DECRETO SUPREMO, N° 011-2022-TR, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Decreto Supremo que aprueba disposiciones reglamentarias para la aplicación de la Ley Nº 31480, Ley que autoriza la disposición de la compensación por tiempo de servicios a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del COVID-19-DECRETO SUPREMO-N° 011-2022-TR
Fecha de disposición | 04 Junio 2022 |
Fecha de publicación | 04 Junio 2022 |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo |
Decreto Supremo que aprueba disposiciones reglamentarias para la aplicación de la Ley Nº 31480, Ley que autoriza la disposición de la compensación por tiempo de servicios a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del COVID-19
DECRETO SUPREMO
Nº 011-2022-TR
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece que dicho Ministerio es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo;
Que, la Ley Nº 31480, Ley que autoriza la disposición de la compensación por tiempo de servicios a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del COVID-19, autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2023, a los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-97-TR, a disponer libremente del cien por ciento (100%) de los depósitos por compensación por tiempo de servicios efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición;
Que, la Única Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31480, Ley que autoriza la disposición de la compensación por tiempo de servicios a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del COVID-19, prevé que el Poder Ejecutivo dicta las disposiciones reglamentarias necesarias, en el plazo máximo de diez (10) días calendario desde la entrada en vigencia de la referida ley;
De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley Nº 31480, Ley que autoriza la disposición de la compensación por tiempo de servicios a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del COVID-19; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR;
DECRETA:
El presente Decreto...
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