La Asociación entre los Sectores Público y Privado en la Argentina

AutorFrancisco M. Gutiérrez - Héctor Huici
CargoAbogado egresado de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba, República Argentina - Abogado de la Universidad de Buenos Aires (1989)
Páginas173-189
173
Círculo de Derecho Administrativo
Francisco Gutiérrez / Héctor Huici
La Asociación entre los Sectores Público
y Privado en la Argentina
La Asociación entre los Sectores Público
y Privado en la Argentina
Francisco M. Gutiérrez1
Héctor Huici2
SUMARIO:
I. Introducción II. Régimen para la promoción de la participación privada en el desarrollo
de infraestructura del Decreto Nº 1299/2000. III. El Régimen Nacional de Asociación
Público Privada del Decreto Nº 967/2005. IV. El funcionamiento de los regímenes de APP
en la práctica. V. La construcción y explotación de depósitos fiscales. VI. El caso del Fondo
para Inversiones Necesarias que Permitan Incrementar la Oferta de Energía Eléctrica en
el Mercado Eléctrico Mayorista (FONINVEMEM) VII. ENARSA y la construcción de fuentes
de generación de energías renovables VIII. Reflexiones Finales.
PALABRAS CLAVE:
Asociación Público Privada. Contratos Administrativos. Concesión. Obra Pública.
Infraestructura. Financiamiento Privado.
KEY WORDS:
Public Private Partnership. Administrative Contracts. Concession. Public Construction.
Infrastructure. Private Financing.
RESUMEN:
Se ha señalado que antes que una institución jurídica, las Asociaciones Público-Privadas
(APP) constituyen una estrategia del sector público y privado para llevar a cabo un
proyecto de infraestructura determinado sobre la base de una relación estable fundada
en una comunidad de intereses con adecuado reparto de los riesgos. Aún antes de que
1 Abogado egresado de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba,
República Argentina. Es Magister en Derecho Administrativo por la Universidad Austral. Ha sido presidente
de la Asociación Argentina de Derecho de las Telecomunicaciones. Dicta regularmente clases como profesor
invitado en la materia Servicios Públicos del Máster de Derecho Administrativo de la Universidad Austral y
en la materia de Regulaciones Económicas Sectoriales en el curso de posgrado de Derecho Administrativo
Económico de la Universidad Católica Argentina. Es socio del estudio M. & M. Bomchil de la República
Argentina, donde tiene a su cargo el área de telecomunicaciones de la firma. Su labor profesional se enfoca
además en el área de derecho administrativo, regulación económica y arbitrajes internacionales.
2 Abogado de la Universidad de Buenos Aires (1989) y Magister en Derecho Administrativo de la Universidad
Austral (1992). Es autor de diversos artículos sobre derecho administrativo y regulación de servicios públicos
en revistas jurídicas de actualidad, nacionales y extranjeras, y docente en cursos de grado y posgrado en
universidades públicas y privadas argentinas. Ha sido profesor invitado de las Universidades ESAN (Lima, Perú)
y del Externado (Bogotá, Colombia). Es socio del estudio jurídico M & M Bomchil desarrollando su práctica en
las áreas de Derecho Administrativo, Regulación Económica y Arbitraje Internacional y Telecomunicaciones.
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RDA 13 - Asociaciones Público-Privadas
La Asociación entre los Sectores Público
y Privado en la Argentina
se sancionaran dos regímenes de APP, existieron en Argentina proyectos de obras de
infraestructura estructurados de forma similar. Paradójicamente, no hubo mayor desarrollo
de proyectos al amparo de los dos regímenes sancionados en los años 2000 (derogado) y
2005 (vigente). Sin embargo, ello no significa que no sea posible reconocer la presencia
de formas de asociación o colaboración en ciertos proyectos de infraestructura llevados
adelante entre el sector público y privado que se analizan en el presente trabajo, aunque
en base a un marco normativo establecido caso por caso.
ABSTRACT
As already pointed out, rather than a legal institution, Public-Private Partnerships (PPP)
are a strategy carried out by both the public and the private sector aiming at developing
an infrastructure project on the grounds of a stable partnership of joint interests with an
appropriate distribution of risks. In Argentina, even before the two PPPs legal frameworks
were enacted, there existed projects of infrastructure that were structured similarly.
Curiously enough, there is no record of any major development of projects under the
two aforementioned PPP regimes passed on 2000 (currently abolished) and 2005 (still in
force). Nonetheless, this does not imply the impossibility of recognizing certain types of
association or contribution in some projects of infrastructure carried out by both the public
and the private sector, as analyzed herein, although they are based on a case by case
legal regime.
I. Introducción
Uno de los problemas que la doctrina enfrenta al pretender describir el modelo de
Asociación Público Privada (APP) es su definición. Para algunos éste solo comprende
cierto tipo de proyectos mientras que para otros puede incluir todo el espectro de
participación privada, desde la privatización propiamente dicha, la tercerización de
servicios, la financiación compartida, los subsidios, la financiación íntegramente privada
del desarrollo para proyectos individuales de infraestructura y hasta la prestación de
servicios3.
En un sentido amplio se sostiene que comprende cualquier forma de colaboración
entre los poderes públicos y el sector privado para la ejecución y operación de obras o
servicios públicos. La noción de colaboración no resulta suficiente; sin embargo, para
caracterizar a las APPs como un instituto con caracteres propios y diferenciales dentro
de la categoría genérica de contratos administrativos. En los regímenes de derecho
administrativo de inspiración continental europea –en especial, el francés y español- la
noción de colaboración no es novedosa sino que, por el contrario, desde antiguo ha sido
un rasgo común en la contratación administrativa, en la que se sitúa al administrado o
gestor privado como un colaborador de la Administración en la ejecución de los fines
públicos del Estado.
Acertadamente se ha señalado que antes que una institución jurídica, las APPs
constituyen una estrategia del sector público y privado para llevar a cabo un proyecto
de infraestructura determinado sobre la base de una relación estable fundada en una
3 LUJÁN, Mabel. Acerca de un nuevo régimen nacional de asociación público-privada del Decreto Nº
967/2005, Revista de Derecho Administrativo Nº 55, Buenos Aires, 2006, págs.

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