ORDENANZA N° 467-MSB - Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad

Fecha de disposición31 Diciembre 2011
Fecha de publicación31 Diciembre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 31 de diciembre de 2011
458416
Que, además de las normas reseñadas, en el caso de
concesiones para la ejecución de estacionamientos públicos
se debe considerar lo establecido en la Ordenanza Nº 296 que
regula el régimen de constitución y administración de bienes
de uso público en la provincia de Lima, específ‌i camente en el
artículo 35 donde se estipula que las municipalidades podrán
otorgar concesiones sobre el subsuelo de los bienes de uso
público local para la ejecución de proyectos de servicios
de estacionamiento vehicular y otros usos compatibles,
previa elaboración de los estudios correspondientes que
necesariamente incluye el Estudio de Impacto Ambiental
aprobado por la autoridad ambiental competente, los que
serán sometidos a consulta vecinal, requiriéndose además
la opinión favorable del proyecto de la Municipalidad
Metropolitana de Lima en aquellos casos en que los accesos
o salidas se realicen en vías públicas de su administración o el
proyecto supere los 300 estacionamientos;
Que, dado el déf‌i cit de estacionamientos existente en el
distrito, que contribuye a la congestión vehicular y a la invasión
de las vías públicas, teniendo a su vez que dicho déf‌i cit se
ha visto incrementado por el hecho de que gran parte de
las edif‌i caciones construidas en el distrito no disponen de
estacionamientos ya que hasta el año 1998 no era requisito
obligatorio, quedando a discreción de los promotores
construirlos en la edif‌i cación o pagar un aporte pecuniario en
su reemplazo, situaciones que en conjunto han derivado en el
actual déf‌i cit de estacionamientos del distrito;
Que, para cubrir este déf‌i cit de estacionamientos las
nuevas tendencias del desarrollo urbano moderno están
replanteando el concepto de estacionamientos públicos en
las ciudades, hacia la concentración de estos espacios en
sitios estratégicos y coyunturales, y el desarrollo de medios
alternativos de transporte público con el f‌i n de reducir las
necesidades de acceso de vehículos particulares a zonas
con limitaciones de espacio vial, centros históricos y áreas
de prioridad o vocación peatonal como es el caso del área
central del distrito de Miraf‌l ores;
Que, se debe procurar recuperar espacios actualmente
utilizados para estacionamientos públicos, que podrán ser
utilizados para la ampliación de las veredas, mejorando
así las condiciones para los peatones y/o la ampliación de
pistas para el mejoramiento del tránsito de vehículos, la
reducción de la congestión y la contaminación ambiental;
Que, con fecha 23 de setiembre de 2011, a través
del Memorándum Nº 110-2011-GDUMA/MM, la Gerencia
de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente remite el Plan
de Promoción de la Inversión Privada en Obras de
Infraestructura para el Desarrollo de Estacionamientos en
el distrito de Miraf‌l ores, a aprobarse mediante la Ordenanza
respectiva, acorde con lo dispuesto en el artículo 9, inciso 8
Que, asimismo, estando acorde a lo dispuesto en
el Memorándum Nº 99-2011-OPIP-MM, de fecha 21 de
setiembre de 2011, el Órgano de Promoción de la Inversión
Privada – OPIP ha señalado, con relación al referido Proyecto
del Plan en mención, que se han levantado las observaciones
presentadas quedando en condiciones favorables para su
aprobación a través del mecanismo correspondiente;
Que, mediante Informe Legal Nº 369-2011-GAJ/MM, de
fecha 21 de noviembre de 2011, la Gerencia de Asesoría
Jurídica emite opinión favorable para la aprobación del
Proyecto de Ordenanza en referencia por encontrarse
acorde a la normatividad aplicable, concluyendo que es
procedente, por lo cual debe someterse a consideración del
Concejo Municipal para su aprobación de acuerdo a ley;
Estando a lo expuesto y en uso de sus facultades
conferidas en el artículo 9, inciso 8, y el artículo 40 de la Ley
Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, el Concejo
por UNANIMIDAD, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE
PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN OBRAS
DE INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO
DE ESTACIONAMIENTOS EN EL DISTRITO DE
MIRAFLORES
Artículo Único.- APROBAR el Plan de Promoción de
la Inversión Privada en Obras de Infraestructura para el
Desarrollo de Estacionamientos en el Distrito de Miraf‌l ores,
cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- ENCARGAR al Órgano de Promoción de
la Inversión Privada - OPIP y a la Gerencia de Desarrollo
Urbano y Medio Ambiente, realizar las acciones pertinentes
de acuerdo a sus competencias, a f‌i n de implementar el
Plan de Promoción de la Inversión Privada en Obras de
Infraestructura para el Desarrollo de Estacionamientos en
el Distrito de Miraf‌l ores, aprobado por el Artículo Único de
la presente Ordenanza.
Segunda.- ENCARGAR a la Secretaría General, la
publicación del presente dispositivo en el Diario Of‌i cial El
Peruano; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen
Institucional, su publicación en el Portal Institucional (www.
miraf‌l ores.gob.pe), conforme a ley.
Tercera.- PRECISAR que la presente Ordenanza entrará
en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JORGE MUÑOZ WELLS
Alcalde
734425-1
MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Aprueban Reglamento de Organización
y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 467-MSB
San Borja, 17 de noviembre de 2011
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN BORJA
VISTO, en la XXII-2011 Sesión Ordinaria del Concejo
de fecha 17 de noviembre de 2011, el Dictamen N° 061-
2011-MSB-CAL, de la Comisión de Asuntos Legales, sobre
la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) de la Municipalidad de San Borja.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al artículo 194° de la Constitución
Política del Perú, señala que las municipalidades provinciales
y distritales son los órganos de gobierno local, las cuales
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia.
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N°
27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los
Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia,
radicando ésta en la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración, con sujeción al
ordenamiento jurídico.
Que, mediante Ordenanza Nº 394-MSB de fecha 03 de
agosto de 2007, se aprobó el Reglamento de Organización
y Funciones y Estructura Orgánica de la Municipalidad de
San Borja y con Ordenanza Nº 419-MSB de fecha 17 de
noviembre de 2008 se aprobó la Modif‌i cación al Reglamento
de Organización y Funciones y Estructura Orgánica de la
Municipalidad de San Borja.
Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 030-2011-MSB-C
de fecha 17 de mayo de 2011, se aprobó la Reestructuración
Administrativa y Orgánica de la Municipalidad de San Borja.
Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 058-2011-MSB-
C de fecha 25 de agosto de 2011, se aprobó la nueva
Estructura Orgánica de la Municipalidad de San Borja,
la misma que se encuentra enmarcada en el Plan de
Desarrollo Concertado y el Plan Estratégico Institucional.
Que, mediante el Informe Nº 115-2011-MSB-GPE-UR de
fecha 17 de octubre de 2011, la Unidad de Racionalización
presentó informe técnico sustentatorio de la nueva
propuesta de Reglamento de Organización y Funciones de
la Municipalidad de San Borja, el cual optimiza los procesos
y funcionamiento de los servicios municipales.
Que, mediante el Informe Nº 804-2011-MSB-GAJ
de fecha 02 de noviembre de 2011, la Gerencia de
Asesoría Jurídica opinó favorablemente respecto al
proyecto del Reglamento de Organización y Funciones
de la Municipalidad de San Borja, el cual se ajusta a los
lineamientos del Decreto Supremo 043-2006-PCM.
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar
el nuevo proyecto del Reglamento de Organización y
Funciones de la Municipalidad de San Borja.

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