Aspectos psicológico forenses en la emoción violenta

AutorAlejandro Solís Espinoza
Páginas179-185
Aspectos psicológico forenses
en
la
emoción
violenta
Alejandro
Solís Espinoza
Profesor Principal
de
la Pontificia Universidad Católica
del
Perú.
SUMARIO:
1. El
homicidio
por
emoción
violenta
1.1.
La
emoción
1.2.
Clases
de
emoción
2.
Motivación
emocional
y
emoción
violenta
desde
el
punto
de
vista
penal
3.
La
emoción
violenta
y
condiciones
personales
4.
Diferencias
con
la
«grave
alteración
de
la
conciencia»
l.
El
homicidio
por
emoción
violenta:
Nuestro
Código
Penal
acoge
una
forma
de
homicidio atenuado,
llamado
homicidio emocional,
considerando
dos
casos, el
homicidio
simple
por
emoción
violenta
y
el
parricidio
por
emoción
violenta (Art. 109 C.P). En
ambas
situaciones se exige
que
las
circunstancias
la
hagan
excusable,
siguiendo
la
misma
tendencia
del
Código
Penal
de
1924. Sobre
este
punto,
José
Hurtado
interpreta,
conforme
con
Fontán
Balestra,
que
«lo excusable
no
es el
delito
sino la emoción bajo cuyo
imperio
la infracción se
ejecuta.»1
Por
ello,
en
esta
caso, el
estudio
del
numeral
citado
que
describe
este
particular
homicidio
atenuado,
debe
abordar
también,
además
del
análisis
jurídico
normativo,
la
delimitación
de
la
emoción
violenta
que
constituye
un
tema
propio
de
la psicología.
1.1. La
emoción:
Este
aspecto
del
ser
humano
abarca
muchas
particularidades
de
su
vida
afectiva,
como
la
tristeza,
la
alegría,
la cólera, el
miedo, entre otras. Los
que
no
sólo
requieren
de
un
análisis
psicológico
sino
también
incluso
neurofisiológico,
porque
el
elemento
emotivo
tiene
tal
concomitancia.
Así
mismo
es
necesario
delimitar
qué
se
entiende
por
<
teniendo
en
cuenta
que
todo ser
humano,
además
de
ser
una
persona
que
tiene procesos cognitivos o racionales
y
volitivos,
posee
también
una
dimensión
emocional,
que
está
presente
en
todas
sus
expresiones
conductuales.
Sin
embargo,
como
anota
Ballesteros,
existen
diversos
vocablos
para
referirse a las emociones,
como
sentimiento,
afecto,
humor o
pasión,
que
se
<
con frecuencia
en
el
campo
de
la
emoción
sin
proporcionar
una
definición precisa
de
su
significad0>>.2
Neil Carlson3 considera
que
la emoción se refiere
a
sentimientos
negativos
o
positivos
que
son
producidos
por
determinadas
situaciones,
y
que
además
consisten
en
respuestas
fisiológicas
y
conductas
específicas. Sin
embargo,
la
mayoría
de
las
personas
emplea
la
palabra
emoción
para
referirse a los sentimientos,
no
a las conductas. Para
Lazarus,
las
emociones
constituyen
reacciones
complejas
que
<
un
estado
mental
subjetivo, como el sentimiento
de
enojo, ansiedad o
amor;
un
impulso
a
actuar,
como
huir
o atacar,
tanto
si
se
expresa
abiertamente
como
si
no;
y
profundos
cambios
corporales,
como
un
ritmo
cardíaco
más
acelerado o
una
presión arterial
más
elevada>>4
Igualmente,
para
Johnmarshall
Reeve5,
las emociones
son
estados
afectivos subjetivos,
que
por
ejemplo
nos
hacen
sentir rabiosos o felices. Pero
también
son
reacciones biológicas y fisiológicas
que
preparan
al
organismo
para
la acción
adaptativa:
nuestro
corazón
late
con
fuerza, los
músculos
se
tensan
y
la
respiración
se
acelera.
Además
las
emociones
también
son
funcionales,
como
lo es el
hambre,
de
tal
modo
que
la rabia nos
prepara
para
la lucha contra
un
enemigo
y el miedo
nos
permite
huir
del
peligro.
Igualmente,
las
emociones
son
fenómenos
sociales
que
producen
ciertas
expresiones faciales y corporales,
que
comunican
a
los
demás
nuestras
vivencias emocionales internas.
A.
Aspecto subjetivo
de
la emoción: Las emociones
tienen
cualidad
subjetiva:
positiva
o
negativa,
es
así
que
el amor, la alegría, el orgullo, entre otros, se
sienten
de
forma
positiva; mientras
que
el odio, la
tristeza,
la
culpabilidad
tienen
una
cualidad
negativa.
En
tal
sentido,
es
frecuente
que
el
ser
humano
sienta
agrado
o
desagrado,
atracción
o
rechazo, o
bien
que
exprese alegría o tristeza,
amor
u
odio,
ira
o
tranquilidad,
en
las
diversas
circunstancias
o
situaciones
que
enfrenta.
Así
mismo, la
emoción
o
estado
de
ánimo o humor, tiene
diversas
modalidades
de
expresión, y cada
una
de
ellas varios niveles o
grados
de
intensidad; además,
sobre
todo
para
los
psicólogos
cognitivos,
es
la
interpretación
subjetiva
de
los
hechos
y
no
los
mismos
hechos, los
que
determinan
las emociones.
Por
ejemplo,
si
un
estudiante
es
desaprobado
y
considera
que
se
debe
a la falta
de
equidad
del
profesor,
probablemente
sentirá
cólera
contra
el
culpable;
pero
si piensa
que
se debe a su descuido o
falta
de
estudio
es posible
que
sienta remordimiento
o culpabilidad. En suma, tales experiencias propias
1
HURTADO
POZO,
José.
«Manual
de
Derecho
Penal.
Parte
Especial
l.
Homicidio».
Lima:
Ediciones
Juris, 1995.
2 BALLESTEROS JIMÉNEZ,
Soledad.
«Psicología
General:
un
enfoque
cognitivo».
Madrid:
Editorial
Universitas,
1996.
3 CARLSON, Neil.
«Fundamentos
de
psicología
fisiológica». México:
Prentice
Hall,
1997.
4 LAZARUS,
Richard
y Berenice LAZARUS.
«Pasión
y
razón.
La
comprensión
de
nuestras
emociones».
Barcelona:
Paidos,
2000.
5 REEVE,
Johnmarshall.
«Motivación
y
emoción».
Madrid
:
McGraw-Hill,
1994.
111
ASPECTOS
PSICOLÓGICO FORENSES EN
LA
EMOCIÓN
VIOLENTA
del
ser
humano,
son
las
diversas
vivencias
subjetivas
que
genéricamente
el
psicólogo
llama
emoción.
Sin embargo, en parte
de
la literatura del siglo
pasado
se
tendió
a
considerar
que
la
emoción
era
diferente al sentimiento y a la
pasión,
siguiendo
un
criterio
muy
difundido
entre
profanos
de
la
psicología.
Actualmente
los psicólogos
no
hacen
distinción,
basadas
en
criterios
introspectivos,
entre
«sentimientos»
término con
que
se designaba a
los estado afectivos moderados; las
«emocioneS>>
que
se reservaba a los estados
más
intensos como temor,
ira, etc.6;
y,
las
«pasiones>/.
Lo
que
no
quiere decir
que se desconozcan las variaciones
en
la intensidad
de
nuestras
emociones,
que
fluctúan
desde
grados
leves
hasta
extremos
intensos,
que
pueden
ser
desagradables
como el terror,
sufrimiento,
cólera,
o bien agradables como la alegría, el júbilo, etc.
B. Variables fisiológicas:
La
emoción
tiene
también
un
sustrato neurofisiológico, así como
una
expresión
conductual.
Al
respecto
J.
Marianetti
(1999)H,
según
la
perspectiva
médico
psiquiátrica,
señala
algunos
criterios
para
explicar
tal
sustrato
de
la emoción y las reacciones agresivas o violentas,
aunque
los criterios
en
que
se
basa
no
son
muy
actuales, teniendo valor sólo como antecedente. Lo
mismo
ocurre
con
los
criterios
psicológicos
que
maneja
y
que
están
desactualizados.
En
general
las
variables
fisiológicas
de
la
emoción
son
múltiples
y se
han
ideado
una
serie
de
medidas
para
evaluarlas,
por
ejemplo
sus
mecanismos
periféricos mediante:
La respuesta galvánica
de
la piel,
que
se refiere a
la
resistencia
de
la
piel
frente
al
flujo
de
la
corriente
eléctrica.
Circulación
sanguínea,
sobre
todo
la
presión
arterial y la tasa del
pulso
sanguíneo.
Tasa
de
respiración.
Otras
medidas
de
carácter neurofisiológicas se
basan
en
la
estimulación
eléctrica
o
química
de
distintas partes del cerebro,
debido
a
que
diversas
estructuras
nerviosas
están
implicadas
en
la
conducta
emocional, tales
como
el
hipotálamo,
la
amígdala
del
sistema
límbico
y
otras
partes.
Al
respecto,
Carlson
anota,
que
en
relación
a
la
agreswn,
el < y
la
amígdala
desempeñan,
evidentemente,
un
papel
en
las
conductas agresivas,
debido
a
que
la estimulación
o lesiones
de
diversas
partes
de
ambas
regiones
pueden
activar
o
inhibir
una
o
más
de
estas
conductas.>>9 En esta
misma
perspectiva
están
los
estudios
que
refiere
Mark
Bear
10;
así
como
los
relativos al
papel
de
la testosterona, la
dopamina
y
la
serotonina
en
la
conducta
agresiva
11
1.2.
Clases
de
emociones:
No
existe
una
clasificación consensual, pero
si
gran
afinidad entre
las existentes. Al respecto Charles Morris
12
reseña
que Robert Plutchik planteó en 1980 (Luego
en
1990,
1999),
que
se
pueden
experimentar
ocho
dimensiones
básicas
de
las emociones y
que
tales
emociones
primarias
son: miedo o temor, tristeza, enojo
o
ira,
repulsión
o
disgusto,
sorpresa,
alegría,
expectación
y
aceptación,
las
cuales
sigue
una
clasificación
tridimensional
según
su
intensidad
que
puede
ser: mínima, media y máxima:
MÍNIMA
MEDIA
MÁXIMA
l.
Aprehension,
Miedo
o
temor
+Terror
2.
Preocupación, Tristeza +Sufrimiento
3.
Enfado o Fastidio, Ira o
enojo
+Furia o rabia
4.
Aburrimiento,
Disgusto
o asco +Repugnancia
u
odio
5.
Distracción, Sorpresa
+Asombro
6.
Preparación, Expectación +Vigilancia
7.
Serenidad, Alegria +Éxtasis
8.
Aceptación, Confianza +Admiración
Otro
psicólogo, Silvan Tomkins(1984), distingue
nueve
emociones innatas, a las
que
separa
en
dos
grupos:
positivos
y
negativos
a)
Emociones
positivas:
Interés, alegría, sorpresa
b)
Emociones
negativas:
Angustia, miedo, vergüenza,
rabia, desprecio, enfado
Desde
la psicología clínica, LazarusD considera
quince emociones
que
son
agrupadas
en cinco áreas:
a) Emociones desagradables: enojo,
envidia
y
celos
b) Emociones existenciales: ansiedad-miedo,
culpa
y
vergüenza
e)
Emociones provocadas
por
condiciones
de
vida
desfavorables:
alivio,
tristeza,
esperanza,
depresión
d)
Emociones
debidas
a
condiciones
de
vida
favorables:
orgullo,
felicidad
y
amor.
e)
Emociones empáticas: gratitud,
compasión
y las
suscitadas
por
experiencias
estéticas.
Según Caroll Izard (1977) existen diez emociones
fundamentales,
de
las
cuales
dos
son
fenomenológicamente positivas:
interés,
alegría.
Siete
son
negativas:
miedo,
rabia, angustia, desprecio,
vergüenza,
asco,
y
culpa.
Una es neutra:
sorpresa.
6
HILGARD,
Ernest. <a
la
psicología».
Madrid:
Ediciones
Morata,
1973.
7 CERDA,
Enrique.
«Una
psicología
de
hoy».
Barcelona:
Editorial
Herder,
1971.
S MARIANETTI, José.
«Emoción
violenta».
Mendoza:
Ediciones
Jurídicas
Cuyo,
1999.
9
CARLSON,
Neil.
«Fundamentos
de
psicología
fisiológica». México:
Prentice
Hall,
1997.
JO
BEAR,
Mark
y
otros.
«Neurociencia
.Explorando
el
cerebro».
Barcelona:
Masson,
1988.
11
SOLIS,
Alejandro.
«Criminología:
Panorama
contemporáneo».
Lima:
Editorial
FECAT
2004.
12
MORRIS,
Charles.
«Psicología,
un
nuevo
enfoque».
México:
Prentice-Hall
,1987.
13
LAZARUS,
Richard
y
Bernice
LAZARUS.
«Pasión
y
razón.
La
comprensión
de
nuestras
emociones»" Barcc·lona:
Piados,
2000.
De la
variedad
de
emociones
nos
interesa sobre
todo dos, la ira y el
miedo,
que
tienen importancia
penal. Al respecto, Lazarus considera
que
el
miedo
y
el
enojo,
«generan fuertes
tendencias
biológicas a
actuar
de
una
manera
determinada.
Esto
es
algo
que
hemos
heredado
de
nuestros
antepasados
animales. La tendencia
de
la acción se define
por
lo
que
ésta
hará
por
nosotros
psicológicamente,
por
ejemplo,
alejarnos
del
peligro
o
dar
a la
persona
agresiva
su
merecido.»
14
.
No
obstante
las
diversas
clasificaciones
de
las
emociones,
podemos
observar
similitud
entre
ellas,
al
comparar
las
primarias
de
Plutchik
con
las
de
Tomkins,
Izard
y Lazarus:
PLUTCHIK TOMKINS
IZAR
O LAZAR US
l.
Miedo
.Miedo
.Miedo
-Miedo
2.
Ira
. Rabia . Rabia
-Enojo
. Enfado
3.
Tristeza .Angustia
.Angustia
-Tristeza
-Depresión
4.
Alegría . Alegría . Alegría -Felicidad
5.
Confianza . Interés . Interés
-Amor
-Gratitud
6.
Disgusto . Desprecio . Desprecio -Enviclia
. Asco
7.
Expectación -Celos
8.
Sorpresa . Sorpresa . Sorpresa
-Alivio
. Vergüenza . Vergüenza
-Vergüenza
.Culpa
-Culpa
-Esperanza
-Compasión
-Orgullo
2.
Motivación
emocional
y
emoción
violenta
desde
el
punto
de
vista
penal:
Las
emociones
tienen
naturaleza
motivadora,
Whittaker
15
dice
al
respecto,
que
las
emociones
intensas
de
miedo
o
de
cólera,
generalmente
orientan
la
conducta
hacia
determinadas
finalidades.
Según
Cerdá
16, la
psicofisiología
y el
conductismo
consideran
que
la
emoción
puede
desencadenarse
por
causas
externas
como
internas, y
que
persiste
aun
después
que
desaparece el estímulo,
siendo
una
fuerza
motivadora
del
comportamiento
humano.
El
psicólogo
Lazams
anota respecto a lo
que
él llama
«emociones desagradables>>,
dentro
de
las
que
ubica
al
enojo,
señalando
que
hasta
cierto
punto
todas
ellas
comparten
un
deseo
de
hacer
daño
a otros, o a
uno
mismo,
Jo
que
puede
llevar a
diversos
problemas
para
el
individuo,
su
comunidad
y la
sociedad
en
general
17
Esta
reacción
es
frecuente
en
el
ser
14 Ob. Cit. LAZARUS,
Richard
y Bernicc, LAZARUS.
ALEJANDRO SOLiS ESPINOZA
humano,
por
lo
que
en
el
idioma
existen
muchas
palabras
para
el enojo,
como
enfado,
rabia, furia,
ira, fiereza y odio.
En el caso
de
la
emoción
violenta,
se trata
de
una
sensación
desagradable,
que
generalmente
viene a
ser
una
reacción
de
Ira
o
furia,
en
un
nivel
muy
alto,
y dicho
estado
de
enojo
puede
fluctuar
desde
una
expresión
muy
baja como sería el
fastidio,
hasta
muy
intensa como la
cólera,
furia
o la
rabia,
y precisamente,
como
dice
Morris,
<
cólera
se
relaciona
con
el
ataque
y la destmcción»
18
Desde la perspectiva del
texto legal, la emoción
violenta
se entiende como
un
estado
súbito
de
conmoción
de
ánimo
de
corta
duración,
una
marcada
reacción emocional intensa,
generalmente
no
agradable
y con manifestaciones
de
agresividad,
debido
al sentimiento
de
ira o cólera
provocada
por
otra
persona.
La
conmoción
emocional
disminuye
el
poder
de
los
frenos
inhibitorios,
lo
que
puede
llevar
a
una
acción
delictiva
violenta.
Asimismo,
al
lado
del
término
emoción
que
alude
a cierto
estado
subjetivo, la palabra
violenta se refiere
en
forma específica a
una
reacción
súbita e intensa
de
cólera o ira,
que
se expresa
en
el
acto agresivo,
que
no
siempre
es homicida, y ello se
observa
en
la
práctica
jurisprudencia!,
por
ello
algunas
legislaciones
hablan
de
«arrebato
u
obcecaciÓn>>
como
atenuante
genérica. Al respecto,
Rogelio Moreno,
en
su
Diccionario
de
Ciencias
Penales
dice
que
la emoción violenta, es
<
circunstancia
atenuante
de
la
responsabilidad
criminal,
que
se
manifiesta
por
un
estado
de
perturbación psíquica
ocasional
y
repentina
en
que
se halla el sujeto activo
del
delito
en
el
momento
de
su
comisión,
que
le
impide
tener
conciencia
plena
de
su
acción,
por
estar
debilitados
sus
frenos
inhibitorios
intelectuales.
Opera
como causal
de
atenuación,
no
como causal
de
inimputabilidad, salvo
que
la
misma
sea
de
tal
grado
que
haya
provocado
un
estado
de
inconsciencia.>>
19
Para
Raúl Goldstein2°
en
este caso,
el
estado
psíquico caracterizado
por
fuerte
grado
de
sentimiento,
ha
de
ser
violento o impetuoso; y
que
se
presenta
como
reacción
a
un
hecho
del
mundo
externo, con
rápida
irmpción
en
el
ánimo
del sujeto,
que
anula
su
capacidad
de
control y
que
sólo
podría
evitarse
por
personas
de
condiciones
especiales.
Desde
otro
punto
de
vista,
José
Marianetti
21
considera
que
la
fórmula
médico-
jurídica
de
la emoción violenta está constituida
por
un
trastorno
mental
transitorio (TMT)
incompleto
de
naturaleza
emocional,
con
crepuscularización
temporal
de
la conciencia,
producto
de
la emoción
anormalmente
intensa.
Esta
noción
nos
parece
exagerada,
al
considerar
que
se
trata
de
TMT
15
WHITTAKER,
James.
«Psicología».
México:
Interarnericana,
1971.
16 CERDA,
Enrique.
«Una
psicología
de
hoy». Barcelona:
Editorial
Herder,
1971.
17
Ob. Cit. LAZARUS, Richard y Bernice, LAZARUS.
18
MORRIS,
Charles.
«!'sicología,
un
nuevo
enfoquen.
México:
Prentice-Hall,
1987.
19
MORENO
RODRÍGUEZ, Rogelio.
«Diccionario
de
Ciencias
Penales».
Buenos
Aires:
Ad-Hoc,
2001.
20
COLDSTEIN, Raúl.
«Diccionario
de
Derecho
Penal
y
Criminología».
Buenos
Aires:
Editorial
Astrea,
1983.
21
MARIANETTI, José.
«Emoción
violenta".
Mendoza:
Ediciones
Jurídicas
Cuyo,
1999.
11
ASPECTOS PSICOLÓGICO
FORENSES
EN
LA
EMOCIÓN VIOLENTA
incompleto,
si
así
fuera
sería
causal
de
inimputabilidad
incompleta
y
no
una
figura
atenuante
especial. Tampoco
nos
parece
que
deba
considerarse
o
exigirse
un
estado
crepuscular,
el
mismo
que
es
una
anomalía
de
la conciencia
que
linda
con
la
incapacidad
mental,
aunque
sea
temporal o
muy
breve, ya
que
la emoción
«violenta>>
es
una
reacción
propia
del
ser
humano
frente
a
condiciones
especiales,
y
que
en
ciertas
circunstancias
se
puede
manifestar
en
cualquier
persona
común
y
también
en
personas
anormales,
rebasando
el control
de
sus
reacciones. Se
supone
que
en
este caso la ley
atenúa
el arrebato emocional
que
altera el control racional del actor,
no
atenúa
el
rencor,
el
odio,
el
ánimo
de
venganza
que
evidentemente
subsisten
en
la
mayoría
de
seres
humanos,
luego
de
un
impacto
emocional
que
le
haya
afectado
intensamente
y
que
ocurrió
en
un
tiempo
anterior.
Para
Hurtado2
2 la
emoción
violenta
influencia
el
estado
personal
del
delincuente,
constituyendo
un
factor
perturbador
de
su
capacidad penal. Viene
a
ser
una
condición
<>
en
la
comisión
de
ciertos
delitos,
aparte
del
dolo,
y
que
se
puede
comprender,
solo
en
base
a
su
delimitación
psicológica,
que
siendo
central, esta
ligado
a
una
condición
provocadora
externa
(<
subjetiva>>), la
conducta
de
la víctima,
que
la
hace
excusable,
y
que
supuestamente
provoca la reacción
emocional. Asimismo se
entiende
que
esta emoción
o conmoción violenta,
generalmente
es
de
carácter
irascible, colérica, furiosa, con escasa
capacidad
de
control,
que
puede
desencadenar
en
un
homicidio
o
un
parricidio.
Como
apreciación
adicional
consideramos
que
esta
atenuante
específica
en
nuestro
código,
debería
ser
más
bien
considerada
una
atenuante
genérica,
ya
que
si
en
estado
de
«emoción
violenta>>
ejecuto
otro
delito diferente al
estipulado
por
nuestro
texto legal, como lesiones o
daños, es
razonable
que
en
tales casos
también
se
atenúe la sanción penal. Al respecto el
Código
Penal
español
de
1995,
aunque
bajo
otra
denominación,
Jo
incluye
como
circunstancia
atenuante
genérica,
en
el inciso 3º.
del
artículo 21.-
<
de
obrar
por
causas
o
estímulos
tan
poderosos
que
hayan
producido
arrebato,
obcecación
u
otro
estado
pasional
de
entidad
semejante>>
A.
Tiempo
de
reacción: Se
considera
que
esta
reacción emocional es
de
breve
duración, y
que
el
lapso entre el hecho
que
genera la emoción violenta
y el
acto
homicida
no
puede
ser
muy
lato,
interpretación
que
también
siguen
Luis
A.
Bramont-Arias y María García
Cantizano
23
,
ya
que
del texto se entiende
que
el
acto homicida se realiza
<
el
imperio
de
una
emoción
violenta>>.
El
grave choque
emocional
no
es
pues
un
estado
que
permanece
con
la
misma
intensidad
perturbadora
por
tiempo
prolongado, lo
que
no
quiere decir
que
el
estado
de
rencor,
estado
emocional
de
enojo
menos
intenso,
no
pueda
tener
una
duración
mayor,
pero
no
ya
como
«emoción violenta>>,
por
cuanto
el
grado
de
control racional
va
recobrando
su
nivel al
lado
de
secuelas
del
proceso
emocional.
Al
respecto,
también
para
Goldstein,
la
«simultaneidad
del
hecho
que
produce
la
descarga
afectiva
y
la
materialización
de
ésta
en
un
acto
punible
es
uno
de
los requisitos,
ya
que
el
individuo
tiene
que
estar
emocionado
al
tiempo
de
la
ejecución>>
2\
aunque
no
descarta
situaciones
en
que
un
hecho
emotivo
anterior
de
mayor
duración,
pueda
eclosionar
en
emoción
violenta
por
un
acontecimiento
que
obre
como
factor
desencadenante
de
tal
proceso
emocional
iniciado
anteriormente.
Sin
embargo,
desde
nuestro
punto
de
vista la
<>
sería el
inicio
de
la
emoción
violenta,
no
una
emoción
violenta
que
dura
desde
un
tiempo
prolongado
anterior.
Al
respecto,
según
el
psicólogo
Dennis
Coon:
<
lo general, las emociones
duran
de
unos
cuantos
segundos
a
unas
horaS>>
25
Goldstein considera
que
el
medio
usado
por
el
homicida
puede
ser
un
indicador
del
estado
emocional.
En
este
caso,
dicho
estado
no
es
compatible
con
acciones
complicadas
o
con
la
búsqueda
meditada
de
elementos
para
la acción
homicida;
mas
bien
el
agente
manifiesta
características
de
torpeza
y/o
de
improvisación.
En
nuestro
medio
para
Luis Alberto Bramont-Arias
y
María
del
Carmen
Carda,
constituye
también
un
indicador
para
valorar
el
grado
emocional,
el
«medio
empleado
en
la comisión del homicidio:
en
el
estado
emocional
en
el
que
se
encuentra
el autor,
éste
no
puede
emplear
medios
complicados
ni
puede
realizar hechos
que
demuestren
una
reflexión
previa>>
26,
por
ejemplo
ir
a
comprar
un
arma
para
matar.
B.
Las «circunstancias
que
hagan excusable» o
causas provocadoras:
Constituyen
los
elementos
objetivos
necesarios
que
ongman
el
desencadenamiento
del
estado
emocional
incontrolable. Sin
embargo
estas condiciones,
desde
sus
inicios
en
el C.P.
peruano
de
1924
se
ligaron a
situaciones
de
adulterio, infidelidad
de
la pareja, y
relaciones
sexuales
de
hijas,
hermanas
o
nietas
o
menores
de
edad,
u
ofensas
graves,
según
los
estudios
que
hacen
la
historia
de
tal texto
JegaJ2
7,
aunque
no
aportan
mayor
claridad
sobre
otras
probables
«circunstancias» objetivas. Sin
embargo
apreciamos
que
dichas condiciones objetivas tienen
22
HURTADO
POZO,
Jos&.
«Manual
de
Derecho
Penal.
Parte
Especial
I.
Homicidio».
Lima:
Ediciones
Juris,
1995.
23
BRAMONT-ARJAS, Luis y
María
del
Carmen
GARCJA.
«Manual
de
Derecho
Penal-
Parte
EspeciaL>. Lima: 19SS.
24
GOLDSTEIN, Raúl.
«Diccionario
de
Derecho
Penal
y
Criminología».
Buenos
Aires:
Editorial
Astrea,
19R3.
25
COON,
Dermis.
«Psicología.
Exploración
y
aplicaciones».
México:
Internacional
Thomson
Editores,
1999.
26
Ob. Cit. BRAMONT-ARIAS, Luis v María del
Carmen
GARCJA.
27
HURTADO
POZO,
José.
en
cierto
modo
un
contexto
subjetivo
valorativo,
cuando
la ley le
añade
la
expresión
que
la
«hagan
excusable», aspecto
no
muy
fácil
de
dilucidar. Por
ejemplo,
para
las valoraciones morales del fines del
siglo
XIX
e inicios
del
siglo
pasado,
bajo
ideas
de
una
moral
muy
diferente
a
la
presente,
podía
comprenderse
que
si
un
abuelo
encontraba
a
su
nieta
menor
de
18 años
en
pleno
acto sexual con
su
enamorado
o amigo, de
mutuo
acuerdo, su reacción
violenta
podía
ser
excusable
para
atenuar
el
homicidio;
pero
actualmente
¿el
matar
en
esa
circunstancia
será
<>?
Asimismo
el
criterio
de
edades
está
en
función
de
cada
legislación
y el
entorno
social.
En
esta
modalidad
de
homicidio,
la reacción
emocional
debe
pues
guardar
correlación
o
ser
subsecuentes a ciertas
<
excusables»,
lo
que
deberá
acreditarse
en
base
a
criterios
socio-
culturales.
Como
decía
Raúl
Peña:
<
emoción
violenta, cualquiera
que
ella fuere,
no
debe
basarse
en
la
intemperancia
o
en
la
maldad
de
la
persona,
es decir,
que
el agente
debe
haber
sido incitado
por
la
víctima
..
»2
H,
y
constituir
una
causa
eficiente
no
cualquier
provocación.
En
este
caso,
tomando
en
cuenta los aportes
de
la victimología
en
la comisión
del delito, se
puede
considera el
papel
<>
del
agente
pasivo
29,
que
va
a
propiciar
la
<excusable>>.
Al
respecto
anota
Hurtado,
que
el juez
debe
estar atento
<
precisar
si el
estado
de
emoción
violenta,
en
que
actuó
el
agente,
resulta
comprensible
y si
cualquier
otra
persona,
en
las
mismas
circunstancias caería
en
tal
estado emocional. Es decir, si el homicidio representa
un
suceso
excepcional
realizado
por
una
persona
bajo la intensa presión
de
una
situación conflictiva
de
la
que
ella
misma
no
es culpable»J(1
3.
La
emoción violenta y condiciones personales
Podemos
agregar
que
en
dicha
atenuante,
teniendo
en
cuenta los estudios psicológicos, también
son
importantes
determinadas
peculiaridades
o
rasgos personales del actor,
que
pueden
favorecer la
eclosión emocional
en
forma
de
una
reacción criminal
homicida u otra. Al respecto Marianetti
31
considera
también, que el estado
de
emoción violenta adquiere
diversas características
en
cada
persona,
de
acuerdo
a
su
educación
y
temperamento.
Asimismo,
para
Goldstein
32,
debe
tomarse
en
cuenta
el
temperamento como
un
factor para explicar el estado
emocional,
pero
por
si solo
no
debe
ser
suficiente
para aplicar la atenuante,
ya
que
ello llevaría al hecho
de castigar siempre con
pena
más
leve a las personas
ALEJANDRO
SOLIS
ESP!NOZA
de
cierto temperamento. Por ello, teniendo
en
cuenta
la
condición
de
la
persona,
podemos
encontrar
diversas
situaciones hipotéticas particulares:
Es
probable
que
una
persona
emocionalmente
estable y ecuánime,
no
impulsiva, difícilmente sufra
un
acceso
de
reacción
emotiva
que
desborde
sus
controles,
hasta
el límite
de
una
«emoción
violenta>>,
que
desencadene
en
un
hecho
homicida.
Mientras
que
otra
persona
con
rasgos
emocionalmente
impulsivos
e
irascibles,
puede
llegar
con
más
facilidad a tener
un
acceso
de
emoción violenta,
que
desencadene
en
un
homicidio
u
otra
conducta
grave.
Al respecto
Aaron
Beck
considera
que
hay
muchos
tipos
de
personas
que
llevan a cabo actos
violentos,
pero
que
tiene características diferentes,
disparidad
que
se
evidencia
cuando
se
comparan
personas
que
reaccionan
violentamente
sólo
en
situaciones provocativas específicas, a los
que
llama
<reactivoS>>,
con
aquello
que
optan
deliberadamente
por
la violencia
como
forma
de
vida
y
que
son
psicópatas
primarios
(o caracteres
antisociales insensibles).
Precisamente,
como
dice
Beck; el
<
ofensivo se siente
vulnerable
en
los conflictos interpersonales y
dispuesto
a
usar
la
única
estrategia
que
conoce
para
solucionar
los
problemas:
la violencia.
Desgraciadamente, la violencia sólo le es útil al
ofensor a corto plazo
y,
en
consecuencia, se reafirma
en
ella
cada
vez
que
castiga a
un
adversario
y
de
este
modo
recupera
su
autoestima»
33
Igualmente
es
factible
que
las
personas
con
ciertas
particularidades
anormales,
no
de
la
magnitud
para
ser
inimputables,
puedan
expresar
accesos
de
emoción
violenta
con
más
facilidad,
como
los
siguientes
casos:
individuos
con
trastornos
de
personalidad
impulsiva
(antes
llamado
psicópata
explosivo),
la
personalidad
disocia!
(antes
psicópata
desalmado),
algunos
epilépticos
del
lóbulo
temporal,
ciertas
personalidades
anormales
por
secuela orgánica,
entre
otros; así como personas
con
niveles
muy
bajos
de
serotonina
o
muy
altos
de
dopamina,
y
hombres
con
niveles
demasiado
elevados
de
testosterona
34
Al
respecto,
precisamente
para
Beck,
los
antes
llamados
psicópatas
y
hoy
trastornos
de
personalidad
disocia!,
ASPECTOS PSICOLÓGICO
FORENSES
EN
LA
EMOCIÓN VIOLENTA
disminuida.
Estas anotaciones se
fundamentan
en
el
hecho
de
que
en
la
vida
real,
dentro
de
las
relaciones
interpersonales
ocurre
un
número
de
situaciones
variadas
que
pueden
originar
estados
emotivos
desagradables,
debido
al
comportamiento
de
una
persona
que
afecta
severamente
la
lealtad,
fidelidad,
honor
u
otro
aspecto
de
otra
persona.
Sin
embargo,
el
número
de
individuos
que
pierden
el control emocional o
que
son
dominados
por
la
emoción violenta,
probablemente
no
constituyen
la mayoría, lo
que
nos lleva a plantear que es precisamente
en
función
de
las
peculiaridades
personales
que
algunos
se
hallan
en
mayor
riesgo
de
este
tipo
de
conducta,
como las
personalidades
que
hemos
señalado.
Al
respecto,
las
infidelidades
no
son
fenómenos
aislados,
entre
otras
conductas,
que
afectan
la
emotividad
de
las
personas,
sin
embargo
el
resultado
no
siempre
es
una
reacción
emocional
violenta, algunos
optan
por
romper
el vínculo
que
los
une,
otros
desean
mantener
la
relación
y
soportan
el
efecto
emocional,
pero
también
hay
personas
que
reaccionan
con
violencia
física
no
homicida
y
posiblemente
pocos
son
arrastrados
por
la
emoción
violenta
homicida,
siendo
una
variable
importante
para
ello
la
personalidad
previa
del
homicida
emocional,
sin
negar
que
también
personas
sin
esas
peculiaridades
pueden
verse involucrados
en
una
reacción violenta,
pero
en
menor
índice cuantitativo.
4.
Diferencias
con
la
«grave
alteración
de
la
conciencia»
La «emoción violenta»(E.V) sólo es
motivo
de
atenuación
de
la
responsabilidad
penal
y
no
de
inimputabilidad,
considerando
que
lo
dominante
en
esta figura es el estado emocional intenso,
que
se
desencadena
en
ciertas circunstancias relacionadas
con
la
conducta
de
la
víctima.
No
es
pues
una
alteración
de
la comprensión o el juicio, hecho
que
se
da
más
bien
en
la
<
alteración
de
la
conciencia>> (G.A.C.),
figura
que
se
mantiene
sin
razón suficiente
en
el texto penal, como
ya
lo
hemos
fundamentado
en
otro
trabajo
36 Sin
embargo,
si
aceptamos
hipotéticamente
la
llamada
G.A.C.
como
causal
autónoma
de
inimputabilidad
especial,
no
podemos
negar
que
presenta
también
algún
grado
de
emotividad,
pero
lo
fundamental
es
que
origina
una
ausencia
de
comprensión
o
imposibilidad
de
actuar
en
base a esa comprensión,
es
por
ello
que
a veces
en
el derecho comparado, la
G.A.C. o el T.M.T.
37
3x
se
concibieron,
según
la
imaginación y el
razonamiento
de
los penalistas y
tribunales
españoles,
como
trastornos
de
escasa
duración
con
fondo
patológico
(cuando
realmente
son
variedades
de
anomalías
psíquicas),
mientras
que
en
la
E.V.
o
arrebato,
no
habría
supuestamente
un
fondo patológico39, lo
que
realmente
no
siempre
es así. Además, al mantenerse
separadas
en nuestra
legislación penal,
desde
el
C.P.
del
24
hasta el actual,
las
figuras
de
la
emoción
violenta
y la
causal
de
inimpu
tabilidad
llamada
<
alteración
de
la
conciencia>>,
se
debe
entender
en
nuestro
ámbito
normativo
que
la
E.V.
no
es
una
emoción
perturbadora
que
altera
la
capacidad
mental
del
agente.
En resumen, la G.A.C. se caracteriza
por
la
alteración
de
la lucidez
mental
que
puede
ocurrir
súbitamente
y/o
durante
un
lapso
corto
y
sin
secuelas,
que
elimina o disminuye la imputabilidad
del agente,
debido
a
un
trastorno o anomalía mental
transitorio,
cuya
manifestación
no
depende
de
la
conducta
de
la víctima; mientras
que
en
la E.V, el
énfasis
está
en
la elevación o exaltación súbita del
estado
emocional
o afectivo,
sobre
todo
por
un
raptus
de
ira
o
cólera
que
desborda
el
control
racional
de
la
persona,
que
las
circunstancias
la
hacen
excusable, y
que
es
provocada
u
originada
por
la
conducta
de
la
futura
víctima.
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