RESOLUCION, N° 104-2022-OS/CD, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA - Declaran fundado en parte el recurso de reconsideración interpuesto por Electronoroeste S.A. contra la Resolución N° 057-2022-OS/CD-RESOLUCION-N° 104-2022-OS/CD

Fecha de disposición11 Junio 2022
Fecha de publicación11 Junio 2022

Declaran fundado en parte el recurso de reconsideración interpuesto por Electronoroeste S.A. contra la Resolución N° 057-2022-OS/CD

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN

N° 104-2022-OS/CD

Lima, 9 de junio de 2022

CONSIDERANDO:

  1. - ANTECEDENTES

    Que, en fecha 15 de abril de 2022, fue publicada en el diario oficial El Peruano la Resolución N° 057-2022-OS/CD (“Resolución 057”), mediante la cual, entre otras disposiciones, se fijaron los Precios en Barra y peajes del Sistema Principal de Transmisión (“SPT”), así como sus fórmulas de actualización, para el período mayo 2022– abril 2023;

    Que, con fecha 06 de mayo de 2022, la empresa Electronoroeste S.A. (“Electronoroeste”) interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución 057, el mismo que fue complementado mediante escrito del 09 de mayo de 2022; siendo materia del presente acto administrativo el análisis y decisión del citado medio impugnativo.

  2. - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Y ANÁLISIS DE OSINERGMIN

    Que, Electronoroeste solicita modificar el Cargo Unitario por Compensación de la Confiabilidad en la Cadena de Suministro de Energía (CUCCSE) fijado en el artículo 1 de la Resolución 057.

    2.1 MODIFICAR EL CUCCSE FIJADO EN ARTÍCULO 1 DE LA RESOLUCIÓN 057

    2.1.1 Argumentos de la recurrente

    Que, Electronoroeste solicita modificar el Cargo Unitario por Compensación de la Confiabilidad en la Cadena de Suministro de Energía (CUCCSE) de 0,105 S//kW-mes, al que se refiere el ítem 14 del Cuadro N° 3 presentado en el artículo 1 de la Resolución 057 en lo concerniente a la devolución de Electronoroeste S.A. por exceso de recaudación;

    Que, la recurrente precisa que, en la Resolución Ministerial N° 277-2019- MINEM/DM que declaró en situación de grave deficiencia eléctrica al Sistema Eléctrico Paita – Sullana, se designó a Electronoroeste, para que en cumplimiento de lo señalado en el artículo 3 del Decreto Supremo N° 044-2014-EM se encargue de efectuar la implementación de las medidas temporales que permitan...

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