ORDENANZA Nº 010-2009/MDPN - Establecen monto de los Arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos domiciliarios, recolección de residuos sólidos en playas, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio 2010

Fecha de disposición18 Diciembre 2009
Fecha de publicación18 Diciembre 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 18 de diciembre de 2009
408124
el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la
Municipalidad Distrital de Miraf‌l ores;
Que, mediante Ordenanza Nº 303-MM de fecha 14
de mayo del 2009, se aprobó el nuevo Reglamento de
Organización y Funciones y la modif‌i cación de la Estructura
Orgánica de la Municipalidad Distrital de Miraf‌l ores;
Que, la Gerencia de Planif‌i cación es la encargada
de elaborar y mantener actualizado los documentos
de gestión (ROF, MOF, CAP, MAPRO, TUPA, TUSNE)
así como los reglamentos de uso interno según la
normatividad vigente y en coordinación con las diferentes
unidades involucradas, y, en razón a ello, ha cumplido con
presentar el proyecto del nuevo TUSNE a aplicarse en la
jurisdicción del distrito de Miraf‌l ores;
Que, el último párrafo del artículo 37º de la Ley Nº 27444,
para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad,
las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego
establecerán los requisitos y costos correspondientes a los
mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos
para que sean de público conocimiento;
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral
RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el nuevo Texto Único
de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad
Distrital de Miraf‌l ores, el mismo que en anexo forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de
la presente Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano
y, conjuntamente con su anexo, en el portal electrónico
www.miraf‌l ores.gob.pe de la Municipalidad Distrital de
Miraf‌l ores, en la misma fecha de la publicación of‌i cial,
para su debida difusión y entrada en vigencia conforme
lo dispone el Art. 9° del reglamento aprobado por el D.S.
Nº 001-2009-JUS.
Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO el Texto
Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) aprobado con
Resolución de Alcaldía Nº 553-2008-ALC/MM de fecha 30
de diciembre de 2008 y toda norma que se oponga a la
presente resolución.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la Gerencia de
Planif‌i cación, la Gerencia de Administración y Finanzas
y la Gerencia de Sistemas adopten las acciones
administrativas necesarias para su implementación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MANUEL MASÍAS OYANGUREN
Alcalde
436539-1
MUNICIPALIDAD DE
PUNTA NEGRA
Establecen monto de los Arbitrios
de barrido de calles, recolección
de residuos sólidos domiciliarios,
recolección de residuos sólidos en
playas, parques y jardines y serenazgo
para el ejercicio 2010
ORDENANZA Nº 010-2009/MDPN
Punta Negra, 22 de setiembre del 2009.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE PUNTA NEGRA;
VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha,
el Informe Técnico Nº 0319-2009-MDPN/GAF, emitido por
la Gerencia de Administración Tributaria, con relación al
Proyecto de Ordenanza que establece el monto de los
Arbitrios Municipales 2010 para el Distrito de Punta Negra
y el Informe Nº 203-2009-MDPN/GAJ, de la Gerencia de
Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos
194° y 195° Numeral 4 de la Constitución Política del
Perú, modif‌i cada por la Ley N° 27680, Ley de la Reforma
Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, otorga potestad tributaria para crear,
modif‌i car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios,
licencias y derechos Municipales conforme a Ley.
Que, el artículo 69°-B del Texto Único Ordenado de
la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto
Supremo N° 156-2004-EF, señala que las Municipalidades
podrán determinar el importe de las tasas por servicios
públicos o arbitrios, tomando como base el monto de
las tasas cobrados al 1° de enero del año f‌i scal anterior
reajustado con la aplicación de la variación acumulada del
índice de precios al consumidor vigente en la capital del
departamento; correspondiente a dicho ejercicio f‌i scal.
Que, el Concejo Distrital de Punta Negra, mediante
Ordenanza N° 014-2008/MDPN, establece el Régimen
Tributario de los Arbitrios Municipales de Barridos de
Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Limpieza Pública,
Parques y Jardines y Serenazgo 2009, la cual fue ratif‌i cada
por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante
Acuerdo de Concejo N° 574, y publicadas en el Diario Of‌i cial
El Peruano con fecha 31 de Diciembre del 2008, conforme a
lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, con la f‌i nalidad de brindar los servicios públicos
de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo
para el año 2010, resulta necesario aprobar el monto de
las tasas que se aplicarán;
Que, la segunda Disposición Final de la Ordenanza N° 607
de la Municipalidad Metropolitana de Lima, establece que
las Ordenanzas marco en materia tributaria podrán tener
vigencia por más de un ejercicio tributario;
Estando a lo dispuesto por el artículo 20° numeral 5)
en uso de las atribuciones conferidas en los Artículos 9°
numeral 8), 39° y 40° y con el voto de los Regidores, el
Concejo Municipal, por UNANIMIDAD, y con la dispensa
del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la
siguiente Ordenanza:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO DE
LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE
CALLES, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS
DOMICILIARIOS, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS
SÓLIDOS EN PLAYAS, PARQUES Y JARDINES Y
SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2010
Artículo Primero.- Marco Legal Aplicable
Aplíquese para el ejercicio 2010 lo dispuesto en la
Ordenanza Municipal N° 014-2008/MDPN, de fecha
04 de Diciembre de 2008, ratif‌i cada mediante Acuerdo
de Concejo Metropolitano N° 539, publicado el 31 de
Diciembre del 2008
Artículo Segundo.- Determinación del costo y de
las tasas de arbitrios municipales
Para el ejercicio 2010, se aplicarán los costos y
tasas establecidas por los servicios de barrido de
calles, recolección de residuos sólidos domiciliario,
recolección de residuos sólidos en playas, parques y
jardines y serenazgo establecidos en la Ordenanza
Municipal N° 014-2008/MDPN.
Artículo Tercero.- Aprobación del Informe Técnico
Apruébese el Informe Técnico que da cuenta del
sustento para el mantenimiento de los costos y las
tasas por los arbitrios municipales de barrido de calles,
recolección de residuos sólidos domiciliario, recolección
de residuos sólidos en playas, parques y jardines y
serenazgo, así como la estimación de ingresos por la
prestación de los servicios mencionados.
Artículo Cuarto.- Vigencia
La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del
01 de enero del 2010, siempre que previamente se haya
cumplido con su publicación y la del Acuerdo de Concejo
ratif‌i catorio expedido por la Municipalidad Metropolitana
de Lima.
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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