34 N° 1003 - Aprueban Beneficios para el Cumplimiento de Obligaciones Tributarias y No Tributarias

Fecha de disposición12 Marzo 2007
Fecha de publicación12 Marzo 2007
NORMAS LEGALES
Sumario
www.elperuano.com.pe
AÑO DEL
DEBER CIUDADANO
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, lunes 12 de marzo de 2007
341411
PODER EJECUTIVO
COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
R.M. N° 054-2007-MINCETUR/DM.- Aprueban “Linea-
mientos para el Desarrollo del Turismo Rural Comunitario
en el Perú” 341412
JUSTICIA
R.S. N° 056-2007-JUS.- Conceden indulto a 36 senten-
ciados de diversos establecimientos penitenciarios de la
República 341412
RELACIONES EXTERIORES
RR.MM. N°s. 0253 y 0254/RE.- Aprueban inafectación
del IGV e ISC correspondientes a donaciones efectuadas
por instituciones sin f‌i nes de lucro 341413
ORGANISMOS AUTONOMOS
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 272-2007.- Autorizan al Banco de Comercio el
traslado de of‌i cina especial ubicada en la provincia de
Arequipa 341415
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES
Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
Res. N° 042-2007-TC-SU.- Declaran que el Tribunal de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado carece de
competencia para emitir pronunciamiento respecto de
procedimiento administrativo sancionador seguido contra
empresa 341415
Res. N° 242-2007-TC-SU.- Sancionan a Corporación
Technology Busines FORSHALL Corp. S.A.C. con
inhabilitación temporal en sus derechos de presentarse
en procesos de selección y contratar con el Estado
341418
Res. N° 243-2007-TC-SU.- Sancionan a las empresas
EMANCART Virgen Candelaria S.A.C. y V & A S.A.C.
con inhabilitación temporal en sus derechos de
participar en procesos de selección y contratar con el
Estado 341420
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE
TRANSPORTE DE USO PUBLICO
Res. N° 014-2007-CD-OSITRAN.- Declaran improcedente
el cobro de TUUA al personal operativo de las aerolíneas
por parte de Lima Airport Partners S.R.L. 341422
SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Res. N° 051-2007/SBN-GO-JAD.- Declaran desafectación
administrativa de predio ubicado en el distrito de San Luis,
provincia de Lima 341423
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE AREQUIPA
Res. N° 021-2007-GRA/PE-DREM.- Prorrogan plazo de
ejecución de obras de la Central Hidroeléctrica La Joya
341424
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza N° 1003.- Aprueban Benef‌i cios para el Cum-
plimiento de Obligaciones Tributarias y No Tributarias
341425
Acuerdo N° 041.- Exoneran de proceso de selección la
adquisición de leche evaporada entera para benef‌i ciarios
del Programa del Vaso de Leche 341427
MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
RR. Nºs. 190 y 191-2007-MDCH.- Inician procesos admi-
nistrativos a ex Jefes de la Unidad de Informática y de la
División de Comercialización y Mercados 341428
Sumario
Año XXIV - Nº 9768
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 12 de marzo de 2007
341412
PODER EJECUTIVO
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Aprueban “Lineamientos para el Desa-
rrollo del Turismo Rural Comunitario en
el Perú”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 054-2007-MINCETUR/DM
Lima, 7 de marzo de 2007
Visto el Memorándum Nº 1078-2006-MINCETUR/VMT
del Viceministro de Turismo, solicitando la aprobación de
los “Lineamientos para el desarrollo del Turismo Rural
Comunitario en el Perú”;
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo –
MINCETUR es el órgano rector en materia de comercio
exterior y turismo, competente para def‌i nir, dirigir,
ejecutar, coordinar y supervisar la política de turismo,
siendo responsable de promover, orientar y regular la
actividad turística con el f‌i n de impulsar su desarrollo
sostenible;
Que, el artículo 2º de la Ley N° 26961 – Ley para
el Desarrollo de la Actividad Turística, establece
como principios básicos de la actividad turística,
entre otros, el estimular su desarrollo como un
medio para contribuir al crecimiento económico y
desarrollo social del país, generando las condiciones
más favorables para el desarrollo de la iniciativa
privada; así como contribuir al proceso de identidad e
integración nacional con participación y beneficio de
la comunidad;
Que, en la actualidad el turismo presenta una faceta
no convencional que comprende, entre otros, al turismo
rural, el cual constituye un importante componente de
la oferta turística en nuestro país, con oportunidades
de crecimiento pues el Perú posee una diversidad de
atractivos naturales y culturales que permiten diseñar
nuevos programas turísticos;
Que, el desarrollo del turismo rural en el Perú permitirá
forjar un producto turístico diferenciado y alternativo
a otros productos convencionales, al promover la
participación de las comunidades nativas y campesinas
en el desarrollo del turismo nacional, preservando y
difundiendo su identidad, evitando la migración de las
zonas rurales mediante el desarrollo económico, a través
del manejo responsable de sus recursos naturales,
culturales y humanos, mejorando las condiciones de vida
de las comunidades locales implicadas y preservando el
medio ambiente;
Que, el Viceministerio de Turismo a través de la
Dirección de Desarrollo del Producto Turístico, ha
elaborado los “Lineamientos para el desarrollo del
Turismo Rural Comunitario en el Perú”, cuyo objetivo
es diversif‌i car la oferta turística nacional, a través del
desarrollo de productos turísticos competitivos en el
ámbito rural, garantizar la participación, generación
de empleo y mejora de ingresos en las poblaciones
involucradas, promover la conservación de los recursos
existentes, así como complementar las actividades
ejecutadas en el marco del Programa Sierra Exportadora,
a través de una labor concertada con los diferentes
actores involucrados;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27779
– Ley Orgánica que modif‌i ca la Organización y Funciones
de los Ministerios, Ley N° 27790, de Organización y
Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo,
y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-
2002-MINCETUR;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar los “Lineamientos para el
Desarrollo del Turismo Rural Comunitario en el Perú”,
que aparecen en el Anexo, en sesenta y un (61) folios,
que visados y sellados forman parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- La Secretaría General adoptará las
medidas necesarias a f‌i n de que los Lineamientos, que
se aprueban mediante la presente Resolución Ministerial,
se incorporen para su difusión en la página web del
Ministerio: www.mincetur.gob.pe
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
34945-1
JUSTICIA
Conceden indulto a 36 sentenciados de
diversos establecimientos penitenciarios
de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 056-2007-JUS
Lima, 10 de marzo de 2007
Vista la opinión favorable de la Comisión Permanente
de Calif‌i cación de Indultos;
CONSIDERANDO:
Que, los sentenciados que durante el tiempo de
cumplimiento de la condena impuesta por el Poder Judicial
han observado buen comportamiento y demostrado
condiciones para reintegrarse como elementos útiles a la
sociedad, pueden solicitar la gracia presidencial del Indulto;
Que, las condiciones favorables de reinserción a la
sociedad deben corroborarse con los informes favorables
emitidos por los profesionales competentes, así como
con los certif‌i cados de estudio y/o trabajo respectivos y
el cumplimiento de los demás requisitos establecidos en
las normas pertinentes;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 118°,
numeral 21) de la Constitución Política del Perú; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Conceder indulto a los siguientes
sentenciados que cumplen condena en los
Establecimientos Penitenciarios de la República que se
detallan a continuación:
ESTABLECIMIENTO PENAL DE LURIGANCHO
1.- FLORES HERNANDEZ VICTOR HUGO
2.- VARELA GAMARRA RENATO WILLIAM
3.- VARILLAS TINTA FREDDY ANGEL
4.- VIDAL FALEN MARX CIPRIANO
5.- RIVERA ALTAMIRANO JEINER ANTONIO
6.- CONDE REYES FELIX ERNESTO
7.- ROMERO INCHICSANA EDWIN
8.- MENDOZA BAZALAR EDGAR ZENON
9.- VILCHEZ CUADROS JOSE MARIA
10.- SANTOS VALLE JUAN
11.- NOA MAQUERA EDER ALFONSO
12.- PAUCAR VICTOR MANUEL
13.- DIAZ YNGA EDUARDO DANIEL
14.- CHUMBIPUMA ORTIZ FELIPE SANTIAGO

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