Acerca de la revolución capitalista de lo jurídico. Izquierda lacaniana y teoría crítica del derecho

AutorJorge Foa Torres
Páginas85-105
Acerca de la revolución capitalista de lo
jurídico. Izquierda lacaniana y teoría crítica
del derecho*
About the capitalist revolution of the juridical. Lacanian
left and critical theory of law
JORGE FOA TORRES**
Resumen: Este artículo propone un abordaje de las transformaciones
contemporáneas de lo jurídico desde la articulación entre teoría crítica
del derecho e izquierda lacaniana. Por un lado, se afirma que, en la época
contemporánea bajo el predominio del discurso capitalista, lo jurídico ha
sufrido una metamorfosis que podemos caracterizar como el paso de la forma
jurídica burguesa al derecho al goce. Por otro lado, se sostiene que, en tal
contexto, el derecho del populismo puede constituirse, en tanto residuo que
aquel discurso falla en reabsorber, en un dispositivo susceptible de producir
cortes al circuito capitalista. En este marco, la revolución capitalista refiere al
cambio radical en instituciones y formas políticas y jurídicas que carece de una
orientación emancipatoria y que, por el contrario, promueve la consolidación
y profundización de su repetición y reproducción. En tal sentido, la
identificación con lo subversivo puede constituirse en una vía por la cual el
derecho del populismo sea capaz de promover la producción de memorias del
terrorismo que reinstauren al antagonismo social como modo de sustraer una
verdad al discurso capitalista para el retorno-invención de la política en su
forma hegemónica.
Palabras clave: crítica del derecho – ideología – posmarxismo – psicoanálisis
Abstract: This article proposes an approach to contemporary transformations
of the legal, from the articulation between critical theory of law and the
Lacanian left. On the one hand, it is stated that in contemporary times,
under the dominance of the capitalist discourse, the legal has undergone a
metamorphosis that can be characterized as the passage from bourgeois legal
form to the right to jouissance. On the other hand, this paper claims that the
law of populism can become, as residue of that discourse that it fails to reabsorb,
a device capable of producing cuts on the capitalist circuit. In this context,
the capitalist revolution refers to the radical change in policies and institutions
and legal forms that lacks an emancipatory orientation and, on the contrary,
promotes the consolidation and deepening of its repetition and reproduction.
In this sense, identification with the subversive can become a mean by which
the law of populism is capable of promoting the production of memories of
terrorism that reinstate the social antagonism as a way of extracting a truth
* Cabe aclarar que, a solicitud de los evaluadores anónimos, se ha incorporado aclaraciones y
conceptualizaciones necesarias para la comprensión del presente artículo.
** Universidad Nacional de Villa María, Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas
(CONICET), Córdoba, Argentina. Abogado (UNC), Doctor en Ciencia Política (CEA-UNC). Correo
electrónico: jorgefoatorres@gmail.com
N° 77, 2016
pp. 85-105
https://doi.org/10.18800/derechopucp.201602.005
JORGE FOA TORRES
86
Derecho PUCP, N° 77, 2016 / ISSN 0251-3420
from the capitalist discourse for the return-invention of the political in its
hegemonic form.
Key words: critique of law – ideology – Post-Marxism – psychoanalysis
CONTENIDO: I. INTRODUCCIÓN.– II. DE LA ECONOMÍA REPRESIVA DE LO
JURÍDICO AL CIRCUITO-SIN-LEY.– III. DE LA SOBERANÍA ESTATAL AL ESTADO
DE LA DEUDA ILIMITADA.– IV. DE LA CIENCIA DEL DERECHO A LA TÉCNICA
JURÍDICA.– V. PARA CONCLUIR…– VI. BIBLIOGRAFÍA.
I. INTRODUCCIÓN
Para Pierre Legendre, a la hora de abordar el derecho y las formas
jurídicas de nuestra época, la más importante de las cuestiones reside
en: «saber por qué y cómo las sociedades industrialistas administradas
sobre la base de lo jurídico occidental han logrado, en resumidas
cuentas, producir el derecho como un puro instrumento técnico» (Legendre,
1982, p. 43; las cursivas son mías). Si bien formulada hace varias
décadas, esta afirmación nos introduce en el problema del que se
ocupa este artículo: ¿de qué manera es posible conceptualizar a las
transformaciones recientes de lo jurídico —vinculadas, entre otros
aspectos, a la globalización o transnacionalización— desde la teoría
crítica del derecho de raigambre lacaniana1? En tal sentido, ¿cuáles
son las condiciones de posibilidad para la producción del derecho como
puro instrumento técnico? Estos interrogantes se enmarcan, asimismo,
en diferentes esfuerzos teóricos que, sobre la base de nociones como
pospolítica (Mouffe, 2009), posdemocracia (Stavrakakis, 2009) o discurso
capitalista (Alemán, 2010), intentan hacer inteligible el desplazamiento
de la política, en su dimensión antagónica, producido por el predominio
de la técnica neoliberal.
En tal sentido, aunque este trabajo se inscribe en la tradición marxiana
de la crítica del derecho, busca apartarse de concepciones que
tienden a confundir historia con progreso y, por tanto, a suponer un
desarrollo evolutivo en el que momentos de transición, revolución y
contrarrevolución son claramente identificables. Veamos, el jurista
bolchevique Stucka señalaba a comienzos del siglo XX lo siguiente: «[…]
a pesar de toda nuestra antipatía hacia la institución de la propiedad
privada y de nuestra lucha inflexible contra la clase de los capitalistas,
incluso contra la de los propietarios feudales, hemos de admitir que
la institución de la propiedad privada en general y en particular la
institución de la propiedad feudal y capitalista fueron revoluciones
1 Cabe aclarar que, por teoría crítica del derecho de «raigambre lacaniana», se hace referencia a
aquella corriente que, sobre la base de la enseñanza freudiano-lacaniana, propone un abordaje
crítico de lo jurídico. Algunos autores que pueden incluirse en tal corriente son Pierre Legendre,
Enrique Eduardo Marí, Ricardo Entelman, entre otros.

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