Ahora Indecopi deberá resolver casos de dumping en no más de siete meses

Hasta ahora, el tope legal mínimo para que Indecopi resolviera casos de dumping, era de nueve meses, que en la práctica se podían ampliar hasta trece meses, pero con la nueva ley que regula el accionar de dicha institución referido a esa práctica comercial desleal, que acaba de aprobar el Congreso, el plazo máximo será de siete meses.

La autógrafa de ley (aún a ser promulgada por el Ejecutivo), que detalla una serie de casos que podrán ser considerados prácticas de elusión al pago de derechos antidumping y compensatorios, establece a la vez diversos plazos perentorios para cada uno de los pasos que da Indecopi en esta materia.

Establece que el periodo probatorio del procedimiento será de tres meses contados desde la publicación de la resolución que dispone su inicio.

Dentro del periodo probatorio la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias del Indecopi podrá convocar a una audiencia a solicitud de la parte interesada.

Dentro de los 30 días calendario de concluido el periodo probatorio, la comisión emitirá el documento de los hechos esenciales que servirán de base para su resolución final, el mismo que deberá ser notificado a las partes en cinco días hábiles.

Las partes podrán presentar sus comentarios a los hechos esenciales en plazo no mayor a siete días hábiles.

Vencido el plazo de recepción de los comentarios a los hechos esenciales, la comisión resolverá de manera definitiva en el término de 15 días.

"El procedimiento será concluido en un plazo máximo de siete meses...

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