DECRETO SUPREMO, N° 102-2022-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban operación de endeudamiento externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF en el marco del Decreto de Urgencia N° 031-2021 y sus modificatorias-DECRETO SUPREMO-N° 102-2022-EF

Fecha de disposición21 Mayo 2022
Fecha de publicación21 Mayo 2022
MateriaDerecho Procesal

Aprueban operación de endeudamiento externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF en el marco del Decreto de Urgencia N° 031-2021 y sus modificatorias

DECRETO SUPREMO

Nº 102-2022-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante los numerales 2.1 y 2.2 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 031-2021, Decreto de Urgencia que aprueba medidas económico financieras para asegurar el financiamiento del proceso de inmunización contra la COVID-19, así como el pago de obligaciones a cargo del Estado a favor de las personas que recibieron en territorio peruano las vacunas contra la COVID-19, se dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado para concertar operaciones de endeudamiento y financiamientos contingentes con organismos multilaterales y agencias oficiales, destinadas a la atención de las demandas de gasto de capital y gasto corriente no permanente, los cuales contemplan todo gasto que se realice en el marco de la emergencia sanitaria producida por la COVID-19, incluido el proceso de adquisición, distribución y aplicación de las vacunas contra la COVID-19; precisándose que la concertación de tales operaciones, de los financiamientos contingentes, así como la contratación de garantías, se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, en lo que resulte aplicable;

Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31436, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos de las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales y dicta otras medidas, dispone que las medidas previstas en el Decreto de Urgencia Nº 031-2021, continúan ejecutándose durante el Año Fiscal 2022, exceptuándose de lo previsto en los artículos 3 y 5 de la Ley Nº 31367, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2022, por lo que la vigencia del referido Decreto de Urgencia, se amplía hasta el 31 de diciembre de 2022;

Que, el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF dentro de la gama de instrumentos que ha diseñado en el marco de la pandemia para atender las necesidades de sus países miembros, ha denominado a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR