RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000062-2022-P-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Modifican la fecha de implementación del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000062-2022-P-CE-PJ

Fecha de disposición13 Junio 2022
Fecha de publicación15 Junio 2022
MateriaDerecho Público y Administrativo

Modifican la fecha de implementación del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur

Presidencia del Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000062-2022-P-CE-PJ

Lima, 13 de junio del 2022

VISTA:

La Resolución Administrativa Nº 000168-2022-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolución Administrativa Nº 000168-2022-CE-PJ, del 9 de mayo del presente año, dispuso implementar en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, a partir del 13 de junio de 2022, el Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral; constituido por los siguientes órganos jurisdiccionales: Sala Civil, Juzgado Civil de Villa María del Triunfo y Juzgado de Paz Letrado Civil de Villa María del Triunfo.

Segundo. Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2022-PCM publicado en el Diario Oficial del Bicentenario El Peruano con fecha 11 de junio del año en curso, se declara día no laborable sujeto a compensación, a nivel nacional, para los trabajadores del sector público, el día lunes 13 de junio de 2022; estableciéndose que los titulares de las entidades públicas adoptarán las medidas necesarias, para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean esenciales e indispensables para la sociedad.

Tercero. Que, en tal sentido, y conforme a las coordinaciones efectuadas por el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil y la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, es menester modificar la fecha de implementación del referido módulo a partir del 14 de junio de 2022.

Cuarto. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; la...

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