Acreditan a Vicepresidentes de los Gobiernos Regionales de Ayacucho y Cajamarca, y convocan a ciudadanos para que asuman cargos de Consejeros Regionales de los referidos Gobiernos Regionales

Fecha de publicación13 Octubre 2006
Fecha de disposición13 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
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330428 El Peruano
viernes 13 de octubre de 2006
DICE:
(...)
Sin embargo, a pesar de esta prórroga, algunas
municipalidades distritales de Lima y Callao no cumplieron
con los requisitos de ratificación y/o publicación de sus
ordenanzas sobre arbitrios correspondientes al período
comprendido entre el 2002 y el 2005. Se trata de las
municipalidades de Cieneguilla, Pachácamac, Pucusana,
Punta Hermosa, Punta Negra, Rímac, Santa María del Mar
y Carmen de La Legua-Reynoso. Para el caso del ejercicio
fiscal del 2006 se registró que las municipalidades de
Cieneguilla, Pachácamac, Pucusana, Punta Negra y Santa
Rosa incumplieron sus obligaciones, por lo que no se
encuentran habilitadas para el cobro legal de arbitrios por
dicho período.
El resultado de este proceso arroja como balance que, al
15 de julio del 2006, el 83.68% de los municipios distritales de
Lima y Callao aprobó, sometió a ratificación y publicó, ya
fuese en el plazo ordinario o en el excepcional, sus
ordenanzas sobre arbitrios municipales correspondientes a
períodos comprendidos entre los años 2002 y el 2005.
(...)
DEBE DECIR:
(...)
Sin embargo, a pesar de esta prórroga, algunas
municipalidades distritales de Lima y Callao no cumplieron
con los requisitos de ratificación y/o publicación de sus
ordenanzas sobre arbitrios correspondientes al período
comprendido entre el 2002 y el 2005. Se trata de las
municipalidades de Cieneguilla, Pachacámac, Pucusana,
Punta Negra, Santa María del Mar y Carmen de La Legua –
Reynoso. Para el caso del ejercicio fiscal 2006 se registró
que las municipalidades de Cieneguilla, Pachacámac,
Pucusana, Punta Negra y Santa Rosa incumplieron sus
obligaciones, por lo que no se encuentran habilitadas para el
cobro legal de arbitrios por dicho período.
El resultado de este proceso arroja como balance que, al
15 de julio del 2006, el 87.76% de los municipios distritales de
Lima y Callao aprobó, sometió a ratificación y publicó, ya
fuese en el plazo ordinario o en el excepcional, sus
ordenanzas sobre arbitrios municipales correspondientes a
períodos comprendidos entre los años 2002 y el 2005.
(...)
03034-1
J N E
Acreditan a Vicepresidentes de los
Gobiernos Regionales de Ayacucho y
Cajamarca, y convocan a ciudadanos para
que asuman cargos de Consejeros
Regionales de los referidos Gobiernos
Regionales
RESOLUCIÓN Nº 4037-2006-JNE
Expediente Nº 2502-2006
Lima, 3 de octubre de 2006
Visto; el Oficio Nº 187-2006-GRA/PRES cursado por el
Presidente Regional del Gobierno Regional de Ayacucho,
comunicando la elección del Consejero Regional don Abad
Rullman Flores Portugal al cargo de Vicepresidente Regional,
en reemplazo de don José Antonio Urquizo Magia, por haber
sido elegido Congresista de la República del Perú;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Nº 1163-2006-JNE de fecha 9
de junio de 2006, se proclamó Congresista de la República
del Perú a don José Antonio Urquizo Magia por el
departamento de Ayacucho; y, tal como consta en el
Diario de los Debates del Congreso de la República, en
la Sesión de Junta Preparatoria Juramentación e
Incorporación de los Congresistas electos de fecha 25
de julio de 2006, se le tomó juramento en su nuevo cargo;
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 051-
06-GRA/CR del 18 de agosto de 2006, que obra en copia
certificada a fojas 2, el Consejo Regional de Ayacucho
eligió a don Abad Rullman Flores Portugal, como
Vicepresidente del Gobierno Regional de Ayacucho, en
reemplazo de don José Antonio Urquizo Magia;
Que, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones por su
propia naturaleza, se constituye en intérprete material de las
normas electorales velando por el cumplimiento de las
disposiciones referidas a materia electoral; por lo que,
habiendo quedado incompleto el Consejo Regional de
Ayacucho, por los hechos antes expuestos y a fin de evitar
que afecte la determinación del quórum del consejo para la
toma de decisiones de su gestión, resulta necesario emitir la
acreditación correspondiente a la persona designada por el
Consejo Regional de Ayacucho, asimismo, convocar al
accesitario que corresponde y no generar vacíos de poder;
Que, la lista de candidatos al Consejo Regional, está
conformada por un candidato de cada provincia de
determinada Región, la misma que incluye un accesitario en
cada caso, según lo establece el artículo 12º de la Ley de
Elecciones Regionales Nº 27683; por lo que, en el caso del
Gobierno Regional de Ayacucho, el Consejero Regional Abad
Rullman Flores Portugal, representante de la provincia de
Parinacochas, del partido político "Partido Aprista Peruano",
tiene como accesitario a doña Juana Soledad Mayorga
Canales;
Que, habiendo sido elegido don Abad Rullman Flores
Portugal como Vicepresidente del Gobierno Regional de
Ayacucho, corresponde acreditar al accesitario
respectivo como Consejero Regional, conforme a lo
dispuesto por el numeral 3) del artículo 2º de la
Resolución Nº 025-2004-JNE;
Por tales consideraciones, el Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Acreditar a don Abad Rullman Flores
Portugal como Vicepresidente del Gobierno Regional de
Ayacucho, para completar el período de gobierno regional
2003 - 2006; otorgándosele la respectiva credencial.
Artículo Segundo.- Convocar a doña Juana Soledad
Mayorga Canales, para que asuma el cargo de Consejero
Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, por la provincia
de Parinacochas, para completar el período de gobierno
regional 2003 - 2006; otorgándosele la respectiva credencial.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la credencial de
Vicepresidente del Gobierno Regional de Ayacucho,
otorgada a don José Antonio Urquizo Magia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
MENDOZA RAMÍREZ
SOTO VALLENAS
VELA MARQUILLÓ
VELARDE URDANIVIA
FALCONÍ GÁLVEZ
Secretario General (e)
03001-1
RESOLUCIÓN Nº 4038-2006-JNE
Expediente Nº 1122-2006
Lima, 3 de octubre de 2006
Visto, el Oficio Nº 675-2006-GR.CAJ/GGR cursado por el
Gerente General Regional del Gobierno Regional de
Cajamarca, comunicando la elección del Consejero Regional
don Jorge Luís Arroyo Reto al cargo de Vicepresidente
Regional, en reemplazo de don Alejandro Arturo Rebaza Martell,
por haber sido elegido Congresista de la República del Perú;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Nº 1163-2006-JNE de fecha 9 de
junio de 2006, se proclamó Congresista de la República del
Perú a don Alejandro Arturo Rebaza Martell por el

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