Una aproximación a las teorías de la interpretación de la Constitución

AutorCarlos Luis Quispe Astoquilca
CargoAbogado por la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica
Páginas121-143
121
Derecho & Sociedad
Asociación Civil
48
Una aproximación a las teorías de la
interpretación de la Constitución
An approach to the interpretation theories
of the Constitution
Carlos Luis Quispe Astoquilca*
Resumen:
El presente artículo versa sobre las distintas teorías sobre la interpretación del texto
constitucional. En la introducción, el autor nos da una visión general de la actualidad
del debate suscitado alrededor de estas. “¿Es la interpretación la que condiciona a la
Constitución o es la Constitución la que condiciona a la interpretación?” viene a ser la
pregunta central propuesta en el artículo. Para llegar a una posible respuesta, el autor
nos guía a través del mundo de las teorías interpretativas constitucionales, analizando
a cada una de manera exhaustiva y nalizando con una propuesta propia de teoría
general de interpretación de la Constitución, haciendo suyos los elementos más
importantes de cada una de las teorías previamente expuestas.
Abstract:
The present article is about the constitutional interpretation theories. In the
introduction, the author gives us a general vision of the present debate aroused around
them. “Is the interpretation that conditions Constitution or is the Constitution that
conditions interpretation?” comes to be the central question proposed by the article.
To reach a possible answer, the author guides us through the world of constitutional
interpretation theories, analyzing each one exhaustively and concluding with a new
proposition about a general theory of constitutional interpretation, using the most
important elements of each one of the theories previously exposed.
Palabras clave:
Constitución - Interpretación - Teoría cognitiva - Teoría escéptica - Teoría intermedia
Keywords:
Constitution - Interpretation - Cognitive theory - Skeptical theory - Eclectical theory
Sumario:
1. Introducción - 2. Las teorías de la interpretación de la Constitución - 3. Una propuesta
de interpretación de la Constitución - 4. Bibliografía
* Abogado por la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica. Máster Ocial en Estudios Avanzados en Derechos Humanos por la
Universidad Carlos III de Madrid. Doctorando por la Universidad Carlos III de Madrid. Asesor Jurisdiccional del Tribunal Constitucional.
Revista Derecho & Sociedad, N° 48 / pp. 121-143
FECHA DE RECEPCIÓN: 26/09/16
FECHA DE APROBACIÓN: 07/10/16
| Teoría General del Derecho |
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Derecho & Sociedad
Asociación Civil
48
Revista Derecho & Sociedad, N° 48 , Marzo 2017 / ISSN 2079-3634
1. Introducción
El análisis de la interpretación de la Constitución y, con ella de las teorías de la interpretación
de la Constitución constituye hoy uno de los temas centrales de la Filosofía del Derecho, la
Teoría del Derecho y también del Derecho Constitucional,1 hasta el punto que en las últimas
décadas ha alcanzado un notable éxito entre los “lósofos del Derecho con vocación de
constitucionalistas o de constitucionalistas con vocación de lósofos del Derecho”2. Dentro
de las diversas razones que han dado lugar a este escenario probablemente destacan el
carácter normativo de la Constitución, la contemplación de la Constitución como la norma
jurídica positiva suprema del ordenamiento jurídico; y la estructura de las disposiciones
constitucionales que se caracterizan por ser genéricas y/o abiertas en relación con las
demás disposiciones del orden jurídico, aunque esta diferencia sea solo gradual. Sobre esto
último, tal vez sea la diferencia solo gradual lo que permite decir a Hart que la relevancia
radica no tanto en el carácter abierto de las disposiciones, sino en la autoridad que posee
la decisión, más aún si se trata de la decisión del órgano jurisdiccional de cierre (Tribunal
Constitucional o Corte Suprema)3.
Bien, el análisis que realizaré de las diversas teorías de la interpretación de la Constitución lo
desarrollaré en el marco del Estado constitucional actual y en los rasgos que lo caracterizan,
básicamente en cuanto que la Constitución es predominantemente escrita y normativa; la
Constitución constituye la norma jurídica positiva suprema del orden jurídico, y por tanto,
es jurídicamente vinculante para todos los poderes del Estado. Esta cuestión es relevante
porque según el concepto de Constitución que se maneje se podrá responder a la siguiente
alternativa: ¿es la interpretación la que condiciona a la Constitución o es la Constitución la
que condiciona a la interpretación? De modo similar se ha sostenido también que según
sea “lo que se entienda por “Constitución”, se derivarán diferentes modos de entender la
interpretación de la Constitución”4. La contemplación de la Constitución como la norma
jurídica positiva suprema del ordenamiento jurídico permitiría armar que es la Constitución
la que condiciona la interpretación (o las teorías de la interpretación) y no al revés.
2. Las teorías de la interpretación de la Constitución
En este apartado analizaré sobre las diversas teorías de la interpretación de la Constitución,
a n de vericar cuál de ellas permite explicar mejor acerca del contenido de las
disposiciones constitucionales, y de ser el caso, plantear algunas propuestas que permitan
dar cuenta de manera más satisfactoria la actividad interpretativa de la Constitución. Existe
en la literatura jurídica una clasicación bastante difundida que, si bien explica o describe
la interpretación del Derecho, en general ha sido utilizada también para explicar o dar
cuenta de la actividad interpretativa de la Constitución5. Según esta conocida clasicación,
la interpretación de la Constitución puede ser explicada a partir de tres teorías o familias
de teorías: cognitiva, escéptica e intermedia6. Si bien es posible encontrar distintas versiones,
sobre todo en las dos primeras, en lo esencial son homogéneas.
1 Hesse, K., Escritos de Derecho Constitucional, trad. de P. Cruz Villalón y M. Azpitarte Sánchez (Madrid: CEPC-FCJE, 2011),
57. Vid. también Rubio Llorente, F., “Problemas de la interpretación constitucional”, en Solozábal Echevarría, J. J. (ed.),
Revista Jurídica de Castilla La Mancha: El Tribunal Constitucional y su jurisprudencia: Actas del VI Congreso Nacional de
Ciencia Política y Derecho Constitucional, 1988, 40., y Landa Arroyo, C., Tribunal Constitucional y Estado Democrático
(Lima: PUCP, 1999), 341.
2 Prieto Sanchís, L., “La doctrina del Derecho natural”, Lecciones de Teoría del Derecho, Betegón Carrillo, J., Gascón Abellán,
M., Páramo Argüelles, J.R. de., y Prieto Sanchís, L., (Madrid: McGraw-Hill, 1997), 65.
3 Hart, H.L.A., El concepto de Derecho, trad. de G.R. Carrió, del original: The concept of Law (1961) (Buenos Aires: Abeledo-
Perrot, 2007), 175.
4 Comanducci, P., Hacia una teoría analítica del Derecho. Ensayos escogidos (Madrid: CEPC, 2010), 116.
5 Guastini, R., Teoría e ideología de la interpretación constitucional, trad. de M. Carbonell y P. Salazar, del original: Teoría
e ideología dell’ interpretazione constituzionale (Madrid: IIJ (UNAM)-Trotta, 2da. edición, 2010) Vid. también Martínez
Zorilla, D., Metodología jurídica y argumentación (Madrid: Marcial Pons, 2010).
6 Guastini, R., Estudios sobre la interpretación jurídica, trad. de M. Gascón y M. Carbonell (México DF.: IIJ-UNAM, 1999), 13.
Conviene anotar, que este autor posteriormente y asumiendo una posición autocrítica ha señalado de manera expresa
que la clasicación tripartita de las teorías de la interpretación es equivocada: la teoría cognitiva y la teoría escéptica
son teorías excluyentes entre sí, no hay lugar para una tercera teoría y, la teoría intermedia es en realidad una versión
de la teoría cognitiva, Guastini, R., Nuevos estudios sobre la interpretación, trad. de D. Moreno Cruz (Bogotá: Universidad
Externado de Colombia, 2010), 122.

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