1067 008-2002-MDIE - Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio fiscal 2002

Fecha de disposición18 Julio 2002
Fecha de publicación18 Julio 2002
Pág. 226654
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 18 de julio de 2002
2. Dirección del domicilio del trabajador.
3. Giro o modalidad de la Empresa.
4. Fecha de expedición.
5. Fecha de vencimiento.
Artículo 8º.- Los requisitos para obtener el Carné de
Salud en el distrito de Santiago de Surco son:
1. Pago de los derechos correspondientes, de acuer-
do a lo establecido en el Art. 5º.
2. Examen Médico Integral, incluye:
a. Examen Clínico.
b. Examen Serológico.
c. Examen Dental-Odontograma.
d. Examen Radiográfico (condicional a petición del
Médico).
3. Acreditar tener la capacitación necesaria sobre
manipulación y conservación de alimentos. Caso contra-
rio el solicitante deberá recibir y aprobar la capacitación
dispuesta por la Subdirección de Sanidad, cuyo costo se
encuentra incluido en el pago del derecho inicial.
4. El carné de salud sólo será entregado al concluir
satisfactoriamente la evaluación y capacitación, caso
contrario quedará retenido hasta superar la deficiencia
encontrada. Los resultados del Examen Médico Integral
bajo ninguna forma constarán en el Carné, la informa-
ción respectiva se sujeta a la confidencialidad dispuesta
Artículo 9º.- La renovación semestral del Carné de
Salud requiere en forma obligatoria la evaluación médica
integral, así como acreditar la capacitación adecuada para
la manipulación y conservación de alimentos. Los requi-
sitos y costo son similares a los señalados anteriormente
para su obtención.
Artículo 10º.- El Carné de Salud es un documento
personal e intransferible. El empleador deberá hacer en-
trega en forma inmediata al trabajador a su cese en el
empleo, aún cuando la devolución de dicho documento
no fuere requerida por el interesado.
Artículo 11º.- Son consideradas infracciones a la
presente Ordenanza las acciones siguientes:
Descripción Sanción
% de UIT
a) Por carecer de Carné de Salud los 5% UIT
trabajadores (manipuladores de
alimentos) de un establecimiento
comercial y/o mercado.
b) Por tener Carné de Salud vencido 2.5% UIT
de los trabajadores (manipuladores
de alimentos de un establecimiento
comercial y/o mercado).
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Declárese que las normas que se opongan
a la presente Ordenanza, no tienen aplicación dentro del
distrito de Santiago de Surco, sobre el que ejerce juris-
dicción exclusiva la Municipalidad de Santiago de Surco,
en los asuntos de su competencia.
Segunda.- Incorporar en el Cuadro de Sanciones y
Escalas de Multas de la Municipalidad de Santiago de
Surco las infracciones y sanciones establecidas en la
presente Ordenanza.
Tercera.- Encargar a las Direcciones de Bienestar
Social y Desarrollo Humano, de Comercialización y de
Fiscalización y Control el cumplimiento de la presente
Ordenanza.
Cuarta.- La presente norma entrará en vigencia a
partir del día siguiente de publicación en el Diario Oficial
El Peruano.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
CARLOS DARGENT CHAMOT
Alcalde
12768
FE DE ERRATAS
ORDENANZA Nº 111-MSS
Mediante Carta Nº 407-2002-SG-MSS la Municipali-
dad de Santiago de Surco solicita se publique Fe de Erra-
tas de la Ordenanza Nº 111-MSS, publicada en la edi-
ción del 14 de julio de 2002, en la página 226432.
En el Noveno Considerando.-
DICE:
Contando con Dictamen favorable Nº -2002-CAL/MSS
de la Comisión de Asuntos Legales y estando a lo dis-
puesto ...
DEBE DECIR:
Contando con Dictamen favorable Nº 30-2002-CAL/
MSS de la Comisión de Asuntos Legales y estando a lo
dispuesto ...
12772
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
IGNACIO ESCUDERO
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones
y Contrataciones para el ejercicio fis-
cal 2002
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 008-2002-MDIE
Ignacio Escudero, 14 de enero de 2002
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S.
Nº 012-2001-PCM establece que cada entidad debe ela-
borar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones
que debe ser aprobado por la máxima autoridad adminis-
trativa.
Que, los Artículos 5º, 6º y 7º del D.S. Nº 013-2001-
PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqui-
siciones del Estado, especifican sobre la Formulación y
Contenido mínimo y aprobación del Plan Anual de Adqui-
siciones del Estado.
Estando a los considerandos expuestos y a las facul-
tades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalida-
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones
y Contrataciones del Estado de la Municipalidad Distrital
de Ignacio Escudero, para el ejercicio fiscal 2002, el mis-
mo que forma parte integrante de la presente Resolu-
ción.
Artículo 2º.- Publíquese en el Diario Oficial El Perua-
no la presente Resolución y comuníquese a las Entida-
des que se especifican en el Artículo 7º del Reglamento
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
D.S. Nº 013-2001-PCM.
Artículo 3º.- Póngase a disposición de los interesa-
dos en la oficina encargada de las adquisiciones y con-
trataciones de la Entidad.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
OSCAR A. ARCELA PALACIOS
Alcalde

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