RESOLUCION Nº 084-024-0001194/SUNAT - Declaran bajas de oficio en el Registro de Asegurados Titulares ante el ESSALUD

Fecha de disposición11 Diciembre 2011
Fecha de publicación11 Diciembre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 11 de diciembre de 2011
454730
1. Servicio de transporte de personas de ámbito provincial
(Dentro de la misma provincia / urbano e interurbano)
1.1 Regular
1.2 Especial (turístico, de trabajadores, de estudiantes y social)
1.3 Especial (taxi)
2. Servicio de transporte de personas de ámbito regional (Entre
provincias de una misma región / interprovincial de ámbito
regional)
2.1 Regular
2.2 Especial (turístico, de trabajadores, de estudiantes y social)
2.3 Especial (colectivo)
3. Servicio de transporte de personas de ámbito nacional (Entre
provincias de distintas regiones / interprovincial de ámbito
nacional e internacional)
3.1 Regular
3.2 Especial (turístico, de trabajadores, de estudiantes y social)
Asimismo, me comprometo a obtener de la autoridad competente la
correspondiente habilitación vehicular en el plazo máximo de 180 días
calendario.
La presente declaración se formula para los efectos de la obtención
excepcional de la placa única nacional de rodaje que corresponde al
servicio de transporte de personas al que pretendo destinar el vehículo,
razón por la cual, declaro que todo lo manifestado en esta declaración
corresponde exclusivamente a la verdad, razón por la cual me hago
responsable penal, civil y administrativamente por cualquier falsedad
que pudiera contener el presente documento.
Ciudad de ..................., ....... de..................... del 20.......
.............................................
(f‌i rma) Huella Digital
ANEXO III:
REQUISITOS TÉCNICOS
MINIMOS DE LOS VEHÍCULOS DESTINADOS
AL SERVICIO DE TRANSPORTE
DE PERSONAS
Los vehículos destinados al servicio de transporte de personas, deben
cumplir con los siguientes requisitos técnicos mínimos de acuerdo
a lo establecido por el Reglamento Nacional de Administración de
Transportes, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC.
1. Servicio de transporte de personas de ámbito provincial
(Dentro de la misma provincia / urbano e interurbano)
1.1. Regular
Pertenecer a la categoría M3 Clase I, II o III
Peso Bruto Vehicular mínimo de 5,000 kg
1.2. Especial (turístico, de trabajadores, de estudiantes y
social)
Pertenecer a la categoría M3 Clase III con Peso Bruto
Vehicular mínimo de 5,000 kg
Pertenecer a la categoría M2 Clase III
Sólo para transporte turístico: Categoría M1, sistema de
dirección original al lado izquierdo, peso neto mínimo de
1,000 kg y cilindrada mínima de 1,450 cc.
1.3. Especial (taxi)
Pertenecer a la categoría M1
Cilindrada mínima: 1,250 cc
Peso neto mínimo: 1,000 kg
Mínimo 4 Puertas
2. Servicio de transporte de personas de ámbito regional (Entre
provincias de una misma región / interprovincial de ámbito
regional)
2.1. Regular
Pertenecer a la categoría M3 Clase III
2.2. Especial (turístico, de trabajadores, de estudiantes y social)
Pertenecer a la categoría M3 Clase III con Peso neto
mínimo de 5,000 kg
Pertenecer a la categoría M2 Clase III
Sólo para transporte turístico: Categoría M1, sistema de
dirección original al lado izquierdo, peso neto mínimo de
1,000 kg y cilindrada mínima de 1,450 cc.
2.3. Especial (colectivo)
Pertenecer a la categoría M2
3. Servicio de transporte de personas de ámbito nacional (Entre
provincias de distintas regiones / interprovincial de ámbito
nacional e internacional)
3.1. Regular
Pertenecer a la categoría M3 Clase III
Peso neto mínimo: 8,500 kg
3.2. Especial (turístico, de trabajadores, de estudiantes y
social)
Pertenecer a la categoría M3 Clase III con Peso neto
mínimo de 5,000 kg
Pertenecer a la categoría M2 Clase III
Sólo para transporte turístico: Categoría M1, sistema de
dirección original al lado izquierdo, peso neto mínimo de
1,450 kg y cilindrada mínima de 1,700 cc.
726713-1
ORGANISMOS EJECUTORES
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE ADMINISTRACION
TRIBUTARIA
Declaran bajas de oficio en el Registro
de Asegurados Titulares ante el
ESSALUD
INTENDENCIA REGIONAL PIURA
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 084-024-0001193 /SUNAT
Piura, 10 de noviembre de 2011
Visto el resultado de la f‌i scalización, Programa
Verif‌i cación de Remuneraciones – Essalud, efectuada al
contribuyente TRANSPORTES MARISOL S C R L, con
R.U.C. Nº 20135992624, y con domicilio f‌i scal en Nro. 228
Int. 02 Z.I Piura – PIURA.
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo establecido en el artículo 5º de
la Ley General de la Superintendencia Nacional de

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