1068 967-2006 - Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa la conversión de agencias en oficinas especiales ubicadas en los departamentos de Lima, Puno y Arequipa

Fecha de disposición12 Agosto 2006
Fecha de publicación12 Agosto 2006
NORMAS LEGALES
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326200 El Peruano
sábado 12 de agosto de 2006
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Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro
y Crédito de Arequipa la conversión de
agencias en oficinas especiales ubicadas
en los departamentos de Lima, Puno y
Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 967-2006
Lima, 31 de julio de 2006
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA
Y MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro
y Crédito de Arequipa (CMAC Arequipa), para que se le
autorice la conversión en agencias de dos (2) oficinas
especiales ubicadas en los distritos de Los Olivos y San
Juan de Miraflores, pertenecientes a la provincia y
departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS Nº 898-2004, de fecha
11 de junio de 2004, se autorizó a la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito de Arequipa (CMAC Arequipa) la
apertura de dichas Oficinas, en la modalidad de Oficinas
Especiales;
Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta
Superintendencia la documentación pertinente para la
conversión de las citadas Oficinas Especiales;
Estando a lo informado por el Departamento de
Evaluación Microfinanciera "B" mediante Informe Nº 153-
2006-DEM "B"; y a lo opinado por la Intendencia General
de Microfinanzas;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º
de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros - Ley Nº 26702, el procedimiento
Nº 13 del TUPA aprobado con la Resolución SBS
Nº 131-2002, la Circular Nº CM-0334-2005, y en virtud
de las facultades delegadas por Resolución SBS
Nº 1096-2005;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal
de Ahorro y Crédito de Arequipa la conversión en
Agencias de dos (2) Oficinas Especiales ubicadas
en:
- Urb. Pro-Cuatro Sector Primera Etapa Los Olivos
Mz. MM-4 Lote 15, distrito de Los Olivos, provincia y
departamento de Lima.
- Av. Los Héroes 682 Mz. B Lote 17, Urb. San Juan
de Miraflores, Parcela D, distrito de San Juan de
Miraflores, provincia y departamento de Lima.
Artículo Segundo.- Las oficinas especiales
convertidas en agencias, continuarán operando en
las citadas direcciones ofreciendo las mismas
operaciones y los mismos productos financieros
autorizados en la Resolución Nº 898-2004, de fecha
11 de junio de 2004.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO LUIS GRADOS SMITH
Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas
00943-2
RESOLUCIÓN SBS Nº 968-2006
Lima, 31 de julio de 2006
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA
Y MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro
y Crédito de Arequipa (CMAC Arequipa), para que se le
autorice la conversión en agencias de cuatro (4) oficinas
especiales ubicadas dos (2) en el departamento de Puno
y dos (2) en el departamento de Arequipa; y,
CONSIDERANDO:
Que, se autorizó a la Caja Municipal de Ahorro y
Crédito de Arequipa (CMAC Arequipa) la apertura de
Oficinas, en la modalidad de Oficinas Especiales,
mediante las siguientes Resoluciones:
- Resolución Nº 511-2002, de fecha 3 de junio de
2002, se autorizó la apertura de dos oficinas especiales
en Puno.
- Resolución Nº 1733-2003, de fecha 12 de diciembre
de 2003, se autorizó la apertura de dos oficinas
especiales en Arequipa;
Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta
Superintendencia la documentación pertinente para la
conversión de las citadas Oficinas Especiales;
Estando a lo informado por el Departamento de
Evaluación Microfinanciera "B" mediante Informe Nº 158-
2006-DEM "B"; y a lo opinado por la Intendencia General
de Microfinanzas;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º
de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca
y Seguros - Ley Nº 26702, el procedimiento Nº 13 del
TUPA aprobado con la Resolución SBS Nº 131-2002, la
Circular Nº CM-0334-2005, y en virtud de las facultades
delegadas por Resolución SBS Nº 1096-2005;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito de Arequipa (CMAC Arequipa) la
conversión en agencias de las siguientes oficinas
especiales:
- Oficina Especial ubicada en Av. El Sol Nºs. 427-429
y 431, distrito, provincia y departamento de Puno.
- Oficina Especial ubicada en Jr. Túpac Amaru
Nºs. 895 y 897, distrito de Juliaca, provincia de San
Román, departamento de Puno.
- Oficina Especial ubicada en calle Bolognesi
Nºs. 101-115, esquina calle Comercio, Mz. G-4, Lote 1,
distrito de Mollendo, provincia de Islay, departamento de
Arequipa.
- Oficina Especial ubicada en Jr. Piérola Nºs. 112-
114, distrito y provincia de Camaná, departamento de
Arequipa.
Artículo Segundo.- Las oficinas especiales
convertidas en agencias, continuarán operando en las
citadas direcciones ofreciendo las mismas operaciones
y los mismos productos financieros autorizados en la
Resolución Nº 776-2002, de fecha 22 de agosto de 2002;
para el caso de las oficinas especiales de Puno y en la
Resolución Nº 1733-2003, de fecha 12 de diciembre de
2003, para el caso de las oficinas especiales de Arequipa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO LUIS GRADOS SMITH
Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas
00943-1

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