02 227-2006-INEI - Aprueban Factores de Liquidación "V" para cálculo de la compensación vacacional de trabajadores de construcción civil para las seis Áreas Geográficas entre los meses de junio de 2005 hasta mayo de 2006

Fecha de disposición03 Agosto 2006
Fecha de publicación03 Agosto 2006
NORMAS LEGALES
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325722 El Peruano
jueves 3 de agosto de 2006
valorizaciones pagadas y no afectadas por un Factor de
Liquidación “F” anterior.
Regístrese y comuníquese.
EMILIO FARID MATUK CASTRO
Jefe
Instituto Nacional de Estadística e Informática
00648-2
Aprueban Factores de Liquidación "V"
para cálculo de la compensación
vacacional de trabajadores de
construcción civil para las seis Áreas
Geográficas entre los meses de junio
de 2005 hasta mayo de 2006
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 227-2006-INEI
Lima, 1 de agosto del 2006
CONSIDERANDO:
Que, la Undécima Disposición Complementaria y
Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, Transfiere al
Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las
funciones de elaboración de los Índices Unificados de
Precios para la aplicación de las Fórmulas Polinómicas
de Reajuste Automático de los elementos que determinen
el costo de las Obras;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 022-94 INEI
de fecha 18 de enero de 1994, el Instituto Nacional de
Estadística e Informática (INEI), creó el Factor de
Liquidación “V” y aprobó la fórmula de reintegro por
concepto de pago de la compensación vacacional;
asimismo dispuso que el INEI publicará el Factor de
Liquidación “V” cada vez que se produzca una variación
en los jornales de construcción civil que afecte el monto
de la compensación vacacional;
Que, mediante Convención Colectiva de Trabajo, bajo
el expediente Nº 82052-2006-DRTPEL-DPSC-SDNC se
ha suscrito con fecha 27 de junio del 2006, el Acta Final
de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2006-
2007, registrada con fecha 10 de julio del 2006 por el
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con el
número 101-2006, como resultado de la negociación
directa del pliego de reclamos, se acordó otorgar
incrementos diarios, sobre el jornal básico de los
trabajadores de Construcción Civil, a partir del 1 de junio
del 2006;
Que, en consecuencia al haberse producido la última
variación de los jornales de construcción civil, es
necesario fijar el Factor de Liquidación “V” correspondiente
a los meses comprendidos desde junio del 2005 hasta
mayo del 2006; contando con la conformidad de la Comisión
Técnica para la Aprobación de los Índices Unificados de
Precios de la Construcción del Instituto Nacional de
Estadística e Informática a través de su informe Nº 01-
07-2006-INEI/DTIE, el cual contienen los resultados de
estos factores;
Con la opinión favorable de la Subjefatura de
Estadística, la Dirección Técnica de Indicadores
Económicos y la visación de la Oficina Técnica de
Asesoría Jurídica; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y
Funciones del Instituto Nacional de Estadística e
Informática;
SE RESUELVE:
Artículo 1º .- Aprobar los Factores de Liquidación
“V” para el cálculo de la compensación vacacional de los
trabajadores de construcción civil para las seis (6) Áreas
Geográficas, correspondientes a los meses compren-
didos desde junio del 2005 hasta mayo del 2006, derivados
de la variación de los jornales de la mano de obra
producida a partir del mes de junio del 2006, en la forma
siguiente:
MES/AÑO FACTOR DE LIQUIDACIÓN
“V”
A JUNIO 2006
Junio 2005 0,65
Julio 2005 0,65
Agosto 2005 0,65
Setiembre 2005 0,65
Octubre 2005 0,65
Noviembre 2005 0,65
Diciembre 2005 0,65
Enero 2006 0,65
Febrero 2006 0,65
Marzo 2006 0,65
Abril 2006 0,65
Mayo 2006 0,65
Artículo 2º .- Los Factores de Liquidación “V”
precisados en el artículo precedente, se aplicarán según
la fórmula aprobada por Resolución Jefatural Nº 022-94
INEI, donde “V” corresponde al mes efectivo de pago de
la valorización.
Artículo 3º .- Los Factores de Liquidación “V” de la
presente Resolución, se aplicarán exclusivamente a las
valorizaciones pagadas y no afectadas por un Factor de
Liquidación “V” anterior.
Regístrese y comuníquese.
EMILIO FARID MATUK CASTRO
Jefe
Instituto Nacional de Estadística e Informática
00648-3
INPE
Designan Subdirector de la Unidad de
Recursos Financieros de la Dirección
Regional Sur Oriente Cusco
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Nº 484-2006-INPE/P
Lima, 27 de julio de 2006
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo público de
confianza de Subdirector de la Unidad de Recursos
Financieros, nivel F-1 de la Dirección Regional Sur
Oriente Cusco;
Que, es necesario designar al funcionario que
desempeñe dicho cargo público de confianza;
Contándose con las visaciones de las Oficinas
Generales de Administración y Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594,
Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 005-
90-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS y en
uso de las facultades conferidas mediante Resolución
Suprema Nº 021-2006-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al
servidor CARLOS OLIVERA BRAVO, en el cargo público
de confianza de Subdirector de la Unidad de Recursos
Financieros, nivel F-1 de la Dirección Regional Sur
Oriente Cusco.
Artículo 2º.- REMITIR, copia de la presente
Resolución a la Oficina General de Asesoría Jurídica,
Dirección Regional Sur Oriente Cusco, Oficina de

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