ACUERDO, Nº 013-2022-MDJH, GOBIERNOS LOCALES - Autorizan al Alcalde a ausentarse de la jurisdicción municipal y encargan el Despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde-ACUERDO-Nº 013-2022-MDJH

Fecha de disposición16 Junio 2022
Fecha de publicación16 Junio 2022

Autorizan al Alcalde a ausentarse de la jurisdicción municipal y encargan el Despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde

ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL

N° 013-2022-MDJH

Jacobo Hunter, 23 de febrero del 2022

VISTO:

En Sesión Ordinaria (Virtual) de Concejo Municipal realizada el día 21 de febrero del 2022, el informe N°002-2022, referente a la solicitud de ausencia de la jurisdicción municipal para hacer uso de sus vacaciones, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme al Artículo 194° de la Constitución Política del Estado “las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, complementado con el Artículo I del Título Preliminar de la Ley 27972Ley Orgánica de Municipalidades” que señala: “(…) Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local con personería Jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines;

Que, el Artículo 102º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece que el servidor tiene derecho a “Las vacaciones anuales y remuneradas establecidas en la Ley, son obligatorias e irrenunciables, se alcanzan después de cumplir el ciclo laboral y pueden acumularse hasta dos períodos de común acuerdo con la entidad, preferentemente por razones del servicio. El ciclo laboral se obtiene al acumular doce (12) meses de trabajo efectivo, computándose para este...

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