09 009-2006-IN - Establecen otorgamiento de bonificación adicional sobre puntaje total obtenido en Proceso de Ascenso de Oficiales PNP Promoción 2007, en el marco de la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley del Régimen de Personal de la Policía Nacional del Perú

Fecha de disposición29 Julio 2006
Fecha de publicación29 Julio 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
sábado 29 de julio de 2006 325483
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Sistemas de Transporte de Gas Natural y Líquidos de
Gas Natural del Proyecto Camisea operados por
Transportadora de Gas del Perú S.A.”;
Que, el punto VIII del Anexo de la Resolución Ministerial
Nº 205-2006-MEM/DM establece que la supervisión del
cumplimiento de las obligaciones de contractuales de la
Empresa Auditora será de cargo del OSINERG;
Que, de otro lado el numeral 4 del punto VII del Anexo
de la Resolución Ministerial citada en el considerando
precedente, establece que “(...) Para ello (el pago a la
Empresa Auditora) el Ministerio de Energía y Minas pondrá
en conocimiento del Fideicomitente la aprobación de los
Informes, a fin de que éste proceda a dar instrucciones
a la Fiduciaria para que realice el(los) pago(s) parcial(es)
y/o total, de acuerdo a lo estipulado en el contrato
respectivo.”;
Que, es conveniente establecer que la supervisión
de la ejecución del Contrato de Servicio de Auditoría
Integral se encontrará a cargo del Ministerio de Energía
y Minas dentro de sus facultades como parte Contratante.
Así como, que dicho Ministerio realice directamente a la
Fiduciaria las instrucciones para efectuar el(los) pago(s)
parciales y/o totales a la Empresa Auditora;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Supremo Nº 017-2006-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificar el numeral 4 del punto VII del
Anexo de la Resolución Ministerial Nº 205-2006-MEM/
DM con el siguiente texto:
“VII. DEL FINANCIAMIENTO
(...)
4. El pago y/o los pagos parcial(es) y/o total por el servicio
prestado, serán realizados una vez que el Ministerio de
Energía y Minas haya aprobado los informes presentados
por la Empresa Auditora. En este caso, el Ministerio de
Energía y Minas procederá a dar instrucciones a la
Fiduciaria para que realice el(los) pago(s) parcial(es) y/o
total, de acuerdo a lo establecido en el contrato respectivo.
El Ministerio de Energía y Minas pondrá en conocimiento
del Fideicomitente la aprobación de los informes.”
Artículo 2º.- Modificar el punto VIII del Anexo de la
Resolución Ministerial Nº 205-2006-MEM/DM con el
siguiente texto:
“VIII. DE LA SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL
CONTRATO
El Ministerio de Energía y Minas se encargará de
supervisar el cumplimiento de las obligaciones
contractuales asumidas por la Empresa Auditora de
acuerdo con los términos establecidos en el Contrato.”
Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA
Ministro de Energía y Minas
00515-2
INTERIOR
Establecen otorgamiento de bonificación
adicional sobre puntaje total obtenido
en Proceso de Ascenso de Oficiales PNP
Promoción 2007, en el marco de la
Sexta Disposición Complementaria
Final de la Ley del Régimen de Personal
de la Policía Nacional del Perú
DECRETO SUPREMO
Nº 009-2006-IN
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Sexta Disposición Complementaria Final de
la Ley del Régimen de Personal de la Policía Nacional del
Perú, establece la conformación de una Comisión
encargada de adoptar medidas extraordinarias
compensatorias para subsanar la afectación que pueda
haber sufrido cualquier miembro de la PNP por
modificaciones sustanciales en las reglas aplicables
durante los procesos de promoción de ascensos de
Oficiales PNP 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006;
Que, es necesario dictar normas que regulen el
funcionamiento de la referida Comisión, con el fin que
desarrolle su labor en un marco de transparencia y
equidad, por lo que es necesario establecer los criterios
técnicos determinados por las necesidades
institucionales, dentro de los cuales ejercerán sus
atribuciones, con el fin de no afectar los cuadros
organizacionales de la Policía Nacional del Perú;
De conformidad con el numeral 8) del Art. 118º de la
DECRETA:
Artículo Único.- La Comisión encargada de adoptar
las medidas extraordinarias compensatorias para
subsanar la afectación que pueda haber sufrido cualquier
miembro de la PNP por modificaciones sustanciales en
las reglas aplicables durante los procesos de ascensos
de Oficiales PNP Promociones 2002, 2003, 2004, 2005
y 2006, otorgará por excepción y única vez, una
bonificación adicional entre CINCO POR CIENTO (5%)
y QUINCE POR CIENTO (15%) de su puntaje total
obtenido en el Proceso de Ascenso de Oficiales PNP
Promoción 2007, de acuerdo a la afectación sufrida.
La bonificación antes citada, sólo será aplicable en el
proceso de ascenso Promoción 2007, siempre que el
Oficial PNP afectado, continúe en el grado en que se
produjo la afectación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis
días del mes de julio del año dos mil seis.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
RÓMULO PIZARRO TOMASIO
Ministro del Interior
00548-36
Dejan sin efecto la R.S. Nº 0264-2006-
IN/PNP y dan de baja a oficial PNP por
fallecimiento "Con Ocasión del Servicio"
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 0421-2006-IN
Lima, 27 de julio de 2006
VISTO, el Expediente Administrativo Nº O-011-2006,
con el Informe Administrativo Nº 002-2006-DIREDH-
DIRBIE-PNP/UNIRREHUM de 25JUL2006, relacionado
con el fallecimiento del Coronel PNP Orlando Filiberto
TEJADA GUILLEN, ocurrido el 27FEB2006;
CONSIDERANDO:
Que, con R.S. Nº 0264-2006-IN/PNP de 11ABR2006,
se resolvió dar de Baja al Coronel PNP Orlando Filiberto
TEJADA GUILLÉN, por fallecimiento, con fecha
27FEB2006, en vía de regularización;
Que, de las investigaciones efectuadas se ha establecido
que el Coronel PNP Orlando Filiberto TEJADA GUILLÉN,
falleció en el Instituto de Enfermedades Neoplásicas, el
27FEB2006, con los diagnósticos de "INSUFICIENCIA
RESPIRATORIA", "HEMORRAGIA PULMONAR MASIVA"
y "LEUCEMIA MIELOIDE AGUDA", de conformidad al
Certificado de Defunción expedido por el Departamento de
Emergencia del Instituto de Enfermedades Neoplásicas;
El citado Oficial Superior PNP, prestó servicios durante
los años 1991 y 1992 en la División de Operaciones
Tácticas Anti Drogas - Tingo María (ex 64CPNP),
realizando en su condición de Oficial Operativo, acciones
de interdicción contra el Tráfico Ilícito de Drogas,

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