Ley Nº 26483: Modifican Diversos Artículos de la Ley Orgánica de Municipalidades

Fecha de Entrada en Vigor31 de Mayo de 1995
Fecha de la disposición14 de Junio de 1995
Modifican diversos artículos de la Ley Orgánica de Municipalidades
Ley26483
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
Artículo 1o.- Adiciónase al Artículo 23o de la Ley No 23853, el inciso 11), con el texto siguiente:
"11.- Los trabajadores de la misma municipalidad"
Artículo 2o.- Adiciónase al Artículo 38o dela Ley No 23853 los párrafos siguientes:
"Los Regidores no pueden ejercer cargos establecidos en el Cuadro de Asignación de Personal, sean de carrera o de
confianza, ni ocupar cargos de miembros de Directorio, Gerente u otro de la misma Municipalidad o en las Empresas
Municipales o de nivel municipal de su jurisdicción. Todos los actos que contravengan esta disposición son nulos.
La infracción de la prohibición anterior es causal de vacancia del cargo de Regidor."
Artículo 3o.- El Instituto Nacional de Administración Pública emitirá las directivas y normas complementarias que se
requieran para la eficiente aplicación de lo dispuesto en la presente Ley.
Artículo 4o.- Deróganse las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley.
Artículo 5o.- La presente Ley entrará en vigencia dentro de los 90 días calendario siguientes a la fecha de su
publicación.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima a los treintiún días del mes de mayo de mil novecientos noventa y cinco.
JAIME YOSHIYAMA
Presidente del Congreso Constituyente Democrático
CARLOS TORRES Y TORRES LARA
Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de junio de mil novecientos noventa y cinco.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER
Presidente del Consejo de Ministros

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR