ORDENANZA, Nº 016-2022/MDV, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA - Aprueban el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Ventanilla-ORDENANZA-Nº 016-2022/MDV
Fecha de disposición | 01 Junio 2022 |
Fecha de publicación | 09 Junio 2022 |
Aprueban el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Ventanilla
ordenanza municipal
nº 016-2022/mdv
Ventanilla, 1 de junio de 2022
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VENTANILLA
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo presencial y virtual (en atención al Decreto de Urgencia N° 026-2020, el mismo que faculta a los empleadores del sector público y privado a la realización de actividades de manera remota, es decir de manera virtual), de fecha 01 de junio de 2022, el Memorando N° 347-2022/MDV-SG de la Secretaría General, el Memorando N° 1042-2022/MDV-GPLP de la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, el Informe N° 209-2022/MDV-GPLP-SGPI de la Subgerencia de Planificación e Inversiones, el Memorando N° 135-2022/GTIT-MDV de la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación, el Memorando Múltiple N° 007-2022/MDV-GAJ, los Informes Legales N° 194 y N° 231-2022/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y los Proveídos N° 1083 y N° 1494-2022 de la Gerencia Municipal y el Dictamen N° 024-2022/MDV-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, respecto a la emisión de la Ordenanza Municipal que contiene el Reglamento Interno del Concejo Municipal Distrital de Ventanilla, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido por los numerales 8) y 9) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, con el Dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Legales, así como la dispensa del trámite de lectura y de aprobación del Acta, el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD, emitió la siguiente norma:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO
DEL CONCEJO MUNICIPAL DE VENTANILLA
N° 001-2009-JUS.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
PEDRO SPADARO PHILIPPS
Alcalde
REGLAMENTO INTERNO DEL
CONCEJO MUNICIPAL DE VENTANILLA
DE LA LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA
DEL DESPACHO
DE LOS INFORMES Y PEDIDOS
DEL ORDEN DEL DÍA
DE LAS VOTACIONES
GENERALES
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Establecer la competencia, atribuciones y funciones del Concejo Municipal Distrital de Ventanilla y de sus miembros.
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Determinar el desarrollo de las sesiones de Concejo.
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Determinar el funcionamiento de las comisiones.
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Funciones normativas: mediante la aprobación, modificación o derogación de Ordenanzas y Acuerdos.
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Funciones administrativas: a través de la expedición de resoluciones de Concejo sobre asuntos administrativos concernientes a su organización interna.
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Funciones fiscalizadoras: a través de comisiones investigadoras o Acuerdos que disponen que la administración de la municipalidad informe sobre asuntos que demanden su intervención.
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Por incapacidad física o mental temporal.
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Por licencia autorizada por el Concejo Municipal, por un periodo máximo de treinta días naturales.
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Por el tiempo que dure el mandato de detención.
DEL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL
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Aprobar los planes de desarrollo municipal concertados y el presupuesto participativo.
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Aprobar, monitorear y controlar el Plan de Desarrollo Institucional y el Programa de Inversiones, teniendo en cuenta los planes de desarrollo municipal concertados y sus presupuestos participativos.
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Aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local.
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Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel distrital, que identifique las zonas urbanas y de expansión urbana; las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y de expansión agrícola y las áreas de conservación ambiental conforme a la ley.
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Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el esquema de zonificación de áreas urbanas, el plan de desarrollo de los asentamientos humanos y demás planes específicos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial.
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Aprobar el Plan de Desarrollo de Capacidades.
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Aprobar el Sistema de Gestión Ambiental Local y sus instrumentos en concordancia con el sistema de gestión ambiental regional.
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Aprobar, modificar o derogar Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos.
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Crear, modificar, suprimir o exonerar sus contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a la ley.
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Declarar la vacancia o suspensión de los cargos de Alcalde y Regidores.
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Autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o representación de la Municipalidad realice el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario.
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Aprobar por Ordenanza el reglamento de Concejo Municipal Distrital.
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Aprobar los proyectos de ley que en materia de su competencia sean propuestos al Congreso de la República.
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Aprobar normas que garanticen una efectiva participación vecinal.
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Constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a su reglamento.
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Aprobar el Presupuesto Anual dentro de los plazos señalados por ley, bajo responsabilidad y sus modificaciones.
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Aprobar el balance y la memoria.
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Aprobar la entrega de la construcción de infraestructura y servicios públicos municipales al sector privado a través de concesiones o cualquier otra forma de participación de la inversión privada permitida por la ley, conforme a lo señalado en los artículos 32º y 35º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.
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Aprobar la creación de centros poblados y agencias municipales.
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Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad,
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Solicitar la realización de exámenes especiales, auditoría económica y otros actos de control al ente rector del sistema de control.
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Fiscalizar la gestión pública de la municipalidad. Para tal efecto, la municipalidad le asigna los recursos que le permitan la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios. El concejo municipal está facultado para:
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Designar comisiones investigadoras sobre cualquier asunto de interés público local con la finalidad de esclarecer hechos, formular recomendaciones orientadas a corregir normas o políticas. Para la conformación de comisiones investigadoras y el envío de informes a la autoridad competente se requiere el voto favorable de no menos del 25 % (veinticinco por ciento) del total de miembros hábiles del concejo. Los informes y conclusiones de las comisiones investigadoras son públicos y puestos en consideración del concejo municipal.
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Solicitar al alcalde o al gerente municipal información sobre temas específicos, con arreglo a sus atribuciones y funciones, con el voto favorable de un tercio del número legal de regidores. El alcalde o el gerente municipal están obligados, bajo responsabilidad administrativa, a responder el pedido de información en un plazo no mayor de diez días hábiles.
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Fiscalizar la implementación de conclusiones y recomendaciones derivadas de las acciones de control del órgano de control institucional y de la Contraloría General de la República; así como también de los procedimientos de investigación impulsados por el concejo municipal y por el Congreso de la República, en lo que resulte pertinente.
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Autorizar al procurador...
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