ACUERDO N° 038 - Autorizan viajes del Alcalde a Francia y España, en comisión de servicios

Fecha de disposición23 Junio 2013
Fecha de publicación23 Junio 2013
AÑO DE LA INVERSIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA Domingo 23 de junio de 2013
497887497887
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA
R.M. N° 0228-2013-AG.- Precisan los alcances del Fondo
de Promoción de Riego en la Sierra - MI RIEGO para el
f‌i nanciamiento de estudios de preinversión y proyectos de
inversión pública 497888
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.D. N° 2135-2013-MTC/15.- Autorizan a la empresa
Corporaciones Sacaki HC & G S.A.C. la modif‌i cación de los
términos de su autorización contenida en la R.D. N° 1935-
2012-MTC/15, cambiando la ubicación de local 497891
R.D. N° 2291-2013-MTC/15.- Autorizan a empresa
Consorcio Condúcete Ya S.A.C. para funcionar como
Escuela de Conductores Integrales en la provincia de
Huancayo, Región Junín 497892
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Res. N° 138-2013-OS/CD.- Disponen publicar proyecto de
resolución que aprueba el Procedimiento Técnico COES PR-
18 “Determinación de la Potencia Efectiva de las Centrales
Hidroeléctricas del COES” en la página web de OSINERGMIN
497894
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
RR. N°s. 104 y 105-2013-SERVIR-PE.- Aprueban
cargos de destino para la asignación de profesionales
que conforman el Cuerpo de Gerentes Públicos en el
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y el Ministerio
de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 497894
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE
LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION
DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Res. N° 129-2013-INDECOPI/COD.- Designan fedatarios
institucionales del INDECOPI, en el ámbito de las Of‌i cinas
Regionales 497895
Res. N° 130-2013-INDECOPI/COD.- Encargan las
funciones de Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos
Sumarísimos de Protección al Consumidor adscrito a la
Of‌i cina Regional del INDECOPI de Tacna 497896
RR. N°s. 32, 33, 35 y 36-2013/CNB-INDECOPI.-
Aprueban Normas Técnicas Peruanas presentadas por
diversos Comités Técnicos de Normalización 497896
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Res. N° 198-2013/SUNAT.- Designan Fedatarios
Administrativos Titulares de la Intendencia Regional
Arequipa 497902
Res. N° 200-2013/SUNAT.- Designan Fedatarios
Administrativos de la Intendencia Regional Junín
497902
ORGANOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Res. N° 0045-2013-BCRP.- Autorizan viaje a Alemania de
Subgerente de Análisis de Inversiones Internacionales, en
comisión de servicios 497902
CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Res. N° 265-2013-PCNM.- Resuelven no ratif‌i car en el
cargo a Juez del Vigésimo Tercer Juzgado de Instrucción
de Lima del Distrito Judicial de Lima 497903
Res. N° 378-2013-PCNM.- Declaran infundado recurso
extraordinario interpuesto contra la Res. N° 265-2013-
PCNM, que resolvió no ratif‌i car en el cargo a Juez del
Vigésimo Tercer Juzgado de Instrucción de Lima 497907
CONTRALORIA GENERAL
Res. N° 270-2013-CG.- Dan por concluidas designaciones
y designan Jefe del Órgano de Control Institucional de la
Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora
Perú 497909
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Res. N° 1014.- Autorizan viaje de Supervisor de la
delegación de estudiantes que participarán en concurso
de programación, a realizarse en Rusia 497910
Sumario
Año XXX - Nº 12498
El Peruano
Domingo 23 de junio de 2013
497888
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Res. N° 371-2013-JNE.- Declaran improcedente recurso
extraordinario por afectación de los derechos al debido
proceso y a la tutela procesal efectiva interpuesto contra
la Res. N° 0164-2013-JNE 497910
Res. N° 524-A-2013-JNE.- Declaran infundado recurso
extraordinario interpuesto contra la Res. N° 196-2012-JNE,
en extremo que incluyó a autoridades del distrito de Yonán,
provincia de Contumazá, departamento de Cajamarca, en
la Segunda Consulta Popular de Revocatoria del Mandato
de Autoridades Municipales 2013 497912
Res. N° 572-2013-JNE.- Autorizan ausencia temporal
y declaran que magistrado presidirá el Jurado Electoral
Especial de Puquio para los procesos de Nuevas
Elecciones Municipales y Segunda Consulta Popular de
Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales
2013 497913
Res. N° 587-2013-JNE.- Declaran fundado recurso
extraordinario interpuesto contra la Res. N° 196-2013-
JNE, declarándola nula en extremo que incluye a las
autoridades del concejo municipal de la Municipalidad
Distrital de Pimentel, provincia de Chiclayo, departamento
de Lambayeque, en la convocatoria a la Segunda Consulta
Popular de Revocatoria de Autoridades Municipales 2013
497914
Res. N° 588-2013-JNE.- Resuelven que recurso de
apelación interpuesto contra la Resolución Gerencial N°
05-2013/GOR/RENIEC debe quedar a lo resuelto por la
Res. N° 587-2013-JNE 497918
MINISTERIO PUBLICO
Res. N° 1775-2013-MP-FN.- Dan por concluido
nombramiento de f‌i scal adjunto provisional y su
designación en la Tercera Fiscalía Provincial Penal
Corporativa del Santa 497918
SUPERINTENDENCIA DE
BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 3615-2013.- Autorizan a la EDPYME Alternativa
S.A. el cierre de of‌i cinas en la modalidad de locales
compartidos con el Banco de la Nación, ubicadas en los
departamentos de La Libertad, Cajamarca y Lambayeque
497919
Res. N° 3618-2013.- Autorizan al HSBC Bank Perú
la apertura de agencia en el departamento de Lima
497919
Res. N° 3817-2013.- Autorizan viaje de funcionarios a
Ecuador, en comisión de servicios 497919
RR. N°s. 3818 y 3819-2013.- Autorizan viajes de
funcionarios a Alemania y EE.UU., en comisión de
servicios 497920
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE PIURA
Acuerdo N° 914-2013/GRP-CR.- Aprueban Convenio de
Cof‌i nanciamiento entre la EPS GRAU S.A. y el Gobierno
Regional Piura, para ejecución de Obras de Saneamiento
497922
GOBIERNO REGIONAL
DE TACNA
Acuerdos N°s. 054, 055, 056 y 057-2013-CR/GOB.REG.
TACNA.- Aprueban transferencias f‌i nancieras a favor de
las Municipalidades Distritales de Quilahuani, Tarucachi y
Susapaya, y de la Municipalidad Provincial de Candarave,
para la ejecución de proyectos de inversión pública
497923
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE
Acuerdo N° 038.- Autorizan viajes del Alcalde a Francia
y España, en comisión de servicios 497929
MUNICIPALIDAD
DE CHACLACAYO
Ordenanza N° 288-MDCH.- Crean el Consejo Local
de Fomento Artesanal COLOFAR - CHACLACAYO y
aprueban su Reglamento 497930
MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Acuerdo N° 068-2013-MPL.- Autorizan viaje del alcalde
a Colombia, en comisión de servicios 497931
MUNICIPALIDAD DE
SAN MARTIN DE PORRES
Ordenanza N° 344-MDSMP.- Establecen Benef‌i cios
Tributarios y No Tributarios en el distrito de San Martín de
Porrres 497932
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA
Precisan los alcances del Fondo de
Promoción de Riego en la Sierra - MI
RIEGO para el financiamiento de
estudios de preinversión y proyectos
de inversión pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0228-2013-AG
Lima, 21 de junio de 2013
VISTOS:
Los Of‌i cios Nºs. 732, 808 y 821-2013-AG/DGIH-
DG de fechas 31 de mayo, 07 y 12 de junio de 2013,
respectivamente, del Director General de la Dirección
General de Infraestructura Hidráulica; los Informes Técnicos
Nºs. 269 y 282-2013-AG-DGIH/DP de fechas 07 y 12 de junio
de 2013, respectivamente, de la Dirección de Proyectos de
la Dirección General de Infraestructura Hidráulica; el Of‌i cio
Nº 1838-2013-AG-OPP/UPRES de fecha 20 de junio de
2013, del Director General de la Of‌i cina de Planeamiento
y Presupuesto; y el Informe Nº 114-2013-AG-UPRES/OPP
de fecha 20 de junio de 2013, de la Unidad de Presupuesto
Sectorial de la Of‌i cina de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Quincuagésima Disposición
Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de
El Peruano
Domingo 23 de junio de 2013 497889
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013,
se crea el Fondo de Promoción del Riego en la Sierra
– MI RIEGO, a cargo del Ministerio de Agricultura,
orientado a reducir las brechas en la provisión de
los servicios e infraestructura de uso de los recursos
hídricos con f‌i nes agrícolas que tengan mayor impacto
en la reducción de la pobreza y la pobreza extrema
en el país, en localidades ubicadas por encima de
los 1,500 metros sobre el nivel del mar, a través del
f‌i nanciamiento de proyectos de inversión pública de
los tres niveles de gobierno, incluyendo los estudios de
preinversión;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 002-2013-
AG, aprueba el Reglamento del Fondo de Promoción del
Riego en la Sierra - MI RIEGO, en el cual se establecen
las disposiciones reglamentarias del mencionado
Fondo, así como las características, el destino de los
recursos, los criterios de selección y asignación, la
forma de participación de los niveles de gobierno, el
procedimiento para la selección de estudios y proyectos
de inversión, y la conformación y funciones del marco
organizativo que tendrá a su cargo dicho Fondo, entre
otros;
Que, de conformidad con el artículo 2 del citado
Reglamento, MI RIEGO tiene por f‌i nalidad, f‌i nanciar la
ejecución de proyectos de inversión pública declarados
viables por el Sistema Nacional de Inversión Pública,
incluyendo los estudios de preinversión, presentados
por los tres niveles de gobierno, cuya ejecución está a
cargo del Ministerio de Agricultura a través de algunas
de sus Unidades Ejecutoras que resulten las más
pertinentes, los cuales están destinados a contribuir
a reducir las brechas en la provisión de los servicios
e infraestructura del uso de los recursos hídricos
con f‌i nes agrícolas que tenga el mayor impacto en la
reducción de la pobreza y la pobreza extrema en el
país, en localidades ubicadas por encima de los 1,500
metros sobre el nivel del mar;
Que, según el inciso b) del artículo 4 del Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2013-AG, los tres
niveles de gobierno podrán presentar solicitudes para
acceder al f‌i nanciamiento para la ejecución de proyectos,
siempre que cumplan, entre otros requisitos mínimos, con
estar ubicados por encima de los 1,500 metros sobre el
nivel del mar;
Que, el inciso b) del artículo 4 del Decreto Supremo
Nº 002-2013-AG, establece que el Comité Técnico del
Fondo MI RIEGO tiene entre sus funciones, realizar el
seguimiento del avance de los estudios de preinversión
y los proyectos de inversión pública ejecutados a
través de las correspondientes unidades ejecutoras
del Ministerio de Agricultura, para lo cual contará con
el apoyo de la Unidad de Inversión Sectorial de la
Of‌i cina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de
Agricultura;
Que, como producto del análisis y seguimiento del
avance de los estudios de preinversión y los proyectos
de inversión pública ejecutados a través de las
correspondientes Unidades Ejecutoras del Ministerio de
Agricultura, se requiere precisar la f‌i nalidad del Fondo
MI RIEGO, expresado en el artículo 2 del Reglamento
de MI RIEGO, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-
2013-AG, considerando que el artículo 4 inciso b) del
referido Reglamento prevé la ejecución de proyectos
que se encuentren ubicados por encima de los 1,500
m.s.n.m.;
Que, el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 002-2013-
AG, faculta al Ministerio de Agricultura para que mediante
Resolución Ministerial, dicte las normas que resulten
necesarias para la mejor aplicación de lo dispuesto en
la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de
la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2013 y el Reglamento aprobado por
Que, mediante Informe Técnico Nº 269-2013-AG-
DGIH/DP de fecha 07 de junio de 2013, la Dirección
de Proyectos de la Dirección General de Infraestructura
Hidráulica, encargada de la Secretaría Técnica del
Comité Técnico MI RIEGO, considera necesario
precisar los alcances del Fondo de Promoción del
Riego en la Sierra - MI RIEGO, en concordancia con
los artículos 2 y 4 inciso b) del Reglamento del Fondo
de Promoción del Riego en la Sierra - MI RIEGO,
el marco de las facultades reguladas en el artículo 7
del citado Reglamento, recomendando se emita el acto
resolutivo, a f‌i n de precisar el ámbito de intervención de
dicho Fondo;
Que, asimismo, con Informe Técnico Nº 282-2013-
AG-DGIH/DP de fecha 12 de junio de 2013, la Dirección
de Proyectos amplía el Informe Nº 269-2013-AG-
DGIH/DP, indicando que la necesidad de precisar los
alcances del Fondo de Promoción de Riego en la Sierra
- MI RIEGO, obedece a criterios técnicos establecidos
en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública,
y considerando además que las áreas directamente
a irrigar, son aquellas que están ubicadas sobre los
1,500 m.s.n.m. y reciben directamente el servicio que
se pretende brindar mediante la ejecución de proyectos
de inversión, que para el caso del Fondo MI RIEGO, es
a través de la construcción de infraestructura del uso
de recursos hídricos con f‌i nes agrícolas como presas,
bocatomas, canales, sistemas de riego tecnif‌i cado,
entre otros, que permitan crear, ampliar, mejorar o
recuperar las áreas con f‌i nes agrícolas, mejorando la
capacidad productora de la población en pobreza o
extrema pobreza;
Que, por Of‌i cio Nº 1838-2013-AG-OPP/UPRES de
fecha 20 de junio de 2013, la Of‌i cina de Planeamiento
y Presupuesto adjunta el Informe Nº 114-2013-AG-
UPRES/OPP de fecha 20 de junio de 2013, que hace
suyo, mediante el cual la Unidad de Presupuesto
Sectorial, emite opinión favorable a la propuesta de
Resolución Ministerial solicitada por la Secretaría
Técnica de MI RIEGO, por cuanto permitirá aclarar
aquellos aspectos que impliquen alguna duda en su
interpretación, sin que ello implique inobservancia de
la normatividad presupuestaria vigente, viabilizando
la correcta aplicación de los dispositivos en mención;
en tal sentido, la citada Of‌i cina emite opinión favorable
respecto de la precisión formulada por la Secretaría
Técnica, la cual deberá ser aprobada mediante
Resolución Ministerial, en el marco del artículo 7 del
Que, en consecuencia, resulta necesario precisar
que los estudios de preinversión y los proyectos de
inversión pública de riego a ser f‌i nanciados con recursos
del Fondo de Promoción del Riego en la Sierra - MI
RIEGO, comprenden intervenciones cuya inversión y
áreas directamente irrigadas por la infraestructura
de riego estén ubicadas sobre los 1,500 m.s.n.m.,
en concordancia con los artículos 2 y 4 inciso b) del
Reglamento del Fondo de Promoción del Riego en la
Sierra - MI RIEGO, aprobado por Decreto Supremo Nº
002-2013-AG;
De conformidad con la Ley N° 29951, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;
y el Decreto Supremo Nº 002-2013-AG, que aprueba el
Reglamento del Fondo de Promoción del Riego en la
Sierra - Mi Riego y crea Grupo de Trabajo;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Precisar que los estudios de
preinversión y los proyectos de inversión pública de
riego declarados viables por el Sistema Nacional de
Inversión Pública, a ser f‌i nanciados con recursos
del Fondo de Promoción del Riego en la Sierra - MI
RIEGO, comprenden intervenciones cuya inversión
y áreas directamente irrigadas por la infraestructura
de riego estén ubicadas sobre los 1,500 m.s.n.m.,
en concordancia con los artículos 2 y 4 inciso b) del
Reglamento del Fondo de Promoción del Riego en la
Sierra - MI RIEGO, aprobado por Decreto Supremo Nº
002-2013-AG.
Regístrese, comuníquese y publíquese
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Agricultura
954071-1

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