DECRETO SUPREMO, N° 140-2022-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas a favor de la Oficina de Normalización Previsional en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022-DECRETO SUPREMO-N° 140-2022-EF

Fecha de disposición29 Junio 2022
Fecha de publicación29 Junio 2022

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de la Oficina de Normalización Previsional en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022

DECRETO SUPREMO

Nº 140-2022-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 015-2019, Decreto de Urgencia para el Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, establece que a partir del 1 de julio de 2020, la Oficina de Normalización Previsional se encarga de la administración y pago de las pensiones de los pensionistas del Decreto Ley Nº 20530 y sus normas complementarias de las Unidades Ejecutoras a cargo del Ministerio de Educación, así como de las contingencias que se deriven de dicha administración y pago; asimismo, asume la sucesión procesal de los procesos judiciales en trámite, conforme a la normativa que se establezca;

Que, en ese marco, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 077-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para el otorgamiento y pago de las pensiones a cargo de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) a los afiliados que se encuentran en situación de riesgo en el marco de la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, y dicta otras disposiciones, autoriza al Ministerio de Educación a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Oficina de Normalización Previsional, para financiar, de forma progresiva, el pago de las pensiones de los pensionistas del Decreto Ley Nº 20530 y sus normas complementarias de las Unidades Ejecutoras a cargo del Ministerio de Educación, en el marco de lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 015-2019; las cuales se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último;

Que, asimismo, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 077-2020, autoriza a la Oficina de Normalización Previsional para que mediante Resolución Jefatural apruebe las disposiciones complementarias que, bajo el ámbito de su competencia, sean necesarias para el desarrollo de las medidas contenidas en el referido Decreto de Urgencia;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 080-2020-JEFATURA/ONP, se aprueban los Lineamientos para la remisión de la información y documentación a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) por parte de las Unidades Ejecutoras a cargo del Ministerio de Educación y de las Sociedades de Beneficencia, para implementar, entre otras medidas, lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 077-2020;

Que, el artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 035-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la atención de acciones en el marco de la Emergencia Sanitaria y para minimizar los efectos económicos derivados de la pandemia ocasionada por la COVID-19, establece como nuevo plazo para la implementación del numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 015-2019 y del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 077-2020, hasta el 30 de junio de 2021;

Que, de conformidad con el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 054-2021, Decreto de Urgencia que modifica el plazo para la implementación de la transferencia de pensiones de los pensionistas de las Unidades Ejecutoras a cargo del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR