Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Chiclayo

Fecha de disposición20 Octubre 2006
Fecha de publicación20 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
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330936 El Peruano
viernes 20 de octubre de 2006
Designan Auxiliar Coactivo de la
Intendencia de Aduana de Chiclayo
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
ADUANA DE CHICLAYO
N° 055-3Q0000-2006-000125
Chiclayo, 25 de setiembre de 2006
VISTO, la Resolución de Intendencia Nº 055-3Q0000-
2006-000125 de fecha 19 de abril del 2006, por la cual se
designa como Auxiliar Coactivo al servidor ALBERTO
BRAVO ESCUVILCA; y
CONSIDERANDO:
Que, el Ejecutor Coactivo de la Intendencia de Aduana
de Chiclayo, actúa en el Procedimiento de Cobranza
Coactiva con la colaboración del Auxiliar Coactivo cuyos
requisitos para su designación se encuentran
establecidos en el Artículo 114º del Texto Único ordenado
del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo
Nº 135-99-EF modificado por Decreto Legislativo Nº 953;
Que, por convenir al servicio el señor Alberto Bravo
Escuvilca pasará a prestar servicios en el Departamento
de Técnica Aduanera de esta Renta, por lo que resulta
necesario designar a un nuevo Auxiliar Coactivo para no
perjudicar el normal desarrollo del Procedimiento de
Cobranza Coactiva;
Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo
114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario,
aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado
por Decreto Legislativo Nº 953; el Reglamento de
Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por
Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; y en uso de las
atribuciones conferidas por el Artículo 4º del Reglamento
del Procedimiento de Cobranza Coactiva de la SUNAT,
aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 216-
2004/SUNAT;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación
como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de
Chiclayo, del servidor Alberto Bravo Escuvilca, con
Registro SUNAT Nº 6445.
Artículo Segundo.- Designar a partir de la fecha de
expedición de la presente Resolución a don JONSO
FREDY BENAVENTE ALVAREZ, con Registro SUNAT
Nº 6568, como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de
Aduana de Chiclayo.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
MARIO R. PASTOR DEVICENCI
Intendente
Intendencia de Aduana de Chiclayo
03265-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE AMAZONAS
Aprueban relación de bienes que serán
adquiridos con el presupuesto
destinado al Proyecto "Mejoramiento
Genético del Ganado Vacuno en la
Región Amazonas"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL
SECTORIAL
Nº 135-2006-GOBIERNO REGIONAL
AMAZONAS/GRDE/DRA/D
Chachapoyas, 12 de octubre de 2006
VISTO:
El Decreto de Urgencia Nº 024-2006, la Ley Nº 28880,
que autoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2006, y la Carta
Nº 003-2006-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS-
GRDE-DRA/CEP, su fecha 28 de septiembre del 2006; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 154-
GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, se aprueba
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA
Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos,
Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar
sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar.
2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha
de ser publicados.
3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico:
normaslegales@editoraperu.com.pe.
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL

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