02 050-024-0000129 - Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Arequipa

Fecha de disposición02 Septiembre 2006
Fecha de publicación02 Septiembre 2006
NORMAS LEGALES
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327252 El Peruano
sábado 2 de setiembre de 2006
Descentralización se creó el Consejo Nacional de
Descentralización, encargándole la dirección y
conducción de dichos procesos;
Que, conforme al artículo 23º de la referida Ley, el
Consejo Nacional de Descentralización es un organismo
independiente de naturaleza intergubernamental, con
calidad de pliego presupuestario y que cuenta con
autonomía técnica, administrativa y económica en el
ejercicio de sus funciones, teniendo su Presidente la
calidad de Titular de Pliego, así como rango y condición
de Ministro de Estado;
Que, en el marco de las políticas impulsadas por el
Gobierno Nacional para fortalecer y agilizar el proceso
de descentralización, a fin de lograr el pleno desarrollo
territorial en el ámbito regional y local, resulta necesario
rediseñar integralmente la actual estructura
organizacional del Consejo Nacional de
Descentralización, para permitir la óptima implementación
de estas políticas;
Que, la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización
de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en
proceso de modernización en sus diferentes instancias,
con la finalidad de mejorar la gestión pública mediante la
obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato
estatal, priorizando y optimizando el uso de recursos
públicos, y construir un Estado democrático,
descentralizado y al servicio del ciudadano; para lo cual
las entidades de la Administración Pública pueden ser
declaradas en reorganización;
Que, atendiendo a lo antes expuesto, resulta
necesario reorganizar administrativamente el Consejo
Nacional de Descentralización, considerando los criterios
de justificación de funciones y actividades realizadas
por sus órganos, así como la integración de funciones y
competencias afines, previstos en el artículo 6º de la
Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado;
Que, para tal efecto, deben reformularse
integralmente los instrumentos de gestión del Consejo
Nacional de Descentralización, teniendo en cuenta los
fines, acciones y criterios establecidos por la Ley Marco
de Modernización de la Gestión del Estado, así como los
lineamientos para la elaboración de instrumentos de
gestión que hayan sido aprobados en aplicación de dicha
Ley;
Que, a fin de realizar la tarea antes señalada, resulta
conveniente conformar una Comisión de Reorganización
Institucional, integrada por funcionarios del Consejo
Nacional de Descentralización;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27658
- Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado
y el artículo 23º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la
Descentralización;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declaración de Reorganización
Declárese en reorganización el Consejo Nacional de
Descentralización por el plazo de 60 (sesenta) días
hábiles, atendiendo a las consideraciones expuestas en
la presente Resolución.
Artículo 2º.- Comisión de Reorganización
Constitúyase la Comisión de Reorganización del
Consejo Nacional de Descentralización, la cual estará
encargada de presentar al Despacho Presidencial del
CND las propuestas para reformular los instrumentos
de gestión de la Entidad.
Dicha Comisión deberá formular sus propuestas
dentro de los fines, acciones y criterios establecidos por
la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la
Gestión del Estado, así como lo dispuesto por los
lineamientos para la elaboración de tales instrumentos
que hayan sido aprobados en aplicación de dicha Ley.
Artículo 3º.- Conformación de la Comisión de
Reorganización
La Comisión de Reorganización a que se refiere el
artículo anterior estará conformada por:
a. El Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho
Presidencial, quien la presidirá;
b. El Gerente de Administración y Finanzas, como
miembro;
c. Un Asesor del Gabinete de Asesores del Despacho
Presidencial, como miembro;
Artículo 4º.- Instalación y funcionamiento de la
Comisión de Reorganización
La instalación de la Comisión de Reorganización se
realizará al día hábil siguiente de la publicación de la
presente Resolución, debiendo culminar con sus labores
en un plazo no mayor al establecido en el Artículo 1º.
Artículo 5º.- Vigencia
La presente Resolución entra en vigencia desde el
día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RODOLFO RAZA URBINA
Presidente
01713-1
SUNAT
Designan Auxiliar Coactivo de la
Intendencia Regional Arequipa
INTENDENCIA REGIONAL AREQUIPA
Nº 050-024-0000129
Arequipa, 21 de agosto de 2006
CONSIDERANDO:
Que es necesario designar a los Auxiliares Coactivos
de la Intendencia Regional Arequipa para garantizar el
normal funcionamiento de su cobranza coactiva;
Que el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos
que deberán de reunir los trabajadores para acceder al
cargo de Auxiliar Coactivo;
Que el personal propuesto ha presentado Declaración
Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados;
Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto
Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo
dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley
Nº 26979 no es de aplicación a los órganos de la
Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante
Concurso Público;
Que el artículo 4º de la Resolución de
Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al
Intendente de Aduana Marítima de Callao, Intendente de
Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera,
Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales;
Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los
Intendentes Regionales de la SUNAT a designar,
mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores
que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro
del ámbito de competencia de cada una de esas
Intendencias;
En uso de las facultades conferidas en la referida
Resolución de Superintendencia y de conformidad con
lo dispuesto en el Reglamento de Organización y
Funciones de la Superintendencia Nacional de
Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo
Nº 115-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar como Auxiliar Coactivo
de la Intendencia Regional Arequipa, al trabajador que
se indica a continuación:
- RICHARD RODRÍGUEZ MIRANDA
Regístrese, comuníquese y publíquese.
C. HARALDO CRUZ NEGRÓN
Intendente Regional
Intendencia Regional Arequipa
01624-1

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