2420 302-2001-PCM - Modifican resoluciones que autorizaron viajes del Presidente del Consejo de Ministros y de funcionario diplomático a Colombia y Canadá, en los extremos relativos a gastos por concepto de pasajes

Fecha de disposición12 Junio 2001
Fecha de publicación12 Junio 2001
Pág. 204317
NORMAS LEGALES
Lima, martes 12 de junio de 2001
grama 0006 Administración General, de acuerdo al
siguiente detalle:
°Viáticos :US$ 400.00
°Pasajes :US$ 329.22
Artículo 3º.- La representante de PROMPEX antes
mencionada, en el término de quince (15) días calen-
dario, contados a partir de su retorno al país, deberá
elaborar un informe para la Presidencia de PROMPEX,
en el cual describirá las actividades desarrolladas en el
mencionado viaje.
Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho
a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
25150
Modifican resoluciones que autoriza-
ron viajes del Presidente del Consejo
de Ministros y de funcionario diplomá-
tico a Colombia y Canadá, en los extre-
mos relativos a gastos por concepto
de pasajes
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 302-2001-PCM
Lima, 11 de junio de 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resoluciones Supremas Nº 215-2001-
PCM y Nº 218-2001-PCM, publicadas en el Diario Ofi-
cial El Peruano con fecha 16 de abril del 2001 se
autorizan los viajes del Embajador Javier Pérez de
Cuéllar, Presidente del Consejo de Ministros, y de don
José Luis Salinas Montes, Ministro del Servicio Diplo-
mático de la República, destacado a la Presidencia del
Consejo de Ministros, a las ciudades de Bogotá, Carta-
gena de Indias y Quebec, Repúblicas de Colombia y
Canadá, respectivamente;
Que, por razones de la Misión Oficial, el Presidente
del Consejo de Ministros y el Ministro del Servicio
Diplomático de la República han tenido que desplazarse
a las ciudades de Nueva York y Boston, respectivamen-
te, por lo que resulta necesario modificar el Artículo 2º
de las Resoluciones Supremas anteriormente señala-
das;
De conformidad con lo establecido por el Decreto
Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto
Supremo Nº 048-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº
053-2001-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 2º de la Resolu-
ción Suprema Nº 215-2001-PCM, en el extremo relativo
al gasto por concepto de pasajes, sufragados conforme
al siguiente detalle:
- Pasajes : US$ 4316.82
Artículo 2º.- Modifíquese el Artículo 2º de la Resolu-
ción Suprema Nº 218-2001-PCM, en el extremo relativo
al gasto por concepto de pasajes, sufragados conforme
al siguiente detalle:
- Pasajes : US$ 1934.76
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
25151
ECONOMÍA Y
FINANZAS
Aceptan donaciones efectuadas por
instituciones japonesas a favor del Go-
bierno del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 281-2001-EF
Lima, 8 de junio de 2001
CONSIDERANDO:
Que, "Kobe - Peru Association" de Japón ha efec-
tuado una donación a favor del Gobierno del Perú -
Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Plie-
go Presidencia del Consejo de Ministros, consistente en
casas prefabricadas usadas;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único
Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas
e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta-
rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la
importación o transferencia de bienes que se efectúe a
título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del
Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del
Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del
Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al
Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas
modificatorias; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regula-
rización, la donación efectuada por "Kobe - Peru
Association" de Japón, a favor del Gobierno del Perú
- Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del
Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, consis-
tente en 14 casas prefabricadas usadas, con un valor
aproximado de ¥ 1 400 000,00 (Un Millón Cuatro-
cientos Mil y 00/100 Yenes), según Carta de Donación
de fecha 21 de abril de 2000.
Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en
el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k)
del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del
Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al
Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-
EF.Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución
Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y
a la Contraloría General de la República, dentro de los
plazos establecidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros
y por el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República

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