RESOLUCION, N° 057-2022-SUNEDU/CD, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA - Aprueban las modificaciones de licencia institucional solicitadas por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C.-RESOLUCION-N° 057-2022-SUNEDU/CD

Fecha de disposición08 Junio 2022
Fecha de publicación10 Junio 2022

Aprueban las modificaciones de licencia institucional solicitadas por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C.

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO

N° 057-2022-SUNEDU/CD

Lima, 8 de junio de 2022

VISTOS:

Las Solicitudes de Modificación de Licencia Institucional (en adelante, SMLI) con Registro de Trámite Documentario (en adelante, RTD) N° 057183-2021-SUNEDU-TD del 19 de octubre de 2021 y RTD N° 058445-2021-SUNEDU-TD del 22 de octubre de 2021, presentadas por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C. (en adelante, Universidad); y, los Informes Técnicos de Modificación de Licencia N° 020-2022-SUNEDU-02-12 y N° 021-2022-SUNEDU-02-12 del 31 de mayo de 2022 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic).

CONSIDERANDO:

  1. Antecedentes

    De acuerdo con el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria), la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) es responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, entendiéndose el licenciamiento como el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento.

    El numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Universitaria, establece que la Sunedu es la autoridad competente para aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades, filiales, facultades, escuelas y programas de estudio conducentes a grado académico.

    El Capítulo IV del “Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional”, aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD1 (en adelante, Reglamento de Licenciamiento), regula el procedimiento de modificación de la licencia institucional que permite a la Sunedu verificar y garantizar que la modificación solicitada no incida negativamente en las CBC que la Universidad acreditó a nivel institucional.

    Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 037-2017-SUNEDU/CD del 4 de octubre de 2017, publicada el 6 de octubre de 2017 en el diario oficial “El Peruano”2 , se otorgó la licencia institucional a la Universidad por un periodo de seis (6) años. De acuerdo a la licencia otorgada, así como los procedimientos de modificación de licencia institucional, la Universidad puede ofrecer el servicio educativo superior universitario en ocho (8) locales de su sede (SL01, SL02, SL04, SL05, SL06, SL07, SL09 y SL10)3, todos ubicados en la provincia y departamento de Lima; reconociéndose que su oferta educativa está compuesta por ciento sesenta y tres (163) programas de estudio.

    Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD del 22 de julio de 2019, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 23 de julio de 2019, entre otros, modifica los artículos 15, 26, 27 y 28 e incorpora los artículos 29, 30 y 31 del Reglamento de Licenciamiento. Asimismo, estableció los escenarios para la modificación de licencia institucional4, consignando los requisitos aplicables para cada uno de ellos, así como los principios de razonabilidad, sostenibilidad y mejora, y riesgo de incumplimiento, para la evaluación de los indicadores de las CBC aplicables.

    Al respecto, el numeral 28.1 del artículo 28 del Reglamento de Licenciamiento señala que el procedimiento de modificación de licencia institucional se rige por las reglas del procedimiento de licenciamiento institucional, a excepción de lo previsto en los artículos 6, 7, 8, 11, 12, 14, 15, 17, 18 y 21. Asimismo, los numerales 5 y 8 del Texto Único del Procedimiento Administrativo de la Sunedu5 y los literales c) y f) del numeral 31.16 del artículo 31 del referido Reglamento, establece como escenario de modificación de licencia institucional, la creación de programa de estudio7 y el cambio de locación8.

    El 19 de octubre de 2021, mediante Documento SG-176-219, la Universidad presentó la SMLI, por medio digital, ante la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario (en adelante, UACTD), referida a la creación de ciento treinta y cuatro (134) programas conducentes a grados y títulos y cambio de locación de veintiún (21) programas de estudio (ampliación de oferta académica a otros locales), de conformidad con los literales (c) y (f) del numeral 31.1 y los numerales 31.5, 31.6 y 31.7 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento.

    El 2 de diciembre de 2021, se notificó a la Universidad el Oficio N° 0978-2021-SUNEDU-02-12 mediante el cual la Dilic remite la Resolución de Trámite N° 2 del 1 de diciembre de 2021, mediante la cual se resolvió continuar con la evaluación de la SMLI presentada por la Universidad.

    El 8 de febrero de 2022, mediante Oficio N° 0075-2022-SUNEDU-02-12, la Dilic notificó a la Universidad el Informe de observaciones N° 006-2022-SUNEDU-DILIC-EV del 7 de febrero de 2022, el mismo que detalla las observaciones y precisiones a la SMLI presentada. A tal efecto se le otorgó el plazo de diez (10) días hábiles para que presente la información requerida. Adicionalmente, con el citado oficio se notificó la Resolución de Trámite N° 3 que decide separar la pretensión referida al escenario de cambio de locación de veintiún (21) programas de estudios, respecto de la pretensión relacionada a la creación de ciento treinta y cuatro (134) programas de estudio, constituyéndose en expedientes independientes. Asimismo, el 23 de febrero de 2022 mediante Documento SG-25-2210, la Universidad solicitó ampliación de plazo por diez (10) días hábiles para subsanar las observaciones a su SMLI, la cual fue atendida mediante Oficio N° 0123-2022-SUNEDU-02-12, notificado el 24 de febrero de 2022.

    En ese sentido, la pretensión del expediente N° 057183-2021-SUNEDU-TD referida al escenario de cambio de locación de veintiún (21) programas de estudio (ampliación de oferta académica a otros locales) en las modalidades presencial y semipresencial, presenta el siguiente detalle:

    TABLA N° 1. CAMBIO DE LOCACIÓN DE VEINTIÚN (21)

    PROGRAMAS CONDUCENTES A GRADOS

    Código Denominación de programa Modalidad de Estudios Denominación del grado académico Local(es) donde se brinda actualmente los programas Local(es) adicionales solicitados como Cambio de Locación
    1 P070 Maestría en Administración de Empresas Ejecutivo Presencial Maestro en Administración de Empresas SL01, SL05 SL07
    2 P071 Maestría en Administración de Empresas Semipresencial Maestro en Administración de Empresas SL05 SL01, SL07, SL10
    3 P073 Maestría en Administración de Empresas de Salud Presencial Maestro en Administración de Empresas de Salud SL05 SL01, SL07
    4 P074 Maestría en Administración y Dirección de Proyectos Semipresencial Maestro en Administración y Dirección de Proyectos SL05 SL01, SL07, SL10
    5 P075 Maestría en Administración y Dirección de Proyectos Presencial Maestro en Administración y Dirección de Proyectos SL05, SL07 SL01
    6 P077 Maestría en Derecho de la Empresa Presencial Maestro en Derecho de la Empresa SL05 SL01, SL07
    7 P078 Maestría en Dirección de la Comunicación Empresarial Presencial Maestro en Dirección de Comunicación Empresarial SL05 SL01, SL07
    8 P079 Maestría en Dirección de la Construcción Semipresencial Maestro en Dirección de la Construcción SL05 SL01, SL07, SL10
    9 P080 Maestría en Dirección de la Construcción Presencial Maestro en Dirección de la Construcción SL05, SL07 SL01
    10 P081 Maestría en Dirección de Marketing y Gestión Comercial Presencial Maestro en Dirección de Marketing y Gestión Comercial SL05 SL01, SL07
    11 P082 Maestría en Dirección de Operaciones y Logística Semipresencial Maestro en Dirección de Operaciones y Logística SL05 SL01, SL07, SL10
    12 P083 Maestría en Dirección de Operaciones y Logística Presencial Maestro en Dirección de Operaciones y Logística SL05, SL07 SL01
    13 P084 Maestría en Dirección de Sistemas y Tecnologías de la Información Presencial Maestro en Dirección de Sistemas y Tecnologías de la Información SL01, SL05 SL07
    14 P085 Maestría en Dirección Estratégica del Factor Humano Presencial Maestro en Dirección Estratégica del Factor Humano SL05 SL01, SL07
    15 P086 Maestría en Finanzas Corporativas Presencial Maestro en Finanzas Corporativas SL05 SL01, SL07
    16 P088 Maestría en Gestión Pública Presencial Maestro en Gestión Pública SL05 SL01, SL07
    17 P089 Maestría en Gestión y Docencia en Alimentación y Nutrición Presencial Maestro en Gestión y Docencia en Alimentación y Nutrición SL10 SL01
    18 P108 Maestría en Dirección Estratégica del Factor Humano Semipresencial Maestro en Dirección Estratégica del Factor Humano SL05 SL01, SL07
    19 P109 Maestría en Gestión Pública Semipresencial Maestro en Gestión Pública SL05 SL01, SL07
    20 P123 Maestría en Dirección de Sistemas y Tecnologías de la Información Semipresencial Maestro en Dirección de Sistemas y Tecnologías de la Información SL05 SL01, SL07, SL10
    21 P125 Maestría en Gestión Minera Semipresencial Maestro en Gestión Minera SL05 SL01, SL07, SL10

    El 8 de marzo de 2022, mediante Documento SG-33-2211, la Universidad presentó información con el objetivo de levantar las observaciones notificadas mediante Oficio N° 0075-2022-SUNEDU-02-12.

    El 31 de marzo de 2022, mediante Oficio N° 0222-2022-SUNEDU-02-12, la Dilic notificó a la Universidad la Resolución de Tramite N° 4 del 30 de marzo de 2022, mediante la cual se resolvió realizar una Actividad de Verificación Remota (en adelante, AVR), a través de la plataforma Microsoft Teams, los días 5 y 6 de abril de 2022, en los locales SL01, SL07 y SL10, a fin de recabar información vinculada a su SMLI.

    El 1 de abril de 2022, mediante Documento SG-47-2212, la Universidad remitió información en el marco de su SMLI...

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