La aplicación del principio del interés superior del niño por el sistema Judicial Peruano

AutorMaría Isabel Sokolich Alva
CargoFiscal Adjunto Supremo Titular de la Fiscalía Suprema Civil
Páginas81-90
81
LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DEL INTERÉS SUPERIOR
DEL NIÑO POR EL SISTEMA JUDICIAL PERUANO
María Isabel Sokolich Alva
Fiscal Adjunto Supremo Titular de la Fiscalía Suprema Civil, ex-Fiscal
Superior Penal Titular, ex-Fiscal Provincial de Familia Titular, doctorando
en Derecho, Magíster en Derecho C ivil con mención en Derecho de Familia,
docente de la Maestría de Derecho Civil de la Universidad Femenina del
Sagrado Corazón (UNIFE), autora del libro Violencia familiar y de diversos
artículos jurídicos, expositora en diversos eventos académicos relacionados
con el Derecho de Familia.
Recibido: 10 .0 4.13 Aceptado: 24.07.13
SUMARIO
I. Aplicación del principio del interés superior del niño. II.
Conclusiones.
RESUMEN
La Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por las
Naciones Unidas en 1989, constituye un instrumento internacional
que reconoce a los niños, niñas y adolescentes un conjunto de
derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales que se
resumen en cuatro principios fundamentales, uno de los cuales es
el interés superior del niño, recogido por nuestro Código de los
Niños, Niñas y Adolescentes en su Título Preliminar, que preconiza
que todas las medidas concernientes a los niños, adoptadas por
instituciones públicas o privadas de bienestar social, tribunales,
autoridades administrativas y órganos legislativos deben tener
muy en cuenta este principio. En ese sentido, corresponde a la
administración de justicia en general y la especializada en particular
que sus decisiones tengan como sustento dicho principio superior.
Palabras clave
Infancia, principios, interés social, justicia especializada,
magistrados, Ministerio Público.
ABSTRACT
The Convention on the Rights of the Child, adopted by the United
Nations United in 1989, is an international instrument that
recognizes children and adolescents a range of civil, cultural,
economic, political and social as summarized in four fundamental
principles, one of which is the best interests of the child picked
up by our code of children and adolescents in its preliminary title
VOX JURIS (25) 1, 2013 maisasokolich@yahoo.com VOX JURIS, Lima (Perú) 25 (1): 81-90, 2013

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