2420 302-2001-PCM - Modifican resoluciones que autorizaron viajes del Presidente del Consejo de Ministros y de funcionario diplomático a Colombia y Canadá, en los extremos relativos a gastos por concepto de pasajes
Fecha de disposición | 12 Junio 2001 |
Fecha de publicación | 12 Junio 2001 |
Pág. 204317
NORMAS LEGALES
Lima, martes 12 de junio de 2001
grama 0006 Administración General, de acuerdo al
siguiente detalle:
°Viáticos :US$ 400.00
°Pasajes :US$ 329.22
Artículo 3º.- La representante de PROMPEX antes
mencionada, en el término de quince (15) días calen-
dario, contados a partir de su retorno al país, deberá
elaborar un informe para la Presidencia de PROMPEX,
en el cual describirá las actividades desarrolladas en el
mencionado viaje.
Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho
a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
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Modifican resoluciones que autoriza-
ron viajes del Presidente del Consejo
de Ministros y de funcionario diplomá-
tico a Colombia y Canadá, en los extre-
mos relativos a gastos por concepto
de pasajes
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 302-2001-PCM
Lima, 11 de junio de 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resoluciones Supremas Nº 215-2001-
PCM y Nº 218-2001-PCM, publicadas en el Diario Ofi-
cial El Peruano con fecha 16 de abril del 2001 se
autorizan los viajes del Embajador Javier Pérez de
Cuéllar, Presidente del Consejo de Ministros, y de don
José Luis Salinas Montes, Ministro del Servicio Diplo-
mático de la República, destacado a la Presidencia del
Consejo de Ministros, a las ciudades de Bogotá, Carta-
gena de Indias y Quebec, Repúblicas de Colombia y
Canadá, respectivamente;
Que, por razones de la Misión Oficial, el Presidente
del Consejo de Ministros y el Ministro del Servicio
Diplomático de la República han tenido que desplazarse
a las ciudades de Nueva York y Boston, respectivamen-
te, por lo que resulta necesario modificar el Artículo 2º
de las Resoluciones Supremas anteriormente señala-
das;
De conformidad con lo establecido por el Decreto
Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto
Supremo Nº 048-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº
053-2001-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 2º de la Resolu-
ción Suprema Nº 215-2001-PCM, en el extremo relativo
al gasto por concepto de pasajes, sufragados conforme
al siguiente detalle:
- Pasajes : US$ 4316.82
Artículo 2º.- Modifíquese el Artículo 2º de la Resolu-
ción Suprema Nº 218-2001-PCM, en el extremo relativo
al gasto por concepto de pasajes, sufragados conforme
al siguiente detalle:
- Pasajes : US$ 1934.76
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
25151
ECONOMÍA Y
FINANZAS
Aceptan donaciones efectuadas por
instituciones japonesas a favor del Go-
bierno del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 281-2001-EF
Lima, 8 de junio de 2001
CONSIDERANDO:
Que, "Kobe - Peru Association" de Japón ha efec-
tuado una donación a favor del Gobierno del Perú -
Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Plie-
go Presidencia del Consejo de Ministros, consistente en
casas prefabricadas usadas;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único
Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas
e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta-
rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la
importación o transferencia de bienes que se efectúe a
título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del
Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del
Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del
Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al
Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas
modificatorias; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regula-
rización, la donación efectuada por "Kobe - Peru
Association" de Japón, a favor del Gobierno del Perú
- Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del
Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, consis-
tente en 14 casas prefabricadas usadas, con un valor
aproximado de ¥ 1 400 000,00 (Un Millón Cuatro-
cientos Mil y 00/100 Yenes), según Carta de Donación
de fecha 21 de abril de 2000.
Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en
el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k)
del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del
Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al
Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-
EF.Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución
Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y
a la Contraloría General de la República, dentro de los
plazos establecidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros
y por el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
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