06 060-00-0000017 - Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional La Libertad

Fecha de publicación28 Septiembre 2006
Fecha de disposición28 Septiembre 2006
NORMAS LEGALES
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329010 El Peruano
jueves 28 de setiembre de 2006
VISTOS:
La Carta Nº 08-2006-GG de fecha 28 de agosto de
2006 mediante la cual la Empresa Prestadora de
Servicios Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de
Chincha Sociedad Anónima, EPS SEMAPACH S.A.,
remitió a la SUNASS el Plan Maestro Optimizado para
dar inicio al trámite de aprobación de la fórmula tarifaria,
estructuras tarifarias y metas de gestión para el período
comprendido entre los años 2006 - 2011;
La Carta Nº 052-2006-GG de fecha 14 de setiembre
de 2006 mediante la cual la Empresa Prestadora de
Servicios Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de
Chincha Sociedad Anónima, EPS SEMAPACH S.A.,
remitió a la SUNASS la información requerida para dar
inicio al trámite de aprobación de la fórmula tarifaria,
estructuras tarifarias y metas de gestión para el período
comprendido entre los años 2006 - 2011;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución de Consejo Directivo Nº 033-
2005-SUNASS-CD, se aprobó la "Directiva sobre el
Procedimiento de Aprobación de la Fórmula Tarifaria,
Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Servicios
de Saneamiento" y la "Directiva para la Formulación de
los Planes Maestros Optimizados";
Que, se ha procedido a revisar el Plan Maestro
Optimizado y la documentación adjunta entregada por
EPS SEMAPACH S.A.;
Que, conforme con la Directiva sobre Procedimiento de
Aprobación de Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y
Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento", se
procedió a remitir el Oficio Nº 042-2006-SUNASS-110, en
el que se solicita la subsanación de las deficiencias
encontradas en la entrega de su propuesta inicial, las mismas
que fueron subsanadas mediante Carta Nº 052-2006-GG;
Que, conforme con la "Directiva sobre Procedimiento
de Aprobación de Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias
y Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento"
aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo
Nº 033-2005-SUNASS-CD, corresponde a la Gerencia de
Regulación Tarifaria una vez recibido el Plan Maestro
Optimizado del solicitante, y verificado el cumplimiento de
los requisitos de admisibilidad y procedencia a que se refiere
el artículo 8º de la citada Directiva, admitir a trámite el referido
documento;
En uso de las facultades conferidas por la Resolución
de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Admitir a trámite la solicitud de la Empresa
Prestadora de Servicios Municipal de Agua Potable y
Alcantarillado de Chincha Sociedad Anónima, EPS
SEMAPACH S.A., de determinación de la Fórmula
Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión para
los próximos cinco años, con lo cual se da inicio al
procedimiento establecido en la Resolución de Consejo
Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD.
Artículo 2º.- Requerir a EPS SEMAPACH S.A. a fin de
que dentro del plazo de cinco (5) días hábiles siguientes
de notificada la presente Resolución, ejerza su derecho a
solicitar la celebración de una audiencia preliminar, con la
finalidad de exponer al público en general su propuesta de
fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión
contenidas en su Plan Maestro Optimizado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARTURO BARRA ZAMALLOA
Gerente de Regulación Tarifaria
02462-1
SUNAT
Designan Auxiliar Coactivo de la
Intendencia Regional La Libertad
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 060-00-0000017
Trujillo, 19 de septiembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, es necesario dejar sin efecto la designación de
Auxiliares Coactivos y designar a nuevos Auxiliares
Coactivos de la Intendencia Regional La Libertad para
garantizar el normal funcionamiento de su cobranza
coactiva;
Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos
que deberán reunir los trabajadores para acceder al
cargo de Auxiliar Coactivo;
Que, el personal propuesto ha presentado
Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos
antes indicados;
Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto
Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo
dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley
Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la
Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante
Concurso Público;
Que, el artículo 4º de la Resolución de Superintendencia
Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana
Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao,
Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación
Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes
Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y
en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar,
mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores
que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro
del ámbito de competencia de cada una de esas
Intendencias;
En uso de las facultades conferidas en la Resolución
de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación
como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional La
Libertad, al funcionario Juan Carlos Lozano Díaz.
Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo
de la Intendencia Regional La Libertad, al funcionario
Wilfredo Zubiate Guardamino.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR ALBERTO ZÚÑIGA MORALES
Intendente Regional
Intendencia Regional La Libertad
02464-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
Encargan el Despacho de la Vicepresidencia
Regional a la Consejera Regional por la
provincia de Huaral
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
Nº 016-2006-CR/GRL
Cañete, 15 de setiembre del 2006
VISTOS: La Carta Nº 0360-2006-GRL/PRES, el Oficio
Nº 3642-2006-SG/JNE, el Acuerdo de Consejo Regional
Nº 011-2006-CR/GRL; y,
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas
jurídicas de derecho público, con autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, constituyendo para su administración
económica y financiera, un Pliego Presupuestal;
Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y
fiscalizador, correspondiéndole las funciones y
atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales y en el Reglamento Interno del
Consejo Regional;

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