ACUERDO N° 000116 - Disponen inscripción de las coordenadas UTM de Validez Universal de los predios afectados por el Proyecto 'Mejoramiento de la Av. Néstor Gambetta - Callao' Primera Etapa ante la Oficina de Registros Públicos de Propiedad Inmueble

Fecha de publicación22 Enero 2015
Fecha de disposición22 Enero 2015
El Peruano
Jueves 22 de enero de 2015
545232
Disponen inscripción de las
coordenadas UTM de Validez Universal
de los predios afectados por el Proyecto
“Mejoramiento de la Av. Néstor
Gambetta - Callao” Primera Etapa ante
la Oficina de Registros Públicos de
Propiedad Inmueble
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
N° 000116
Callao, 23 de diciembre del 2014
El Consejo del Gobierno Regional del Callao, en
Sesión celebrada el 23 de diciembre de 2014, con el voto
aprobatorio de los Consejeros Regionales y en uso de las
facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales - Ley N° 27867; y, el Reglamento Interno del
Consejo Regional del Callao
VISTOS:
El Informe Nº 573-2014-GRC-GRI de la Gerencia
Regional de Infraestructura; el Informe No. 048-2014-
GRC-GRI/GAMBETTA/DMA emitido por el Coordinador
General del Proyecto Gambetta (e); el Informe No. 137-
2014-GRC/GRI /GAMBETTA/HRLZ emitido por el Asesor
Legal del Proyecto Gambetta; el Informe N° 118-2014-
GRC/GRI/GAMBETTA/PBS emitido por el Coordinador de
Afectaciones del Proyecto Gambetta; el Informe N° 04-2014-
GRC/GRI/GAMBETTA/BAN emitido por la Especialista
en Saneamiento Físico Legal del Proyecto Gambetta; el
Informe Nº 2581-2014-GRC/GAJ de la Gerencia de Asesoría
Jurídica; y, el Dictamen Nº 066-2014-GRC/CR-CA de la
Comisión de Administración Regional del Consejo Regional
del Gobierno Regional del Callao;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto de Urgencia Nº 052 – 2009, se
declaró de necesidad nacional, la ejecución del Proyecto:
“Mejoramiento de la Av. Néstor Gambetta – Callao”, Primera
Etapa que incluye el tramo de acceso al Terminal Marítimo
del Callao por el Muelle Sur. Asimismo, la Ley Nº 29951 – Ley
del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013,
a través de la centésima novena disposición complementaria
f‌i nal, amplía la vigencia del Decreto de Urgencia en mención,
hasta el 31 de Diciembre del año 2013;
Que, por la modalidad de Contrato Concurso Oferta y
Sistema de Suma Alzada, el Gobierno Regional del Callao
y el Consorcio Nueva Gambetta, suscribieron el Contrato N°
022 – 2010 – GRC de fecha 20 de Agosto del 2010, para
la elaboración del Expediente Técnico del Estudio Def‌i nitivo
y Ejecución de Obra del Proyecto, asimismo, con fecha 29
de Octubre del 2010, se celebró el Contrato Nº 028 – 2010
– GRC con el Consorcio Supervisión Gambetta, cuyo objeto
es la Supervisión de la Elaboración del Expediente Técnico
Def‌i nitivo y de la Ejecución de la Obra;
Que, mediante la Resolución Gerencial General
Regional Nº 590-2011-GRC de fecha 20 de mayo del
2011, se aprobó el expediente técnico para la ejecución
de la Obra “Mejoramiento de la Av. Néstor Gambetta –
Callao”, primera etapa que incluye el tramo de acceso al
Terminal Marítimo del Callao por el Muelle Sur, producto
de lo cual se inicio obra con fecha 21 de mayo del 2011,
con la correspondiente entrega de terreno;
Que, mediante Resolución Gerencial General Regional
Nº 1568-2011-Gobierno Regional del Callao - GGR de
fecha 09 de diciembre del 2011, se aprobó el Informe
Ampliatorio al Expediente Técnico, con la alternativa
pavimento f‌l exible, elaborado por el Consorcio Nueva
Gambetta, el mismo que fue evaluado y aprobado por el
Consorcio Supervisión Gambetta;
Que, de la Esquela de Observación, con número de
Titulo 2014-00024093, se aprecia que el Registrador
Público resalta que no se ha adjuntado copia certif‌i cada
del acuerdo regional en virtud de la cual se aprobaron las
coordenadas UTM de validez universal, de conformidad
con el Artículo 5.4 literal b) de la Ley N° 30025 y la
orden de anotación preventiva a la que hace referencia
el Artículo 5.4 literal d) de dicha norma, que sustentaría
la inscripción peticionada. Se deja constancia que el
Acuerdo Regional N° 92 hace referencia a la valuación
comercial y autorización de pago de lo que resultaría ser
una “Primera Etapa” del Proyecto de Mejoramiento de la
Avenida Néstor Gambetta y no el valor total al que hace
referencia la Ley N° 30025;
Que, la Ley N° 30085 – Ley que declara de necesidad
pública la expropiación de inmuebles necesarios para
la ejecución del Proyecto “Mejoramiento de la Avenida
Néstor Gambetta – Callao”, en la Provincia Constitucional
del Callao, señala en su Artículo 1 que, “Declárese de
necesidad pública la expropiación de los bienes inmuebles
de dominio privado que sean necesarios para la ejecución
del proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la
Avenida Néstor Gambetta – Callao, en la Provincia
Constitucional del Callao, proyecto declarado de necesidad
nacional por el Decreto de Urgencia N° 052-2009;
Que, la citada Ley Nº 30085 - Ley que declara
de necesidad pública la expropiación de inmuebles
necesarios para la ejecución del Proyecto «Mejoramiento
de la Avenida Néstor Gambetta - Callao», en la Provincia
Constitucional del Callao señala en su Artículo 4, que,
“La ubicación, linderos y medidas perimétricas de los
inmuebles a ser expropiados como consecuencia de la
aplicación de la presente Ley se determinan mediante una
o más resoluciones del Gobierno Regional del Callao”,
en las que se indican las coordenadas UTM de validez
universal. Las referidas resoluciones son expedidas y
publicadas conforme a ley.”;
Que, el Artículo 16 del Reglamento de Organización y
Funciones aprobado mediante de la Ordenanza Regional
N° 000028 - establece en su numeral 1 señala que
“Aprobar, modif‌i car o derogar las normas que regulen o
reglamenten los asuntos y materias de competencia y
funciones del Gobierno Regional del Callao, a través de
Ordenanzas Regionales y Acuerdos Regionales”. En ese
sentido, conforme la norma acotada y en merito de lo que
precisa la Esquela de Observación, con número de Título
2014-00024093, en donde el Registrador Público señala
que no se adjunta copia certif‌i cada del Acuerdo Regional
en virtud de la cual no pueden inscribirse las coordenadas
UTM de validez universal, en ese sentido de conformidad
con el Artículo 5.4 literal b) de la Ley N° 30025 y la orden
de anotación preventiva a la que hace referencia el Artículo
5.4 literal d) de dicha norma, que sustentaría la inscripción
peticionada. Se deja constancia que el Acuerdo del Consejo
Regional N° 000092 del 02 de setiembre del 2014 hace
referencia a la valuación comercial y autorización de pago
de lo que resultaría ser una “Primera Etapa” del Proyecto de
Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta y no el valor
total al que hace referencia la Ley N° 30025;
Que, conforme lo señala la Ley N° 30025 en su Artículo
5, numeral 5.4 literal b) se deberán identif‌i car de manera
precisa los linderos, medidas perimétricas y el área total,
de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal;
así como la referencia al informe Nº 137expedido por
la Of‌i cina de Catastro del Registro respectivo, y/o el
Certif‌i cado de Búsqueda Catastral, según corresponda
en este caso, de los bienes afectados por la obra y que
son adjuntadas como Anexo del Informe No. 137-2014-
GRC/GRI /GAMBETTA/HRLZ emitido por el Asesor Legal
del Proyecto Gambetta, dichas coordenadas deberán
ser aprobadas en Sesión de Acuerdo de Consejo para
posteriormente ser publicadas en el Diario Of‌i cial El
Peruano, cumpliéndose así con lo ordenado por las
normas vigentes sobre la materia;
Que, como señala el Artículo 5 de la Ley acotada, es
requisito a cumplir que la Orden de Anotación Preventiva
ante la correspondiente Of‌i cina de Registros Públicos,
requiere de la Descripción de los Predios Afectados, en
donde se deberá indicar el Área Total del Predio Matriz, su
perímetro y el área que resulto afectada por el Proyecto
de Obra de “Mejoramiento de la Av. Néstor Gambetta” y; el
área del lote resultante, lindero y medidas perimétricas;
Que, de acuerdo con el Informe N° 2581 – 2014
– GRC / GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica es de la
opinión que resulta procedente que el Consejo Regional
del Gobierno Regional del Callao, apruebe el requisito
establecido en los literales b) y d) del numeral 5.4. del
Artículo 5º de la Ley Nº 30025; y, asimismo, apruebe la
transferencia interestatal de bienes del Estado a favor del
Gobierno Regional del Callao;
Que, por Dictamen N° 066 – 2014 – GRC / CR – CA
la Comisión de Administración Regional recomienda
al Consejo Regional aprobar las Coordenadas UTM de
Validez Universal que acompañan la presente resolución

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