La accesibilidad como un nuevo derecho de la personalidad en Brasil: el Estatuto de la Persona con Discapacidad (ley 13.146/2015) y el daño moral que surge de la inaccesibilidad

AutorGilberto Fachetti Silvestre - Camila Villa Nova Ramalho - Davi Amaral Hibner
CargoUniversidade Federal do Espírito Santo (UFES), Brasil - Universidade Federal do Espírito Santo (UFES), Brasil - Universidade Federal do Espírito Santo (UFES), Brasil
Páginas9-31
La accesibilidad como un nuevo derecho
de la personalidad en Brasil: el Estatuto
de la Persona con Discapacidad (ley
13.146/2015) y el daño moral que surge de la
inaccesibilidad
Accessibility as a New Personality Right in Brazil: the
Disabled Person Statute (Law 13.146/2015) and the Moral
Damage Arising from Inaccessibility
GILBERTO FACHETTI SILVESTRE*
Universidade Federal do Espírito Santo (UFES) - Brasil
CAMILA VILLA NOVA RAMALHO**
Universidade Federal do Espírito Santo (UFES) - Brasil
DAVI AMARAL HIBNER***
Universidade Federal do Espírito Santo (UFES) - Brasil
Resumen: El artículo estudia algunos de los cambios producidos a partir
de la entrada en vigencia de la ley 13.146/2015 (Estatuto de la Persona
con Discapacidad). La ley comentada generó diversas alteraciones en el
Código Civil brasileño, con el fin de considerar a la persona con deficiencia
plenamente capaz para ejercer todos los actos de la vida civil y, así, protegerla
por medio de la libertad a ella concedida. El presente estudio aborda la
construcción histórica del tratamiento de la persona con deficiencia y tiene
como enfoque principal la accesibilidad como derecho de la personalidad.
Así, busca demostrar que la inaccesibilidad genera daño moral y permite la
debida reparación civil. En la parte final, se ofrecen ejemplos para ilustrar lo
afirmado.
Palabras clave: Estatuto de la Persona con Discapacidad, dignidad humana,
derechos de la personalidad, accesibilidad, daño moral
Abstract: The purpose of this paper is to study the changes brought by
law 13.146/2015 (Disabled Person Statute), focusing on the issue of moral
damages due to inaccessibility. The law in question has brought a number
of amendments to the Civil Code in order to consider the person with
disabilities fully capable of exercising all acts of civil life; the law protects these
people through the freedom granted to them. The present study starts with
the historical evolution of the treatment given to the disabled person and has
* Gilberto Fachetti Silvestre es profesor de la Universidade Federal do Espírito Santo (UFES), Brasil;
Doctor en Derecho Civil por la Pontifícia Universidade Católica de São Paulo (PUC/SP); Magíster en
Derecho Procesal Civil por la Universidade Federal do Espírito Santo (UFES); Abogado.
Código ORCID: 0000-0003-3604-7348. Correo electrónico: gilberto.silvestre@ufes.br
** Academia de Derecho – Universidade Federal do Espírito Santo (UFES), Brasil.
Código ORCID: 0000-0003-0629-5551. Correo electrónico: cvn.ramalho@gmail.com
*** Magíster en Derecho Procesal por la Universidade Federal do Espírito Santo (UFES); Abogado.
Código ORCID: 0000-0002-3222-3570. Correo electrónico: davi.hibner@alveshibner.adv.br
N° 80, 2018
junio-noviembre
pp.9-31
https://doi.org/10.18800/derechopucp.201801.001
FACHETTI, VILLA NOVA, AMARAL
10
Derecho PUCP, N° 80, 2018 / ISSN 0251-3420
as its main focus the accessibility as a personality right. Therefore, it seeks to
demonstrate that inaccessibility causes moral damage and leads to adequate
civil reparation. Finally, some examples are presented.
Key words: Disabled Person Statute, human dignity, personality rights,
accessibility, moral damage
CONTENIDO: I. INTRODUCCIÓN.– II. ACCESIBILIDAD: CONSTRUCCIÓN
HISTÓRICA.– III. LA ACCESIBILIDAD COMO DERECHO DE LA PERSONALIDAD.–
IV. EL DAÑO MORAL COMO CONSECUENCIA DE LA INACCESIBILIDAD.– V. EL
RESPONSABLE DE LA INDEMNIZACIÓN.– VI. CONCLUSIÓN.
I. INTRODUCCIÓN
En el Brasil viven actualmente más de 45 millones de personas con
algún tipo de discapacidad, según el censo del Instituto Brasilero de
Geografía y Estadística (IBGE) de 2010 (Jaques, s.f.). En este contexto,
considerando los principios fundamentales de la Constitución de la
República Federativa de Brasil, en especial el principio de igualdad, se
hace necesaria la protección de esas personas para que puedan ejercer
su ciudadanía y vivir socialmente en igualdad de condiciones con los
demás individuos.
A lo largo de los años, diversas leyes fueron creadas, principalmente
después de la Constitución Federal de 1988 (CF), con el objetivo de
permitir esa inclusión. La más reciente de ellas es la ley 13.146/2015
(Ley Brasilera de Inclusión de la Persona con Discapacidad). Esta,
más conocida como Estatuto de la Persona con Discapacidad, regula
y su Protocolo Facultativo, ratificados por el Congreso Nacional en
2008, pasando a tener vigencia internamente en 2009, con fuerza de
enmienda a la Constitución.
El Estatuto trae un nuevo enfoque sobre las personas con discapacidad,
con el fin de incluirlas en la sociedad como plenamente capaces
civilmente, pudiendo ejercer libremente cualquier acto de la vida civil,
sea económico, familiar, personal o negociable, conforme se extrae del
artículo 6to de dicha ley.
El nuevo tratamiento se basa en la idea de que las personas con
discapacidad deben tener su dignidad tutelada por medio de la libertad
de practicar cualquier acto en igualdad de condiciones con las demás
personas. Este nuevo tratamiento generó una divergencia de opiniones
entre los doctores, ya que parte de ellos concuerda con esta protección
de la persona con discapacidad por medio de la libertad, mientras que
otra parte considera algunas alteraciones perjudiciales. Para esta segunda
corriente, las personas con discapacidad deberían ser resguardadas, pues

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