Clothing Center de
Japón consistente en 824 cajas conteniendo prendas de
vestir usadas;
Que, con el propósito de apoyar a los integrantes de
Instituciones, Organizaciones Sociales y Población de esca-
sos recursos en sus esfuerzos por mejorar sus condiciones de
vida, el Despacho Presidencial - Unidad Ejecutora 001 del
Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, mediante las
Actas respectivas, en los meses de octubre, noviembre y
diciembre de 1999, y junio de 2000 procedió a entregar en
calidad de donación el total de ropa usada que se menciona
en el anterior considerando, a favor de los integrantes de
Instituciones, Organizaciones Sociales y Población de esca-
sos recursos de los departamentos de Amazonas, Ancash,
Arequipa, Ayacucho, Cusco, Ica, Junín, Lima, Moquegua y
Piura;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla-
tivo Nº 804;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la donación de ochocientos vein-
ticuatro (824) cajas conteniendo prendas de vestir usadas,
valorizadas en un total de Ciento Nueve Mil Setecientos
Treintidós y 59/100 Nuevos Soles (S/. 109 732,59), efectua-
da por el Despacho Presidencial - Unidad Ejecutora 001 del
Pliego Presidencia del Consejo de Ministros a favor de los
integrantes de Instituciones, Organizaciones Sociales y
Población de escasos recursos de los departamentos de
Amazonas, Ancash, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Ica, Junín,
Lima, Moquegua y Piura según se detalla en el anexo
adjunto, que forma parte de la presente Resolución Supre-
ma.Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la
Contraloría General de la República, dentro de los términos
establecidos.
Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
FEDERICO SALAS GUEVARA S.
Presidente del Consejo de Ministros
12702
Autorizan viaje de Gerente General de
PROMPEX a España en comisión de
serviciosRESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 501-2000-PCM
Lima, 3 de noviembre del 2000
Visto el Oficio Nº 054-2000-PROMPEX/SG del Secreta-
rio General de la Comisión para la Promoción de Exporta-
ciones - PROMPEX; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Cancillería Peruana ha invitado a la Comisión
para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, para que
integre la Delegación Oficial encabezada por el Ministro de
Relaciones Exteriores, que visitará el Reino de España, del
6 al 8 de noviembre del presente año, con el objeto de
reunirse con empresarios de todos los sectores y con poten-
ciales inversionistas, asimismo se suscribirá el Convenio de
Constitución del Consejo Empresarial Perú - España;
Que, es pertinente autorizar al Gerente General de la
Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROM-
PEX, para que integre la mencionada Delegación Oficial,
con el objeto de efectuar las coordinaciones con distribui-
dores y canalizar Cooperación Técnica para la Promoción de
Exportaciones Peruanas;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo
Nº 053-84-PCM, Decreto Supremo Nº 074-85-PCM, Decreto
Supremo Nº 011-88-PCM, Decreto Supremo Nº 031-89-EF,
Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, Decreto Supremo Nº
037-91-PCM y Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor ANTONIO
CASTILLO GARAY, Gerente General de la Comisión para
la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, a la ciudad de
Madrid, España, del 5 al 9 de noviembre del presente año,
para los fines expuestos en la parte considerativa de la
presente resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento
de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto
del Pliego 008 Comisión para la Promoción de Exporta-
ciones, del Sector 01 Presidencia del Consejo de Ministros,
Unidad Ejecutora 001 Comisión para la Promoción de
Exportaciones, Función 11, Industria, Comercio y Servicio,
Programa 040 Comercio, Subprograma 006 Administra-
ción General, de acuerdo al siguiente detalle:
- Pasajes :US$ 1,133.15
- Viáticos :US$ 1,040.00
Artículo 3º.- El representante de PROMPEX antes
mencionado, en el término de diez (10) días útiles, contados
a partir de su retorno al país, deberá elaborar un informe
para la Presidencia de PROMPEX, en el cual describirá las
actividades desarrolladas y los resultados obtenidos en el
mencionado viaje.
Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho
a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
FEDERICO SALAS GUEVARA S.
Presidente del Consejo de Ministros
12703
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 4 de noviembre de 2000
AGRICULTURA
Dan por concluida designación de Jefe
del Instituto Nacional de Investigación
Agraria - INIA
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 110-2000-AG
Lima, 2 de noviembre del 2000
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 088-95-AG de
fecha 16 de agosto de 1995 se designó al Ing. Mario
Rodríguez Rojas en el cargo de Jefe del Instituto Nacional
de Investigación Agraria - INIA, del Ministerio de Agri-
cultura;
Que, resulta necesario dar por concluida su designación;
Estando a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560,
Ley del Poder Ejecutivo, y los Decretos Leyes Nºs. 25515 y
25902, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Dar por concluida, a partir de la
fecha, la designación del Ing. Mario Rodríguez Rojas como
Jefe del Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA,
del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los
servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
JOSE CHLIMPER ACKERMAN
Ministro de Agricultura
12704
Cancelan proceso de Licitación Públi-
ca Nº 01-2000-AG destinada a la ad-
quisición de equipos de cómputo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0855-2000-AG
Lima, 3 de noviembre de 2000
VISTO:
El Oficio Nº 3768-2000-AG-OA-Nº1367-OL de la Oficina
de Administración solicitando la cancelación del proceso de
Licitación Pública Nº 01-2000-AG "Adquisición de Equipos
de Cómputo"; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al Plan Anual de Adquisiciones y
Contrataciones del Ministerio de Agricultura aprobado con
R.M. Nº 1034-99-AG, se ha contemplado la Adquisición de
Equipos de Cómputo a través del proceso de Licitación
Pública.
Que, de acuerdo a las bases y cronograma del proceso de
adquisición aprobado con R.M. Nº 0459-2000-AG del 11 de
julio del 2000 el proceso de Licitación Pública ha concluido
el 18 de agosto del 2000.
Que, mediante D.U. Nº 058-2000 publicado en el Diario
Oficial El Peruano el 15 de agosto del 2000 se dictan
medidas extraordinarias en materia de racionalidad, aus-
teridad y disciplina presupuestaria orientadas a equilibrar
las cuentas fiscales y racionalizar el gasto en la Administra-
ción Pública.
Que, de acuerdo con el numeral 19 del Art. 118º de la
Constitución Política del Perú los decretos de urgencia
tienen fuerza de ley.
Que, el Art. 10º del D.U. Nº 058-2000 con fuerza de ley
deja en suspenso las disposiciones que se opongan o limiten
la aplicación de dicho decreto de urgencia.
Que, en consecuencia, resulta procedente cancelar los
procesos de selección que no hubieran obtenido la adjudica-
ción de la buena pro antes del 14 de agosto del 2000,
suspendiéndose así las condiciones y limitaciones conteni-
das en el Art. 34º de la Ley Nº 26850, como es el caso de la
Licitación Pública Nº 01-2000-AG cuya adjudicación de la
buena pro se efectuó el 18 de agosto del 2000.
Que, a mayor abundamiento, la Oficina de Planificación
Agraria señala mediante Oficio Nº 1490-2000-AG-OPA/
OPRE, que la Dirección Nacional del Presupuesto Público
no atenderá el requerimiento de calendario de compromisos
sustentándose en las medidas de austeridad establecido
por el D.U. Nº 058-2000.
De conformidad con el Art. 10º del Decreto de Urgencia
de fuerza de ley Nº 058-2000 y Art. 2º del Decreto Supremo
Nº 039-98-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Cancelar el proceso de Licitación Pública
Nº 01-2000-AG, por las razones expuestas en los conside-
randos de la presente resolución.
Artículo 2º.- Hacer de conocimiento del Comité Espe-
cial de la Licitación Pública Nº 01-2000-AG la presente
resolución, a fin de que se notifique a todos los adquirientes
de las Bases la cancelación del proceso.
Artículo 3º.- Disponer que la Oficina de Contabilidad y
Tesorería de la Oficina de Administración proceda al rein-
tegro del costo de las bases a los adquirientes de ellas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE CHLIMPER ACKERMAN
Ministro de Agricultura
12667
ECONOMÍA Y
FINANZAS
Amplían el Calendario de Compromi-
sos del mes de octubre del Ejercicio
Fiscal 2000
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 042-2000-EF/76.01
Lima, 2 de noviembre de 2000
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 038-2000-EF/
76.01 se aprobó el Calendario de Compromisos del mes de
octubre del presente Ejercicio Fiscal;
Que, es necesario modificar, por ampliación, el Calen-
dario de Compromisos del mes de octubre de los Orga-
nismos comprometidos en las Secciones Primera: Gobierno
Central y Segunda: Instancias Descentralizadas;
Estando a lo informado por la Dirección de Progra-
mación, Evaluación Presupuestal y Procesamiento de la
Dirección Nacional del Presupuesto Público;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 33º de la
Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y
el Artículo 21º de la Directiva Nº 001-2000-EF/76.01 apro-
bada por Resolución Directoral Nº 045-99-EF/76.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ampliar el Calendario de Compromisos
del mes de octubre del Ejercicio Fiscal 2000, en los montos
que se detallan en el Anexo de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los montos aprobados en el Anexo que se
señala en el artículo precedente, se desagregan a nivel de
Pliego, Unidad Ejecutora, Función, Programa, Grupo Ge-
nérico de Gastos y Fuentes de Financiamiento de acuerdo
a los reportes que forman parte de la ampliación de Calen-
dario de Compromisos del mes de octubre del Ejercicio
Fiscal 2000.
Regístrese y comuníquese.
REYNALDO BRINGAS DELGADO
Director General
Dirección Nacional del Presupuesto Público
Pág. 194657
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 4 de noviembre de 2000
ANEXO DE LA RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 042-2000-EF/76.01
AMPLIACION DE CALENDARIO DE COMPROMISOS
OCTUBRE DE 2000
SECCIONES EN NUEVOS SOLES
PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL 379 848 577
RECURSOS ORDINARIOS 95 850 800
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 19 438 645
RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DE CREDITO INTERNO 26 786 734
RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DE CREDITO EXTERNO 236 194 467
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 1 577 931
SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 102 643 751
RECURSOS ORDINARIOS 42 301 091
CANON Y SOBRECANON 6 301 160
PARTICIPACION EN RENTAS DE ADUANAS 695 531
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 33 107 902
RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DE CREDITO INTERNO 3 429 120
RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DE CREDITO EXTERNO 15 593 987
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 1 214 960
TOTAL GENERAL : 482 492 328
12660
MITINCI
Declaran improcedente impugnación
contra resolución que declaró en aban-
dono solicitud de concesión en uso
para la explotación de fuentes de aguas
minero medicinales
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 016-2000-MITINCI/VMINCI
Lima, 31 de julio de 2000
Visto el recurso de apelación interpuesto por FELICITA
FANTINA VERGARAY CÁRDENAS, WILFREDO DANIEL
VERGARAY CÁRDENAS, JUANA JOSEFINA VERGA-
RAY CÁRDENAS, LUZ ANA VERGARAY CÁRDENAS y
FLOR MARCELINA VERGARAY CÁRDENAS, contra la
Resolución Directoral Nº 196-98-MITINCI/VMTINCI/DNT;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Directoral Nº 196-98-MITIN-
CI/VMTINCI/DNT, se declaró el abandono del procedi-
miento administrativo sobre Solicitud de Concesión en Uso
para la Explotación de las Fuentes de Aguas Minero Medi-
cinales con Fines Turísticos denominadas BAÑOS TER-
MALES AQUILINA presentado por los señores FELICITA
FANTINA VERGARAY CÁRDENAS, WILFREDO DANIEL
VERGARAY CÁRDENAS, JUANA JOSEFINA VERGA-
RAY CÁRDENAS, LUZ ANA VERGARAY CÁRDENAS y
FLOR MARCELINA VERGARAY CÁRDENAS;
Que los Recurrentes interponen recurso de apelación,
manifestando que se ha incurrido en diferente interpre-
tación de las pruebas producidas al haberse mal inter-
pretado que estuvieran solicitando por primera vez la
Concesión, cuando en realidad se estaban adecuando a las
normas del Reglamento de la materia, dentro del plazo
establecido y cumpliendo con todos los requisitos exigidos
por el Artículo 10º del mismo, no siéndoles aplicable lo
dispuesto en el Artículo 5º;
Que asimismo manifiestan que si bien el literal d) del
Artículo 10º del citado Reglamento establece que se debe
adjuntar a la Solicitud de concesión el justo título de
propiedad, posesión o uso del terreno en donde se ubican las
aguas minero medicinales, no les compete presentar dicho
requisito por cuanto no están solicitando la concesión por
primera vez, pero que sin embargo han acreditado con
documento público que los terrenos en donde afloran las
aguas, no pertenecen a nadie, por lo que complementado
con su certificado de posesión, acreditan contar con el justo
título de posesión requerido, pero no obstante ello se en-
cuentran tramitando judicialmente la formación del título
supletorio del terreno;
Que habiéndose declarado en ABANDONO el procedi-
miento administrativo sobre solicitud de Concesión de Uso
para la Explotación de Aguas Minero Medicinales para
Fines Turísticos mediante Resolución Directoral Nº 196-98-
MITINCI/VMTINCI/DNT, este pronunciamiento debe cir-
cunscribirse a determinar si dicha Resolución fue emitida
conforme a Derecho;
Que de acuerdo a lo dispuesto en la Única Disposición
Transitoria del Reglamento de Aguas Minero Medicinales
para fines Turísticos aprobado por Decreto Supremo Nº 05-
94-ITINCI, las personas naturales o jurídicas que venían
explotando los recursos, debieron adecuarse al mismo en un
plazo de 180 días calendario a partir de su vigencia, y que
para tal efecto deberían cumplir con los requisitos estable-
cidos en su Artículo 10º, debiendo acompañar adicional-
mente copia del título, licencia, autorización, o en su defecto
una declaración jurada explicando las circunstancias pre-
sentes de la explotación;
Que el literal d) del acotado Reglamento establece como
requisito a los solicitantes el adjuntar la declaración jurada
del nombre y domicilio del actual propietario del terreno o
copia simple del documento que acredite el justo título de
propiedad, posesión o uso de dicho terreno, y que en caso
que los derechos reales sobre el terreno no estén plenamen-
te acreditados en favor de quien solicita la concesión, éste
deberá obtener y adjuntar copia de la autorización expresa
de quien ostente dichos terrenos para que el interesado
pueda explotar la concesión que está solicitando;
Que luego de revisar los actuados, ha podido apreciarse
que los Recurrentes en su Solicitud inicial manifestaron
que sus señores padres eran los legítimos propietarios de
los terrenos en donde se ubican las aguas minero medicina-
les que desean obtener en concesión;
Que ante tal situación y a instancia de los Recurrentes,
la Dirección Nacional de Turismo otorgó los plazos permi-
tidos de acuerdo a lo dispuesto en el Texto Único de Normas
Generales de Procedimientos Administrativos aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, a fin de que
cumplieran con acreditar la condición de propietarios ale-
gada, sin que hasta la actualidad y pese al extenso período
de tiempo transcurrido lo hayan realizado;
Que si bien los Recurrentes han presentado diversas
instrumentales con la cual acreditan encontrarse en pose-
sión pacífica desde hace más de 30 años, ello resulta
insuficiente para considerar cumplido el requisito estable-
cido en el Reglamento de la materia, en tanto no es la
condición que alegaron al solicitar la concesión, y en tanto
fue presentada otra solicitud sobre las mismas aguas en la
que los nuevos solicitantes alegan contar también con la
condición de propietarios sobre los predios por donde fluyen
las mismas aguas, adjuntando para ello copia legalizada
del Título Registral Nº 7268 del 31 de agosto de 1995 en el
que figura una inscripción de transferencia de dominio a su
favor y al de otros;
Que como ya se manifestó en líneas precedentes, los
plazos legalmente establecidos han vencido en exceso sin
que los Recurrentes hayan cumplido con acreditar debida-
mente la condición de propietarios que dijeron tener al
presentar su solicitud, por lo que no habiéndose cumplido
con lo dispuesto tanto en la Disposición Transitoria Única
del Reglamento de la materia así como lo establecido en el
literal d) de su Artículo 10º pese a habérseles otorgado las
oportunidades que las disposiciones legales permitían,
debe concluirse que el abandono fue declarado conforme a
Derecho;
De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº
25831: "Ley Orgánica del Ministerio de Industria, Turismo,
Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales",
la Resolución Ministerial Nº 080-98-ITINCI/DM, los Artí-
culos 69º, 70º, 99º y demás del Texto Único de Procedimien-
tos Administrativos;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de
apelación interpuesto por FELICITA FANTINA VERGA-
RAY CÁRDENAS, WILFREDO DANIEL VERGARAY
CÁRDENAS, JUANA JOSEFINA VERGARAY CÁRDE-
NAS, LUZ ANA VERGARAY CÁRDENAS y FLOR MAR-
CELINA VERGARAY CÁRDENAS, contra la Resolución
Directoral Nº 196-98-MITINCI/VMTINCI/DNT;
Artículo 2º.- Declárese agotada la vía administrativa
en lo que haya sido materia de apelación.
Regístrese y comuníquese.
ALFREDO FERRERO DIEZ CANSECO
Viceministro de Integración y
Negociaciones Comerciales Internacionales
12604

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