ACUERDO N° 040-2015-MVMT - Autorizan viaje de Alcalde y Regidores a EE.UU., en comisión de servicios
Fecha de disposición | 11 Julio 2015 |
Fecha de publicación | 11 Julio 2015 |
El Peruano
Sábado 11 de julio de 2015
557206
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Aprueban actualización del Programa de
Segregación en la Fuente y Recolección
Selectiva de Residuos Sólidos 2015 del
distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 005-2015-MDSMP
San Martin de Porres, 1 de julio de 2015.
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE
SAN MARTIN DE PORRES
VISTO:
El Memorándum Nº 546-2015-GPP/MDSMP de la
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe
Nº 891-2015-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría
Jurídica, los Memorándums Nos. 0485 y 0508-2015-
GM/MDSMP de la Gerencia Municipal y el Informe Nº
040-2015-GSPyMA/MDSMP de la Gerencia de Servicios
Públicos y Medio Ambiente, sobre el Programa de
Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de
Residuos Sólidos Domiciliarios 2015 de la Municipalidad
de San Martin de Porres;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009-
MINAM, se aprueba la Política Nacional del Ambiente,
estableciendo en el Eje de Política 2: Gestión Integral de la
Calidad ambiental; componente 4. Residuos Sólidos, como
un lineamiento de política del Sector, el fortalecimiento de
la gestión de los gobiernos regionales y locales en materia
de residuos sólidos de ámbito municipal, priorizando su
aprovechamiento;
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 014-2014/
MDSMP (23 de Julio del 2014), se aprueba el Programa
de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de
Residuos Sólidos Domiciliarios, para un 25% de viviendas
Urbanas del Distrito, según instructivo de la Meta 3;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 033-2015-EF,
publicado en el diario ofi cial El Peruano con fecha 22 de
Febrero del 2015, aprueban los procedimientos para el
cumplimiento de metas y la asignación de los recursos
del “Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y
Modernización Municipal del Año 2015”;
Que, en el instructivo de la Meta 01: Implementar un
programa de segregación en la fuente y recolección selectiva
de residuos sólidos domiciliarios en viviendas urbanas del
distrito, según el porcentaje establecido en el instructivo,
se establece, en la Actividad 4, aprobar el Programa de
Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de
Residuos Sólidos Domiciliarios, mediante Decreto de
Alcaldía, así como su actualización, si fuera el caso, que
debe ser publicado de acuerdo a lo establecido en el artículo
44 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, mediante las Ordenanzas Nºs. 314-MDSMP (21.
Julio.2011) y 367-MDSMP (22.Julio.2014) se aprueban
la Implementación del Programa de Formalización de
Recicladores y Recolección Selectiva de Residuos
Sólidos en el Distrito, así como el Plan Distrital de Manejo
de Residuos Sólidos de esta corporación municipal,
respectivamente;
Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia
de Asesoría Jurídica, Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto, y Gerencia de Servicios Públicos y Medio
Ambiente;
De conformidad con los Artículos 20, inciso 6); 39, 42 y
44 de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades;
Decretos Supremos Nos. 012-2009-MINAM y 033-2015-
EF; Ordenanzas Nos. 314-MDSMP y 367-MDSMP de
esta corporación municipal;
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR la actualización
Programa de Segregación en la Fuente y Recolección
Selectiva de Residuos Sólidos 2015 del Distrito de San
Martin de Porres, que como Anexo forma parte integrante
del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Servicios Públicos y Medio Ambiente, a través de sus
unidades orgánicas respectivas, la Implementación del
Programa aprobado a través de este acto administrativo,
dentro del marco del Plan de Manejo de Residuos
Sólidos.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia
de Logística la publicación y difusión de la presente en
el Diario Oficial El Peruano y su inclusión en el Portal
Institucional.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO
Alcalde
1261095-1
MUNICIPALIDAD DE VILLA
MARÍA DEL TRIUNFO
Autorizan viaje de Alcalde y Regidores
a EE.UU., en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 040-2015-MVMT
Villa María del Triunfo, 3 de julio del 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE VILLA
MARIA DEL TRIUNFO
VISTOS, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha,
el Memorándum Nº 0446-2015-GM/MVMT de la Gerencia
Municipal, el Informe Nº 063-2015-GPP/MVMT de la
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº
286-2015-MVMT-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica,
y el Documento Simple Nº 012987-2015 presentado por
Brownstone Consulting; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del
Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar
establece que los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia. La autonomía que la Constitución Política
del Perú establece para las Municipalidades, radica en la
facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativos y
de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 41º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, prescribe que los acuerdos
son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos
específicos de interés público, vecinal o institucional,
que expresan la voluntad del órgano de gobierno para
practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta
o norma institucional;
Que, el inciso 11) del artículo 9º de la Ley Nº 27972
– Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son
atribuciones del Concejo Municipal, Autorizar los viajes
al exterior del país que, en comisión de servicios o
representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde,
los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro
funcionario;
Que, la Ley Nº 27619, regulas las autorizaciones para
viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos,
preceptuando que estas serán autorizadas por la más alta
autoridad de la respectiva entidad; así como el Decreto
Supremo Nº 056-2013-EF, que modifica la escala de
viáticos para viajes al exterior de funcionarios y servidores
públicos;
Que, en concordancia con lo indicado según el artículo
10 del Literal c), Numeral 10.1 de la Ley Nº 30281, Ley del
Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2015, se
prohíben los viajes al exterior de servidores o funcionarios
públicos y representantes del Estado con cargo a
recursos públicos, salvo los casos excepcionales que se
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