Autoría mediata por aparatos organizados de poder y coautoría en el ámbito empresarial: ¿solución frente a las limitaciones del derecho chileno para castigar como autores a los órganos directivos de las empresas?

AutorLautaro Camilo Contreras Chaimovich, Álvaro Castro Morales
CargoProfesor de Derecho Penal en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile (Chile) y doctor en Derecho por la Albert-Ludwigs-Universität (Alemania). / Profesor de Derecho Penal en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y doctor en Derecho por la Universidad Ernst-Moritz-Arndt Universität Greifswald (Alemania).
Páginas325-364
* Este trabajo ha sido desarrollado en el marco del proyecto Fondecyt Regular N°1210463, «Hacia una
superación de las limitaciones del Derecho penal chileno para hacer responsables como autores a
los órganos superiores de las empresas».
** Profesor de Derecho Penal en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile (Chile) y doctor en
Derecho por la Albert-Ludwigs-Universität (Alemania).
Código ORCID: 0000-0002-9488-9976. Correo electrónico: lcontreras@derecho.uchile.cl
*** Profesor de Derecho Penal en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y doctor en Derecho
por la Universidad Ernst-Moritz-Arndt Universität Greifswald (Alemania).
Código ORCID: 0000-0002-9571-7172. Correo electrónico: acastro@derecho.uchile.cl
https://doi.org/10.18800/derechopucp.202202.011
Autoría mediata por aparatos organizados de
poder y coautoría en el ámbito empresarial:
¿solución frente a las limitaciones del derecho
chileno para castigar como autores a los
órganos directivos de las empresas?*
Indirect Perpetration Through Organized Power
Structures and Co-Perpetration in the Corporate Sphere:
A Solution to the Limitations of Chilean Law to Punish
the Management Bodies of Companies as Authors?
LAUTARO CONTRERAS CHAIMOVICH**
Universidad de Chile (Chile)
ÁLVARO CASTRO MORALES***
Universidad de Chile (Chile)
Resumen: En el derecho chileno, se presentan dificultades a la hora de imputar
responsabilidad penal como autores a los órganos directivos empresariales
que imparten órdenes a sus subalternos para que cometan delitos dolosos de
dominio, lo que se explica por un entramado de razones dogmáticas y de derecho
positivo. Así, conforme al «modelo de imputación penal individual», es autor
directo de un delito quien lleva a cabo la conducta típica personalmente. Como
en el ámbito empresarial existe una escisión entre las actividades de ejecución
y la toma de decisiones, los órganos directivos no acostumbran realizar ellos
mismos la respectiva conducta típica y, consiguientemente, no responden
como autores directos. Tampoco será frecuente que realicen contribuciones
de coautoría en el sentido del artículo 15, numerales 1 y 3 del Código Penal
chileno. Por otra parte, será inusual que utilicen instrumentos no plenamente
responsables para la comisión de un delito, quedando fuera de consideración
una autoría mediata, razón por la que los órganos directivos empresariales solo
podrán responder como inductores. Adicionalmente, el planteamiento de la
jurisprudencia alemana, según el cual es posible extender al campo empresarial
la figura del dominio de organización para así castigar como autores mediatos a
los órganos superiores que dictan instrucciones antijurídicas, no puede acogerse
en el derecho chileno. Por último, las propuestas doctrinarias para hacer
responsables como coautores a los directivos que ordenan a sus subordinados la
comisión de delitos tampoco pueden aceptarse.
N° 89, 2022
diciembre-mayo
pp.325-364
LAUTARO CONTRERAS CHAIMOVICH / ÁLVARO CASTRO MORALES
326
Derecho PUCP, N° 89, 2022 / e-ISSN: 2305-2546
Palabras clave: Derecho penal de la empresa, intervención delictiva en la
empresa, inducción, modelo de imputación penal individual, autoría mediata
por aparatos organizados de poder, coautoría en el ámbito empresarial
Abstract: In Chilean law, difficulties arise when it comes to ascribing criminal
responsibility to corporate management bodies that give orders to their
subordinates to commit intentional crimes of domination, which is explained
by a variety of reasons, both dogmatic and of positive law. According to the
“individual ascription of legal responsibility model”, the direct perpetrator of
a crime is the person who carries out both the actus rea and means rea
of an offence, without grounds for justificatory or excusatory defenses of
guilt. Due to the existing division between making decisions and taking
action in the corporate sphere, management bodies do not typically carry out
the respective criminal conduct and, consequently, cannot be perceived as
principal perpetrators. Moreover, they will often avoid making co-perpetration
contributions, as described in article 15, Nos 1 and 3 of the Chilean Criminal
Code. On the other hand, it is uncommon for them to use instruments that
are not fully responsible for the perpetration of a crime, and thus cannot
be considered as principal perpetrators by proxy. Therefore, corporate
management bodies may only be held liable as instigators. Furthermore,
the approach of German jurisprudence, according to which it is possible to
extend the concept of organizational control to the corporate field, and thus
punish the superior bodies that issue unlawful instructions as perpetrators by
proxy, cannot be accepted in Chilean law; nor can the doctrinal proposal
to make managers who order their subordinates to commit crimes liable as
co-perpetrators be accepted.
Key words: Corporate criminal law, criminal intervention in business,
induction, individual ascription of legal responsibility model, indirect
perpetration through organized power structures, co-perpetration in the
corporate sphere
CONTENIDO: I. INTRODUCCIÓN. II. LA ORIENTACIÓN DEL DERECHO PENAL
TRADICIONAL HACIA LA MICROCRIMINALIDAD Y EL MODELO DE IMPUTACIÓN
PENAL INDIVIDUAL. III. MICROCRIMINALIDAD Y TIPOS DE AUTORÍA INMEDIATA.
LAS NORMAS DE SANCIÓN COMPLEMENTARIAS DE LOS ARTÍCULOS 15 Y 16 DEL
CP. IV. LA ESCISIÓN ENTRE RESPONSABILIDAD PENAL A TÍTULO DE AUTORÍA
Y PODER DE CONFIGURACIÓN EN LA MESOCRIMINALIDAD. V. LA AUTORÍA
MEDIATA COMO HERRAMIENTA PARA HACER FRENTE A LA ESCISIÓN ENTRE
RESPONSABILIDAD A TÍTULO DE AUTORÍA Y PODER DE CONFIGURACIÓN EN LA
MESOCRIMINALIDAD. V.1. EL DOMINIO DE ORGANIZACIÓN COMO INSTRUMENTO
PARA CASTIGAR A SUJETOS QUE OCUPAN POSICIONES DE PODER EN CASOS
DE MACROCRIMINALIDAD ROXIN. V.2. LA EXTENSIÓN DEL DOMINIO DE
ORGANIZACIÓN A LA MESOCRIMINALIDAD JURISPRUDENCIA ALEMANA. V.3.
ANÁLISIS CRÍTICO DE LA EXTENSIÓN DEL DOMINIO DE ORGANIZACIÓN A LA
MESOCRIMINALIDAD. VI. LA COAUTORÍA COMO HERRAMIENTA PARA HACER
FRENTE A LA ESCISIÓN ENTRE RESPONSABILIDAD A TÍTULO DE AUTORÍA Y
PODER DE CONFIGURACIÓN EN LA MESOCRIMINALIDAD. VI.1. EL DOMINIO
AUTORÍA MEDIATA
POR APARATOS
ORGANIZADOS
DE PODER Y
COAUTORÍA
EN EL ÁMBITO
EMPRESARIAL:
¿SOLUCIÓN
FRENTE A LAS
LIMITACIONES
DEL DERECHO
CHILENO PARA
CASTIGAR COMO
AUTORES A
LOS ÓRGANOS
DIRECTIVOS DE
LAS EMPRESAS?
INDIRECT
PERPETRATION
THROUGH
ORGANIZED
POWER
STRUCTURES
AND CO-
PERPETRATION IN
THE CORPORATE
SPHERE: A
SOLUTION TO
THE LIMITATIONS
OF CHILEAN LAW
TO PUNISH THE
MANAGEMENT
BODIES OF
COMPANIES AS
AUTHORS?
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89
Derecho PUCP, N° 89, 2022 / e-ISSN: 2305-2546
FUNCIONAL DEL HECHO EN LA FASE PREPARATORIA MUÑOZ CONDE.
VI.2. COAUTORÍA VERTICAL CON BASE EN UNA COMPETENCIA PREFERENTE
COMPARTIDA FEIJOO. VI.3. COAUTORÍA VERTICAL EN VIRTUD DE UN ESQUEMA
COMÚN DE INTERPRETACIÓN MAÑALICH. VI.4. REVISIÓN CRÍTICA DE LA
COAUTORÍA COMO MECANISMO PARA HACER FRENTE A LA ESCISIÓN ENTRE
RESPONSABILIDAD Y PODER DE CONFIGURACIÓN EN LA MESOCRIMINALIDAD.
VI.4.1. CRÍTICA A LA SOLUCIÓN DEL DOMINIO FUNCIONAL DEL HECHO EN LA
FASE PREPARATORIA. VI.4.2. CRÍTICA A LA COAUTORÍA VERTICAL EN BASE A UNA
COMPETENCIA PREFERENTE COMPARTIDA. VI.4.3. CRÍTICA A LA COAUTORÍA
VERTICAL EN VIRTUD DE UN ESQUEMA COMÚN DE INTERPRETACIÓN.
VII. CONCLUSIONES.
I. INTRODUCCIÓN
El papel decisivo que desempeñan actualmente las grandes organizaciones
empresariales en la vida social y económica tiene consecuencias que son
axiomáticas para el orden sancionatorio penal. Ciertamente, en nuestros
días es posible reconocer que no solo la conducta de sujetos aislados,
sino también la acción u omisión de personas coordinadas entre sí con
ocasión del trabajo que desempeñan en organizaciones empresariales,
son capaces de poner en tela de juicio la vigencia de normas de conducta
protectoras de bienes jurídicos esenciales. De este modo lo demuestran
una serie de casos penales que han suscitado especial interés en la
doctrina chilena y que han provocado un impacto notorio en la opinión
pública de nuestro país, como las muertes y lesiones causadas por la
puesta en el mercado de un producto alimenticio defectuoso (Piña &
Cox, 2013), el grave daño medioambiental al Santuario de la Naturaleza
Carlos Anwandter (Muñoz & Fernández, 2010), etc. Casos como estos
colocan al derecho penal frente a importantes desafíos.
En la actualidad, uno de los desafíos más relevantes es el de la
intervención delictiva en los delitos dolosos de dominio cometidos en
el seno de una empresa. En efecto, las reglas de autoría y participación
aplicables a esta clase de ilícitos representan modelos de imputación
concebidos originalmente para hechos punibles realizados por un solo
sujeto o por individuos que forman parte de organizaciones simples, pero
no por personas que actúan en el seno de colectivos de cierta complejidad
(Bülte, 2015, pp. 55-56). De ahí que el derecho penal enfrente
dificultades para imputar responsabilidad cuando los ilícitos se cometen
en el seno de empresas de mediano o gran tamaño, especialmente si en
ellos han estado involucrados sus órganos superiores; esto es, miembros
de la organización empresarial que ocupan las posiciones jerárquicas
más elevadas y que tienen la facultad de impartir instrucciones a los
empleados de los niveles inferiores1. Ciertamente, mientras mayores
1 Para efectos del presente trabajo, entenderemos por «órganos superiores» u «órganos directivos» de
una empresa no solo a aquellas personas que ocupan posiciones gerenciales —esto es, que están

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