Alertan que limitar el acceso al registro de viajes afecta la lucha anticorrupción

Por Rodrigo Cruzrodrigo.cruz@comercio.com.peDos días después de emitida la orden que restringe el acceso público al registro de migraciones, y en medio de controversias y discusiones en los portales webs y redes sociales por la medida, la Superintendencia Nacional de Migraciones distribuyó a sus trabajadores un memorándum para indicar los requisitos que debe cumplir un ciudadano cuando acuda a sus oficinas a pedir el registro migratorio de terceros.El memorándum dice lo siguiente: ?Las personas que soliciten el indicado servicio y manifiesten legítimo interés para ello deberán presentar una declaración jurada que contenga su firma y huella digital, indicando que la información que se les está proporcionando no será utilizada para fines ilícitos o realizar actos que afecten la intimidad personal de los titulares de los movimientos migratorios?.El documento agrega que, de suceder lo contrario, los firmantes de la declaración jurada se verán sometidos ?a las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales previstas en la normativa vigente?. Es decir, el titular de ese reporte migratorio podría interponer una denuncia si considera que su intimidad se vio afectada. Ello, además de asumir responsabilidades ?administrativas? no especificadas.El memorándum pretende precisar la Resolución 042-2015, mediante la cual se establecen requisitos adicionales para solicitar los registros migratorios de terceras personas, trámite que por años fue de carácter público y sin restricción alguna. Ahora con esta medida, solo el titular, el apoderado legal, o quien demuestre un ?legítimo interés? pueden acceder a este tipo de reportes. Para el ex procurador anticorrupción Luis Vargas Valdivia, esta resolución, además de errada, no cuenta con mayor sustento. ?¿De qué forma se afecta la intimidad de alguien si se tiene acceso a las veces que uno sale del país? Es como si mañana te dijeran que el récord de tránsito es un asunto que afecta la intimidad de las personas y que por ello ya no se puede acceder a él?, dijo a El Comercio.Vargas Valdivia sostuvo que esta resolución, más bien, vulneraría la Ley de Acceso a la Información Pública. ?Aquí hay que partir de que esta información es pública por su naturaleza y que no recoge ni afecta datos privados o íntimos. Por el contrario, esta resolución restringe el acceso a ellos. Además, afecta las investigaciones en temas vinculados a la corrupción. Esta disposición no tiene...

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