ORDENANZA Nº 008-2011/MDPN - Aprueban Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Punta Negra

Fecha de disposición26 Julio 2011
Fecha de publicación26 Julio 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 26 de julio de 2011
447288
a éstos y de la limpieza de los espacios y monumentos
públicos en su jurisdicción;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009-
MINAM, se aprueba la Política Nacional del Ambiente,
la cual establece en el Eje de Politica Nº 2 Ia Gestión
Integral de la Calidad Ambiental y declarando como uno
de los Lineamientos de Política de los Residuos Sólidos,
el de promover la formalización de los segregadores y
recicladores y otros actores que participan en el manejo
de los mismos;
Que, la Ley Nº 29419 – Ley que Regula Ia Actividad de
los Recicladores – busca establecer el marco normativo
para la regulación de las actividades de los trabajadores
del reciclaje, orientada a la protección, capacitación y
promoción del desarrollo social y laboral, promoviendo
su formalización, asociación y contribuyendo a la mejora
en el manejo ecológicamente ef‌i ciente de los residuos
sólidos en el país. Esto en el marco de los objetivos y
principios de las Leyes Nº 27314 y Nº 28611, antes citadas,
estableciendo a su vez que dicha actividad es regulada
por los gobiernos locales como entes rectores, en el marco
de sus atribuciones y que el régimen de regulación local
se orienta a incorporar a los recicladores como parte del
sistema local de gestión de residuos sólidos;
Que, el literal a) del numeral 1.4 del artículo 1º de la Ley
Nº 29465 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2010, modif‌i cado por el Decreto de Urgencia
Nº 119-2009, crea el Programa de Modernización Municipal
para el periodo 2010 — 2013, con el objeto de generar
condiciones que permitan un crecimiento sostenido de la
economía local, señalando que los recursos del Programa
de Modernización Municipal se asignan conforme a criterios
de: i) clasif‌i cación de las municipalidades de acuerdo a
sus características y potencialidades y ii) cumplimiento de
requisitos relacionados a los resultados de recaudación
de impuestos municipales y generación de condiciones
favorables para un clima de negocios;
11 de septiembre del 2010, aprueba las disposiciones que
contienen los procedimientos para el cumplimiento de las
metas y Ia asignación de los recursos que deberán seguir
las municipalidades provinciales y distritales del país para
acceder a los recursos del Programa de Modernización
Municipal; y que para el cumplimiento de la Meta 2 de
la mencionada norma la Municipalidad debe realizar
un Estudio de Caracterización de Residuos Sólidos del
área urbana del distrito, desarrollar el Plan de Manejo de
Residuos Sólidos Distrital e Implementar un Programa de
Segregación de Residuos Sólidos en la Fuente;
Que, en mérito a lo expuesto la gerencia de servicios
a la ciudad, ha formulado el Programa de Segregación
en la fuente como parte del Proceso de Recolección de
Residuos Sólidos domiciliarios, a f‌i n de implementarlo en
el distrito;
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 051-2011/MLV
de fecha 22 de julio de 2011 se encargó el despacho de
la Alcaldía a la teniente alcaldesa Milagros del Carmen
Manchego Bustíos desde el 24 al 28 de julio y desde el 9 al
16 de agosto de 2011, y;
Estando a los fundamentos expuestos, en mérito
a las normas legales glosadas y tomando en cuenta lo
dispuesto en la Ordenanza Nº 132-2011/MLV que aprobó
el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de La
Victoria y de acuerdo a lo regulado en el Decreto Supremo
Nº 001-2009-JUS, en uso de las facultades otorgadas en
DECRETA:
Artículo Primero.- Aprobar el “Programa de
Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva como
parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos
Domiciliarios en el distrito de La Victoria”, con el objeto
de mejorar la gestión ambiental de los residuos sólidos
del distrito, involucrando a las organizaciones sociales,
dignif‌i cando las condiciones de salud y trabajo de los
recicladores, el cual forma parte integrante del presente
Decreto como Anexo I.
Artículo Segundo.- Encargar a la Subgerencia de
Tecnología de la Información la publicación del presente
Decreto y el Anexo I en el portal institucional www.
munilavictoria.gob.pe, debiendo ejecutar las demás
acciones que corresponden a su competencia.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal,
a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y a la Gerencia
de Planeamiento y Presupuesto; el cumplimiento de
lo dispuesto en el presente decreto de acuerdo a sus
competencias y atribuciones.
Regístrese, publíquese y cúmplase
MILAGROS DEL C. MANCHEGO BUSTIOS
Teniente Alcaldesa
Encargada del Despacho de Alcaldía
670015-1
MUNICIPALIDAD DE
PUNTA NEGRA
Aprueban Plan de Manejo de Residuos
Sólidos del distrito de Punta Negra
ORDENANZA Nº 008-2011/MDPN
Punta Negra, 16 de julio del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUNTA NEGRA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE PUNTA NEGRA
VISTOS: en Sesión Ordinaria de la fecha, el informe
Nº 058-2011/GSCyS/MDPN, de la Gerencia de Servicios a
la Comunidad y Sociales solicitando aprobación el Plan de
manejo de Residuos Sólidos (PMRS) del Distrito de Punta
Negra.
CONSIDERANDO:
Que, según lo dispuesto por el artículo 194º de
la Constitución Política del Perú, y sus modif‌i catorias
regula que las Municipalidades provinciales y distritales
son órganos de gobierno local, que tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, en concordancia con este se pronuncia
el artículo II del título preliminar de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Nº 27972, que agrega que dicha
autonomía radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno, administrativos y de administración, con sujeción
al ordenamiento jurídico.
Que, según el artículo 80º de la Ley Nº 27972 en sus
numerales 3.1, 3.4, 4.1, 4.3, regulan que son funciones de
las Municipalidades distritales: la de promover del servicio de
limpieza pública determinando las aéreas de acumulación de
desechos, relleno sanitario y el aprovechamiento industrial de
desperdicios; f‌i scalizar y realizar labores de control respecto
de la emisión de humos, gases, ruidos, y demás elementos
contaminantes de la atmosfera y el ambiente; administrar y
reglamentar directamente o por concesión el tratamiento de
residuos sólidos cuando este en capacidad de hacerlo; difundir
programas de saneamiento ambiental en coordinación con
las municipalidades provinciales y los organismos nacionales
pertinentes.
Que, por su parte, el artículo 67º de la ley general
del Ambiente Nº 28611, dispone que, corresponde a los
gobiernos locales, priorizar medidas de saneamiento
básico que incluyan la gestión y manejo, entre otros, de
los residuos sólidos; conforme lo prescriben el artículo
14º y siguiente de la misma norma. El Sistema Nacional
de Gestión Ambiental está constituido sobre la base de
organismos estatales, así como por organismos públicos
descentralizados e instituciones públicas a nivel local, e
integra los sistemas sectoriales regionales y locales de
gestión pública en materia ambiental, contando entre
los mecanismos orientados a la ejecución de la política
ambiental, instrumentos de gestión ambiental, como los de
planif‌i cación y prevención.
Que, según el artículo 10º de ley General de Residuos
Sólidos, Nº 27314, modif‌i cado por el Decreto Legislativo
Nº 1065, los distritos son responsables por la prestación
de los servicios de recolección y transporte de los residuos
sólidos, y de la limpieza de vías, espacios y monumentos
públicos en su jurisdicción, y deben contar con planes de
manejo de los mismos.

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