La demanda boliviana contra Chile ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya

AutorSandra Namihas
Páginas55-70

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Introducción

Como consecuencia de la guerra del Pacífico y la firma del Tratado de Paz de 20 de octubre de 1904, celebrado entre Chile y Bolivia, el país altiplánico perdió sus 400 km de costa y 120 000 km2 de superficie, y se convirtió, de esta manera, en un país mediterráneo. Desde ese entonces, Bolivia ha realizado incansables esfuerzos por encontrar una solución que le brinde una salida soberana al mar. El último gran paso en este camino, dado por el gobierno de Evo Morales, ha sido la presentación el 24 de abril de 2013, de una demanda en contra de Chile ante el más alto tribunal, la Corte Internacional de Justicia de La Haya (CIJ).

Sin embargo, en esta demanda, Bolivia ha dejado su tradicional posición jurídica que sustentaba la nulidad del Tratado de Paz de 1904 —que restablecía las relaciones de paz con Chile y daba por concluido el régimen establecido por el Pacto de Tregua de 1884—, por una posición novedosa como es solicitar a la Corte que declare que «Chile tiene una obligación de negociar con Bolivia un acceso plenamente soberano al océano Pacífico», obligación que, señala, Chile habría incumplido a la fecha.

1. Antecedentes históricos
1.1. Los primeros intentos de encontrar una solución a la mediterraneidad de Bolivia

En el1 nuevo contexto formado luego de la guerra del Pacífico, Bolivia y Chile firmarían tres acuerdos el 18 de mayo de 1895: uno de paz y amistad, otro de comercio

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y un tercero de importancia relevante para este tema, denominado Tratado Especial para la Transferencia de Territorios, pues mediante este Chile se comprometía a entregar a Bolivia las provincias peruanas cautivas de Tacna y Arica, si el plebiscito que se iba a celebrar sobre el destino de ambas le era favorable2, como rezan los artículos siguientes:

Artículo 1: Si a consecuencia del plebiscito que ha de tener lugar, en conformidad al Tratado de Ancón, o en virtud de arreglos directos, adquiriese la República de Chile dominio y soberanía permanente sobre los territorios de Tacna y Arica, se obliga a transferirlos a la República de Bolivia, en la misma forma y con la misma extensión que los adquiera.

Artículo 3: A fin de realizar el propósito enunciado, el Gobierno de Chile se compromete a empeñar todos sus esfuerzos, ya sea separadamente o conjuntamente con Bolivia, para obtener en propiedad definitiva los territorios de Tacna y Arica.

Este intento de cesión indebido de Chile —Estado ocupante que no poseía título jurídico alguno para realizar este ofrecimiento— fue protestado por el Perú quien reafirmó que nunca renunciaría a recuperar Tacna y Arica y que no las cedería a ningún Estado3.

Sin embargo, tanto el tratado de paz y amistad como el de transferencia de territorios recibieron fuerte oposición del Congreso boliviano, fundamentalmente por la existencia de una gran desconfianza en la firma de dos documentos separados, por lo que no entraron en vigencia. El temor boliviano residía en la posibilidad de que Chile le diera validez al primero —en tanto este le otorgaba definitivamente el entonces litoral boliviano—, y más bien no al segundo, el cual se refería a la cesión por Chile de las dos provincias peruanas4.

Posteriormente, ambos países celebraron el Tratado de Paz del 20 de octubre de 1904, por el cual Bolivia entregó a Chile su litoral a perpetuidad —incluyendo los puertos de Mejillones, Cobija, Tocopilla y Antofagasta—, y en compensación recibió el pago de 300 000 libras esterlinas y la construcción del ferrocarril de Arica a La Paz. Asimismo, Chile reconoció en favor de Bolivia «y a perpetuidad, el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico»5, así como el derecho de construir agencias aduaneras en los puertos que designase Chile, señaló para tal efecto

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y momento los puertos de Antofagasta y Arica. En este tratado, que tiene validez hasta la actualidad, no se menciona el traspaso indebido de las provincias peruanas.

Es preciso resaltar que parte importante de la posición tradicional de Bolivia sobre el tema de la mediterraneidad ha sido afirmar que este tratado adolecía de nulidad por haber sido firmado cuando el Departamento del Litoral de Bolivia aún se encontraba bajo ocupación chilena. Sin embargo, todo esto sucedió antes que tanto el uso como la amenaza de la fuerza fuesen proscritos por el derecho internacional. En efecto, «hasta 1945, la violencia no causaba la invalidez de los tratados; el derecho positivo reconocía la efectividad del acontecimiento histórico; [pues] de otro modo, se hubieran puesto en tela de juicio todos los tratados de paz, por lo general impuestos por los vencedores a los vencidos [...]»6. Por lo que, según el derecho internacional esta nulidad no estaba presente en el citado tratado. Quizás por ello, en el punto 14 de la demanda presentada por este país ante la CIJ, se menciona el hecho histórico de la ocupación sin plantear la nulidad del referido tratado; no obstante, en el punto 34 del mismo documento, Bolivia se reserva el derecho de solicitar la constitución de un tribunal arbitral por cualquier reclamo que pueda surgir del Tratado de 1904, lo cual podría entenderse en el sentido de que este país no ha renunciado a su histórica posición sobre la nulidad.

Siguiendo la cronología expuesta por la propia demanda boliviana, en 1910, el canciller boliviano Daniel Sánchez Bustamante propuso a las cancillerías de Lima y Santiago, que se le cediese total o parcialmente las provincias peruanas de Tacna y Arica, ocupadas por Chile, sobre la base de que «solo tienen utilidad efectiva para Bolivia»7. Este planteamiento presentaba los mismos problemas que en 1895; en primer lugar, el Perú mantenía sus títulos jurídicos válidos sobre esos territorios y, como lo había indicado, no los cedería voluntariamente; Chile, por su parte, aunque lo hubiese deseado, estaba impedido de otorgarle esos territorios a Bolivia pues, no gozaba de soberanía territorial, sino solo de supremacía territorial, que es una situación de facto, mas no de jure. Finalmente, esta proposición boliviana no podría conllevar ninguna obligación jurídica a ninguno de los Estados mencionados.

Diez años después, el 10 de enero de 1920, se suscribió en La Paz, el Acta Protocolizada secreta, entre el canciller boliviano Carlos Gutiérrez y el enviado extraordinario y ministro plenipotenciario de Chile Emilio Bello Codesido, por la cual su país se comprometía a entregar a Bolivia, una salida al mar al norte de Arica, asumiendo a

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su vez Bolivia el compromiso para que Tacna y Arica quedasen en poder de Chile8.

Nuevamente se intentaba violar la soberanía peruana sobre estas provincias y otra vez Bolivia y Chile vieron frustrados sus acuerdos.

Inconforme con la eliminación de su litoral, que era lo que ciertamente se encontraba establecido en el Tratado de Paz de 1904, Bolivia planteó la revisión de este tratado ante la Sociedad de Naciones, el 1 de noviembre de 1920, invocando el artículo 19 de su carta constitutiva9. Casi un año después, la comisión de juristas, creada por esta organización internacional para analizar el tema, resolvía que:

[...] tal como ha sido presentada la demanda de Bolivia es inadmisible pues la Asamblea de la Sociedad de Naciones no puede modificar por si misma ningún tratado; la modificación de los tratados es de la sola competencia de los Estados contratantes10.

Efectivamente, esta norma del derecho internacional público —que posteriormente fue recogida por la Convención de Viena sobre Tratados en su artículo 39— establece que un tratado solo puede ser enmendado por las partes; por tanto, ninguna organización o corte internacional tiene esta competencia originaria.

1.2. Las negociaciones entre Bolivia y Chile en el siglo XX

El no haber obtenido un resultado favorable ante la Sociedad de Naciones, no detuvo a Bolivia en su empeño por encontrar una solución a su enclaustramiento, por lo que realizó una serie de acciones para este fin, entre ellas diversas negociaciones directas con Chile. No obstante, es menester recordar que por evidentes razones, a partir de 1929, el reparto de las provincias de Tacna y Arica dejó de ser parte de las conversaciones entre estos dos países.

Así, la primera de estas negociaciones se llevó a cabo entre 1946 y 1952, las que se iniciaron, exactamente, en la ceremonia de transmisión de mando al presidente chileno Gabriel Gonzáles Videla, el 3 de noviembre de 1946; se extendieron por más de tres años y medio11, y se expresaron a través de sucesivas notas diplomáticas. En efecto, mediante nota 529/21 del 1 de junio de 1950 (aunque entregada el día 20)

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al canciller chileno, dirigida por el embajador boliviano en Santiago, Alberto Ostria Gutiérrez, se solicitó:

[...] que los Gobiernos de Bolivia y Chile ingresen formalmente a una negociación directa para satisfacer la fundamental necesidad boliviana de obtener una salida propia y soberana al Océano Pacífico, resolviendo así el problema de la mediterraneidad de Bolivia sobre bases que consulten las recíprocas conveniencias y los verdaderos intereses de ambos pueblos12.

En su respuesta contenida en la nota 9 del 20 de junio de 1950, el canciller chileno Horacio Walker Larraín señaló:

En la presente oportunidad, tengo el honor de expresar a Vuestra Excelencia que mi Gobierno será consecuente con esa posición y que, animado de un espíritu de fraternal amistad hacia Bolivia, está llano a entrar formalmente en una negociación directa destinada a buscar la...

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