ACUERDO N° 26-2012-ACSS - Aprueban exoneración de proceso de selección para la contratación del servicio de BANCARED
| Fecha de disposición | 12 Abril 2012 |
| Fecha de publicación | 12 Abril 2012 |
| Sección | Sección Única |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 12 de abril de 2012 463963
ANEXO 2
CONVOCATORIA AL PROCESO DEL PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO POR RESULTADOS 2013
El Gobierno Local de Puente Piedra, conjuntamente con el Concejo de
Coordinación Local, en cumplimiento de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades; Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto
Participativo y el Instructivo Nº 004-2010-EF/76.01, Instructivo del
Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2010 CONVOCA a
la población debidamente organizada, a las organizaciones públicas
y privadas que ejecuten acciones en el distrito, a la cooperación
técnica al PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO POR
RESULTADOS 2013; el cual se da inicio luego de las actividades de
Preparación del Proceso.
El proceso participativo se llevará a cabo a partir de la identifi cación de
los principales problemas del distrito, los cuales servirán de base para
la propuesta y priorización de proyectos de inversión orientadas a dar
soluciones integrales a dichos problemas.
CRONOGRAMA
1. Sesiones Informativas sectorizadas Del 16 al 28 de Abril
2. Inscripción de Agentes Participantes Del 02 al 11 de Mayo
3. Desarrollo de talleres de trabajo Del 16 al 19 de Mayo
4. Recepción de Iniciativas de Proyectos Del 05 al 06 de Junio
5. Evaluación Técnica de Iniciativas Del 23 al 24 de Junio
6. Taller de Priorización y Formalización de Acuerdos 08 de Julio
775145-2
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Aprueban exoneración de proceso
de selección para la contratación del
servicio de BANCARED
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 26-2012-ACSS
Santiago de Surco, 11 de abril de 2012
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión
Ordinaria de la fecha;
VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 016-2012-CGM-
CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y
Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 1249-2012-SG-MSS de
la Secretaría General, el Memorándum Nº 412-2012-
GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Memorando Nº
61-2012-GTI-MSS de la Gerencia de Tecnologías de la
Información, el Memorándum Nº 107-2012-GAT-MSS
de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe
Nº 460-2012-SGORT-GAT-MSS de la Subgerencia
de Orientación, Registro y Recaudación Tributaria,
los Memorandos Nros. 502, 557 y 784-2012-GAF-
MSS de la Gerencia de Administración y Finanzas,
las Cartas Nros. 0075 y 0076-2012-SGTI-ASBANC
de la ASBANC, el Memorando Nº 286-2012-SGAB-
GAF-MSS y el Informe Nº 255-2012-SGAB-GAF-MSS
de la Subgerencia de Abastecimientos, el Informe
Nº 061-2012-SGPRE-GPP-MSS de la Subgerencia
de Presupuesto, el Informe Nº 257-2012-GAJ-MSS
de la Gerencia de Asesoría Jurídica, entre otros
documentos, sobre propuesta de exoneración del
Proceso de Selección por causal de Proveedor Único
para la contratación del servicio de BANCARED por un
período de 36 meses; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del
Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional
Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades
provinciales y distritales son órganos de gobierno local
con autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, el Gobierno Local de Santiago de Surco, a través
del Acuerdo de Concejo Nº 21-2011-ACSS de 03.03.2011,
aprobó la exoneración por causal de Proveedor Único, del
Proceso de Selección para la contratación del Servicio de
BANCARED, por el periodo de doce (12) meses, por el
valor referencial de S/. 50,552.00 Nuevos Soles;
Que, mediante Memorando Nº 61-2012-GTI-MSS del
06.02.2012, la Gerencia de Tecnologías de la Información
se pronuncia favorablemente con relación a la renovación
del servicio de BANCARED, dado que es política de
la Municipalidad brindar las mayores facilidades a
los contribuyentes para el pago de sus obligaciones
tributarias, confi rmando la condición de la ASBANC de
Proveedor Único en el mercado nacional, del servicio
de interconexión al nodo de intercambio de datos de
las instituciones fi nancieras del país, toda vez que la
integración a BANCARED proporcionada por ASBANC
ofrece el enlace que conecta directamente a todos
los bancos asociados con cualquier otra organización
interesada en esta integración;
Que, con Memorándum Nº 107-2012-GAT-MSS del
20.02.2012, la Gerencia de Administración Tributaria
remite el Informe Nº 460-2012-SGORT-GAT-MSS del
17.02.2012 de la Subgerencia de Orientación, Registro y
Recaudación Tributaria, el cual señala, la necesidad de
seguir contando con el servicio de BANCARED, el cual
permite a la Municipalidad comunicarse con las entidades
afi liadas a la ASBANC, logrando con ello calidad y sobre
todo seguridad en la entrega de la información;
Que, mediante los Memorandos Nros. 502 y 557-
2012-GAF-MSS de fechas 28.02.2012 y 06.03.2012
respectivamente, la Gerencia de Administración y
Finanzas considera pertinente se contrate el servicio de
BANCARED por un plazo de 36 meses, toda vez que
desde el año 2008, se viene contando en forma continua
con dicho servicio, en virtud a contratos exonerados de
procesos de selección, dada la condición de proveedor
único de ASBANC, siendo además que dicho plazo
contractual se encuentra previsto en el numeral 1 del
Artículo 150º del Reglamento de la Ley de contrataciones
del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 184-2008-
EF;
Que, con Carta Nº 0075-2012-SGTI-ASBANC
del 20.03.2012, la Asociación de Bancos del Perú
– ASBANC, señala que BANCARED, es una red
privada de comunicaciones que tiene como fi nalidad la
interconexión de entidades fi nancieras con entidades
proveedoras de servicios para el intercambio de
información, consultas y transacciones, la cual es
administrada y contratada por ASBANC a través de
un Contrato de Outsourcing con TELMEX (Claro),
agregando que el servicio de BANCARED se considera
como un servicio único y sin competencia en el mercado
nacional. Asimismo, mediante Carta Nº 0076-2012-
SGTI-ASBANC del 20.03.2012, la ASBANC remite su
oferta comercial del servicio BANCARED, señalando que
el mismo comprende la implantación, administración,
confi guración, operación, mantenimiento, soporte,
renovación tecnológica, disponibilidad y seguridad del
nodo remoto BANCARED en el cliente;
Que, mediante Memorando Nº 286-2012-SGAB-GAF-
MSS del 26.03.2012, la Subgerencia de Abastecimientos
señala a efectos de la contratación del servicio de
BANCARED, que acorde al estudio de mercado,
determinan que el valor referencial del precitado servicio,
por un plazo de 36 meses, asciende a S/. 140,184.00
(Ciento Cuarenta Mil Ciento Ochenta y Cuatro y 00/100
Nuevos Soles), considerando un pago mensual de S/.
3,894.00 (Tres Mil Ochocientos Noventa y Cuatro y 00/100
Nuevos Soles), incluido IGV;
Que, con Informe Nº 061-2012-SGPRE-GPP-MSS del
02.04.2012, la Subgerencia de Presupuesto, señala que
la contratación del Servicio de BANCARED por el periodo
de 36 meses, se encuentra previsto en la específi ca de
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