Aprobación del Reglamento de las Inscripciones por la Corte Suprema de la República

AutorManuel F. Soria Alarcón
Páginas29-30

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COMENTARIOS A LA LEGISLACIÓN REGISTRAL 29

APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE LAS INSCRIPCIONES POR LA CORTE SUPREMA DE LA REPÚBLICA

Lima, 21 de diciembre de 1936

N.° 509

Señor Ministro de Estado en el Despacho de

Justicia, Presidente de la Junta de Vigilancia de los Registros Públicos.

Este despacho ha expedido la siguiente resolución:

“Lima, diecisiete de diciembre de mil novecientos treintiséis. Visto en Sala Plena el ‘Reglamento de las Inscripciones’ formulado por la Junta de Vigilancia de los Registros Públicos y que ha elevado a esta Suprema Corte para su aprobación, con sujeción a lo dispuesto en el artículo mil treinta y nueve del Código Civil, de conformidad con el informe emitido por el señor Vocal doctor Barreto y por sus fundamentos, APROBARON el expresado Reglamento; y mandaron se transcriba este acuerdo al señor Ministro de Justicia, devolviéndole el original. Rúbricas de los señores Presidente, Barreto, Elías Quiroga, Muñoz, Palacios, Santa Gadea, Campos, Valdivia, Zavala Loaiza, Portocarrero, Arenas, Cárdenas, Puga y Chávarri. Arnillas, Secretario”.

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MANUEL SORIA ALARCÓN

Señor: La Junta de Vigilancia de los Registros Públicos, que ha reemplazado, con más extensas facultades, a la antigua Junta de Vigilancia del Registro de la Propiedad Inmueble, ha formulado, conforme a sus atribuciones, el Reglamento de las Inscripciones, y lo remite, para su aprobación, a la Corte Suprema, con sujeción a lo dispuesto en el art. 1039 del Código Civil. El Reglamento contiene, cuidadosamente, todo lo relativo a la inscripción de los bienes, actos y contratos en el Regis-tro de la Propiedad Inmueble, y a los Registros de Personas Jurídicas, de Testamentos, de Mandatos, Personal, Mercantil, de Buques y de la Prenda Agrícola y al procedimiento que debe seguirse en materia de...

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