Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra ex Jefe y ex Asistente Administrativo de la ODPE - Huari

Fecha de disposición27 Octubre 2006
Fecha de publicación27 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
viernes 27 de octubre de 2006 331597
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las atribuciones y prohibiciones establecidas en las
normas electorales respectivas.
Artículo Segundo.- Abrir la partida correspondiente
a dicha encuestadora, asignándole como código de
identificación el Registro Nº 131-REE/JNE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
MENDOZA RAMÍREZ
SOTO VALLENAS
VELA MARQUILLÓ
VELARDE URDANIVIA
FALCONÍ GÁLVEZ,
Secretario General (e)
03535-1
O N P E
Autorizan a procurador iniciar acciones
legales contra ex Jefe y ex Asistente
Administrativo de la ODPE - Huari
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 243-2006-J/ONPE
Lima, 23 de octubre de 2006
Vistos: el Informe Largo - Administrativo 2005
resultado de la auditoría practicada a los procesos de
Referéndum para la Integración y Conformación de
Regiones y para la Segunda Consulta Popular de
Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales del
año 2005, elaborado por la Sociedad Auditora Vigo &
Asociados SC, el Memorándum Nº 1784-2006-GAF/
ONPE de la Gerencia de Administración y Finanzas, el
Memorándum Nº 877-2006-GAJ/ONPE de la Gerencia
de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, como resultado de la auditoría al "Referéndum
para la Integración y Conformación de Regiones y para la
Segunda Consulta Popular de Revocatorias del Mandato
de Autoridades Municipales del año 2005", la Sociedad
Auditora Vigo & Asociados SC, recomendó a la Jefatura
Nacional de la ONPE, disponer que se procese la
responsabilidad que pudiera corresponder al ex Jefe y ex
Asistente Administrativo de la Oficina Descentralizada de
Procesos Electorales -ODPE -Huari, respectivamente por
las observaciones formuladas a las rendiciones de cuentas
que presentaron por los fondos que recibieron para la
ejecución de los citados procesos electorales; asimismo,
que la Gerencia de Administración y Finanzas agote las
acciones administrativas para lograr la regularización o
recuperación del monto observado, y de ser el caso
autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos de
la Oficina Nacional de Procesos Electorales-ONPE, para
que interponga las acciones legales que correspondan;
Que, la Gerencia de Administración y Finanzas
mediante cartas notariales Nºs. 008 y 009-2006-GAF/
ONPE de fecha 25 de mayo de 2006, comunicó las
observaciones a las rendiciones de cuentas por los
encargos otorgados, al ex Jefe y ex Asistente
Administrativo de la ODPE-Huari, otorgándoles un plazo
de 10 días hábiles para su regularización ante la Jefatura
del Área de Contabilidad, plazo que a la fecha se ha
cumplido en exceso, sin que las observaciones materia
de las comunicaciones hayan sido subsanadas;
Que, se advierte de los antecedentes administrativos,
así como del contenido del Memorándum Nº 1784-2006-
GAF/ONPE que la ONPE ha agotado todas las acciones
administrativas conducentes a recuperar u obtener un
rendimiento documentado del encargo otorgado, sin
resultados satisfactorios;
Que, de acuerdo con lo establecido en el literal f) del
artículo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Control y de la Contraloría General de la
República, constituye atribución del sistema, emitir, como
resultado de las acciones de control efectuadas, los
Informes respectivos con el debido sustento técnico y
legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio
de las acciones administrativas y/o legales que sean
recomendadas en dichos informes;
Que, por lo expuesto resulta necesario autorizar al
Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de
la ONPE, a interponer las acciones legales que
correspondan;
De conformidad con lo establecido en el artículo 47º
de la Constitución Política del Perú; el Decreto Ley
Nº 17537, Ley de Representación y Defensa Judicial del
Estado, modificatorias y ampliatorias; la Ley Nº 26487,
Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales;
y el literal cc) del artículo 9º del Reglamento de
Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por
Resolución Jefatural Nº 154-2006-J/ONPE;
Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al Procurador Público a
cargo de los asuntos judiciales de la Oficina Nacional de
Procesos Electorales, para que en representación y
defensa de los intereses del Estado, inicie las acciones
legales correspondientes, por los fundamentos
expuestos en la parte considerativa de la presente
resolución, contra el ex Jefe y ex Asistente Administrativo
de la ODPE-Huari comprendidos en los documentos del
visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del
caso.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA
Jefa Nacional
03540-1
Establecen procedimiento que deben seguir
los miembros de mesa en los lugares donde
se realice simultáneamente Elecciones
Regionales y Municipales, previamente al
conteo de cédulas de sufragio de las
Elecciones Regionales
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 244-2006-J/ONPE
Lima, 23 de octubre de 2006
VISTOS: el Memorando Nº 1824-2006-GPDE/ONPE,
de fecha 20 de octubre de 2006, de la Gerencia de
Planificación y Desarrollo Electoral; el Informe Nº 121-
2006- MABB-GAJ/ONPE y el Memorando Nº 882-2006-
GAJ/ONPE, ambos de fecha 20 de octubre de 2006, de
la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM,
de fecha 22 de marzo de 2006, se ha convocado a
Elecciones Regionales y Municipales para el 19 de
noviembre del presente año, en todo el territorio de la
República;
Que, según el literal c) del artículo 5º de la Ley
Orgánica de la ONPE, Ley Nº 26487, es función de la
ONPE planificar, preparar y ejecutar todas las
acciones necesarias para el desarrollo de los procesos
a su cargo, en cumplimiento estricto de la normatividad
vigente;
Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley
Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859, la Oficina
Nacional de Procesos Electorales - ONPE tiene a su
cargo la organización y ejecución de los procesos
electorales y consultas populares; y ejerce sus
atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución
y a su Ley Orgánica;

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