Los beneficios premiales que pueden obtener las personas jurídicas que celebren acuerdos de colaboración eficaz en el marco de la Ley 30737 y su Reglamento
Autor | Liliana Calderón Jacinto |
Cargo | Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Máster en Compliance Officer por la Universidad Complutense de Madrid. Máster en Derecho (LL.M.) in Comparative Law por California Western School of Law. |
Páginas | 51-61 |
51
ADVOCATUS | 37
DERECHO
PENAL
ECONÓMICO Y
COMPLIANCE
ESPECIAL
Los benecios premiales que pueden obtener
las personas jurídicas que celebren acuerdos de
colaboración ecaz en el marco de la Ley 30737
y su Reglamento
LILIANA CALDERÓN JACINTO
Abogada por la Ponticia Universidad Católica del Perú.
Máster en Compliance Ocer por la Universidad Complutense de Madrid.
Máster en Derecho (LL.M.) in Comparative Law por California Western
School of Law.
SUMARIO:
I. Introducción.
II. De los alcances de la Ley 30737, Ley que asegura el pago
inmediato de la Reparación Civil a favor del Estado peruano
en casos de corrupción y delitos conexos y su Reglamento.
III. El procedimiento de colaboración ecaz en la legislación
nacional.
1. Denición y principios.
2. Antecedentes.
3. De los alc ances de la colaboración ecaz en la persona
jurídica.
IV. De los benecios premiales que pueden obtener las
personas jurídicas de llegar a celebrar su acuerdo
de colaboración ecaz.
V. Conclusiones.
Los beneficios premiales que pueden obtener las personas jurídicas que celebren acuerdos
de colaboración eficaz en el marco de la Ley 30737 y su Reglamento
* El artículo fue recibid o con fecha 19-06-19.
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