ORDENANZA N° 0150/MVMT - Modifican artículos de la Ordenanza N° 125/MVMT, que regula el servicio de transporte de pasajeros y carga en vehículos menores

Fecha de disposición12 Abril 2012
Fecha de publicación12 Abril 2012
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 12 de abril de 2012
463964
gasto 2.3.2.07.11.99 “Servicios Diversos”, en el rubro
de f‌i nanciamientos 08 “Impuestos Municipales”, en la
tarea 137, hasta por la suma de S/. 33,099.00 Nuevos
Soles, para el presente año f‌i scal 2012 y el saldo de S/.
107,085.00 Nuevos Soles, será considerado en la etapa
de formulación del Presupuesto Institucional para los años
f‌i scales 2013, 2014 y 2015;
Que, mediante Memorando Nº 784-2012-GAF-MSS
del 03.04.2012, la Gerencia de Administración y Finanzas
remitiendo el Informe Nº 255-2012-SGAB-GAF-MSS del
02.04.2012 de la Subgerencia de Abastecimientos, señala
que dicho informe técnico, demuestra que la ASBANC
es proveedor único del servicio de BANCARED, que
es una línea privada de comunicaciones de exclusiva
administración de parte de ASBANC, única entidad que
agrupa a los bancos y entidades a nivel nacional. En
tal sentido, se ratif‌i ca en lo señalado en su Memorando
Nº 557-2012-GAF-MSS respecto a la conveniencia de
contratar el servicio de BANCARED por el período de 36
meses;
Que, con Informe Nº 257-2012-GAJ-MSS del
03.04.2012 la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que
el Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones
del Estado, en su Artículo 20° inciso e) establece
que están exoneradas de los procesos de selección
las contrataciones que se realicen: “Cuando exista
proveedor único de bienes o servicios que no admiten
sustitutos, o cuando por razones técnicas o relacionadas
con la protección de derechos, se haya establecido la
exclusividad del proveedor”, disposición concordante con
lo dispuesto en el Artículo 131° del Decreto Supremo Nº
184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado. Asimismo señala que acorde con el numeral 1 del
Artículo 150º del citado Reglamento, resulta procedente la
contratación Estatal hasta por un máximo de 03 ejercicios
presupuestales, siempre que se adopten las previsiones
presupuestarias necesarias para garantizar el pago de
tales obligaciones;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye
opinando que procede la exoneración por causal de
Proveedor Único, del Proceso de Selección para la
contratación del Servicio de BANCARED, por el periodo
de 36 meses, estableciéndose como valor referencial el
siguiente:
Descripción del Servicio Cantidad Monto Soles
Servicio de BANCARED 1 140,184.00
Que, en virtud a lo señalado la Gerencia de Asesoría
Jurídica recomienda se autorice a la Gerencia de
Administración y Finanzas efectúe la contratación para
el referido servicio de acuerdo a las especif‌i caciones
técnicas y al procedimiento dispuesto en el Artículo 135°
del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado
Que, mediante Memorándum Nº 412-2012-GM-
MSS del 04.04.2012, la Gerencia Municipal teniendo en
cuenta la documentación generada, señala que encuentra
conforme el pedido de exoneración del proceso de
selección para la contratación del Servicio de BANCARED
por un período de 36 meses;
- Ley de Contrataciones del Estado, establece que “Las
contrataciones derivadas de exoneración de procesos
de selección se realizaran de manera directa, previa
aprobación mediante Resolución del Titular de la entidad,
Acuerdo del Directorio, del Consejo Regional o del
Concejo Municipal, según corresponda, en función a los
informes técnico y legal previos que obligatoriamente
deberán emitirse. (…)”;
Que, asimismo, el segundo párrafo del acotado
Artículo señala que “Copia de dichas Resoluciones
o Acuerdos y los informes que los sustentan deben
remitirse a la Contraloría General de la República y
publicarse en el Sistema Electrónico de Contrataciones
del Estado (SEACE), dentro de los diez (10) días hábiles
de su aprobación, bajo responsabilidad del Titular de la
Entidad” (...), disposición que es ratif‌i cada por el Artículo
134º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº
184-2008-EF;
Estando al Dictamen Conjunto Nº 016-2012-CGM-
CAJ-MSS, de las Comisiones de Gestión Municipal y
Asuntos Jurídicos, al Informe Nº 257-2012-GAJ-MSS de
la Gerencia de Asesoría Jurídica y de conformidad con
Contrataciones del Estado, el Concejo Municipal adoptó
por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y
aprobación de Acta, el siguiente:
ACUERDO:
Artículo Primero.- APROBAR la exoneración por la
causal de Proveedor Único, del Proceso de Selección
para la contratación del Servicio de BANCARED, por
el período de 36 meses, la misma que de conformidad
con lo señalado en el Memorando Nº 286-2012-SGAB-
GAF-MSS de fecha 26.03.2012 de la Subgerencia de
Abastecimientos, el Informe Nº 061-2012-SGPRE-
GPP-MSS de fecha 02.04.2012 de la Subgerencia de
Presupuesto, el Memorando Nº 784-2012-GAF-MSS
de fecha 03.04.2012 de la Gerencia de Administración
y Finanzas, el Informe Nº 257-2012-GAJ-MSS
de fecha 03.04.2012 de la Gerencia de Asesoría
Jurídica y el Memorándum Nº 412-2012-GM-MSS
de fecha 04.04.2012 de la Gerencia Municipal, bajo
responsabilidad de los funcionarios que emitieron los
mencionados documentos, contará con el siguiente
valor referencial:
Descripción del Servicio Cantidad Monto Soles
Servicio de BANCARED 1 140,184.00
Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia
de Administración y Finanzas, efectúe la contratación
para el Servicio señalado en el artículo precedente de
acuerdo a las especif‌i caciones técnicas y conforme a lo
dispuesto en el Artículo 135º del Reglamento de la Ley
de Contrataciones del Estado - Decreto Supremo Nº 184-
2008-EF.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia
de Abastecimientos la publicación del presente Acuerdo
en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado
(SEACE) y al Secretario General su remisión a la
Contraloría General de la República con copia al Órgano
de Control Institucional de la Municipalidad de Santiago
de Surco, dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles
siguientes de su emisión, conforme lo dispone el Artículo
134º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
ROBERTO GOMEZ BACA
Alcalde
775072-1
MUNICIPALIDAD DE VILLA
MARÍA DEL TRIUNFO
Modifican artículos de la Ordenanza
Nº 125/MVMT, que regula el servicio
de transporte de pasajeros y carga en
vehículos menores
ORDENANZA N° 150/MVMT
Villa María del Triunfo, 27 de marzo de 2012
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE
VILLA MARIA DEL TRIUNFO
POR CUANTO:
En Sesión Extraordinaria de la fecha, visto el
Memorándum N° 347-2012-GM/MVMT y 348-2012-
GM/MVMT de la Gerencia Municipal; los informes N°

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